Gonzalo Pérez de Gallego, ha recibido de Andrés Solano, su compañero, 111 pesos y 4 tomines para el comienzo del edificio del molino que tienen en compañía.\n\n
COMPAÑÍAS
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Andrés Solano y [Gonzalo] Pérez Gallego, dijeron que entre ellos han concertado hacer compañía en razón de un edificio de molino, por cierta cantidad de pesos de oro.\n
Don Vasco de Guzmán y Antonio [Antón] de Palma, dijeron que estaban convenidos en hacer compañía en que el dicho don Vasco pone 60 puercos, 50 de ellos grandes y machos capados y 10 hembras a precio cada uno de 18 reales de plata, más 100 fanegas de maíz todo a su costa, que ha de ser a cargo del dicho Antonio [Antón] de Palma enviar por ellos para llevarlos al pueblo de Tecamachalco a cuenta y riesgo de ambos, donde se han de meter en sebo, y el dicho Antonio [Antón] de Palma se obligó dentro de 20 días entregar a don Vasco, la cantidad de pesos de oro que montarán 100 fanegas de maíz a 6 reales fanega, y se obligó con su recua traer del pueblo de San Juan Chocamán las 200 fanegas de maíz.
Juan Rodríguez de Villegas, de camino para los [reinos] de Castilla entregó a Gaspar de Quintana, las escrituras y otros recaudos que proceden de la compañía que ha habido entre Juan Rodríguez de Villegas y Martín de Eguiguren, para que acuda a la cobranza de los pesos de oro en ellos contenidos, y así Eguiguren pueda cobrar de Gaspar de Quintana y de quien y con derecho deba, la mitad así en las escrituras, cédulas y recaudos.
Ante el Capitán don Martín de Peralta y Mauleón, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció don Pedro de Noval, criador de ganado mayor, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 1 000 reses, toros y novillos de la hacienda nombrada San Agustín Jujuycapa [Jujuquiapa], que está en tierra caliente, y tiene en arrendamiento en compañía del General don Bartolomé Guerrero de Villaseca, para pasar a los ejidos de la ciudad de los Ángeles y otras partes para su venta.
El Capitán de Caballos Corazas, José Robledano de Cardeña y don Juan José de Thormes, vecinos del pueblo de Jalapa, han concertado de tener y asentar compañía en los géneros reales y mercaderías de que se compone la venta que el Capitán tiene en este pueblo y en una estancia de ganado mayor en la jurisdicción de La Antigua Veracruz nombrada Santa Cruz de Palmas, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
Don Manuel Moscoso y Freire y don Felipe Figueiras, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, exhibieron copia de escritura hecha en Cádiz el 16 de febrero de 1773, por la que consta haberse obligado don Vicente Bergón, a pagarle a los otorgantes, la cantidad de 3, 390 pesos que le prestó a riesgo de mar “Pardo, Freyre y Compañía”; dinero que Vicente libró el 25 de mayo, a favor de los otorgantes por don Pedro Antonio de Portas contra don Cayetano José Laurido, cuyo libramiento lo endosaron dichos otorgantes a favor de don Bartolomé Salvo, quien cobró dicha cantidad, dando por cancelada la mencionada escritura de obligación.
Don José Gutiérrez de Palacio, del comercio de España y residente en este pueblo, Comisionado de los Cinco Gremios Mayores de la Villa de Madrid de la pasada flota, otorga que ha recibido de don Juan Valiente y don Ramón Valiente, la cantidad de 30, 000 pesos de oro común, restándole por pagar 92, 866 pesos 7 reales pendientes y por pagar hasta el próximo despacho de azogues que se espera. De dicha cantidad les entregó recibo y carta de pago.
Don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Regidor y Alguacil Mayor de la Villa de Xalapa, otorga poder especial a don Francisco de Chavarri, vecino de México, para que cobre de don Benito Lorenzo de Orce, la cantidad de 2, 479 pesos 7/2 reales, que quedó debiendo a la Casa de Herrero Hermanos, de resultas de su quiebra.
Don Pedro José Sáenz Navarrete y don Manuel Bayo, residentes en este pueblo de Jalapa, dijeron que tienen tratado hacer viaje con negociación o ramo de comercio que quieren sea compañía, por lo cual otorgan se constituyen compañeros ínter durare su próximo viaje, con la condición de que las ganancias, perdidas y gastos que hubiere han de ser comunes a excepción de los gastos extraordinarios y particulares de cada uno, y que cualquier gasto que se haga por uno u otro será con consentimiento de ambos. Esta negociación es por suplemento que les hizo don Juan Benito Muedra, de quien confiesan haber recibido el interés, cuyo monto se contendrá en las cuentas que firmarán.