Alonso Rodríguez, carretero, dio carta-poder a Juan Bautista Ordóñez, para que en su nombre cobre todos los dineros que le deben, y cobrados, dé las cartas de pago.
CARRETEROS
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Juan Gutiérrez Rojo, carretero, vecino de México, haciendo deuda ajena suya propia, se obliga de pagar a Juan Díaz Matamoros, vecino de Jalapa, 420 pesos de oro común.
Jácome Vela, carretero, vecino de la ciudad de México, se obliga de conducir 5 pipas de vino a la capital del reino, y entregarlas a Baltazar Rodríguez o a quien su poder hubiere.
Alonso García de la Parra, carretero, vecino de México, y Juan Álvarez, hicieron cuentas del tiempo que sirvió el segundo al primero en sus carros, y de los dineros recibidos por Juan Alvarez, habiendo quedado satisfechos con el resultado de las mismas.
Gabriel de Mogoleán, carretero, vecino de México, se obliga de pagar a Manuel Rodríguez de Amaya, vecino de Jalapa, cien pesos de oro común, por razón de dos caballos castaños que le vendió.
Miguel Sánchez y Hernando Martín Camacho, carreteros, vecinos de México, se obligan de pagar a Francisco del Moral, vecino de Jalapa, 260 pesos de oro común, precio de dos carros herrados con sus clavos y sus llantas.
Pedro Sánchez Monge, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Baltazar de Fraga, vecino de Jalapa, especialmente para que en su nombre pueda cobrar de Francisco Quintero, carretero, vecino de Los Ángeles, lo que pareciere deberle de ciertas escrituras y conocimientos.
Antón Sánchez de Sosa, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, se obligó a pagar a Antonio Hernández, boyero, vecino de la provincia de Jalapa, 583 pesos de oro común, los cuales salió a pagar por Juan Francisco Lusarte, carretero, dentro de un plazo que fenecerá el 30 de junio de 1602.
Pedro Díaz, vecino de México, carretero, se obligó a pagar a Juan del Castillo, dueño de sus carros, vecino de México, 100 pesos de oro común por razón de otros tantos que su esposa le dio en reales de contado, en la ciudad de México, 10 días después de esta fecha.
Alonso de la Fuente, carretero, se obliga de pagar a Sebastián Díaz 167 pesos 6 tomines de oro común, por razón de dineros prestados y otras cuentas.