Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, dijo que el 30 de marzo de 1826 en esta ciudad y ante el escribano público don Juan Francisco Cardeña, otorgó escritura de venta de una casa de cal y piedra, baja, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta ciudad en la primera cuadra de la calle que hoy nombran Principal. Venta que hizo a favor de don Joaquín Fernández del Campo, de esta vecindad y comercio, al precio de 8 000 pesos, 4 000 de ellos los entregó en efectivo y los otros 4 000 pesos los quedó a reconocer Fernández a premio de un 5 por ciento anual, con hipoteca de la misma finca que se registró en el libro cuarto de hipotecas de este oficio de fojas 19 vta. Por la presente, la comparente otorga que ha recibido del dicho don Joaquín Fernández, la cantidad de 2 000 pesos y sus réditos de contando, por lo que entrega recibo y carta de pago, dejando libre de deuda la mencionada casa.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO PÚBLICOCARTA DE PAGO
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Don Bernabé de Elías Vallejo, de esta vecindad y comercio, dijo que arrendó a don Roberto Heaven, el trapiche de la Laguna y sus anexos en jurisdicción y doctrina del pueblo de Coatepec, como consta la escritura con fecha del 14 de agosto de 1827, por la cual se constituyó don Francisco Fernández y Agudo como fiador por el mencionado Heaven. Y que habiendo entregado Heaven el trapiche y liquidado las cuentas, salió con un descubierto de 2 600 pesos y habiéndosele cobrado al repetido Fernández, le contestó que estaba pronto a ello, con tal que se le diese el correspondiente lasto para repetir contra Heaven; a lo cual condescendió el otorgante y; reduciéndolo a efecto por la presente, otorga que ha recibido de don Francisco Fernández y Agudo, la expresada cantidad de 2 600 pesos, otorgando a su favor carta de pago y da por cancelada dicha escritura.
JOSÉ FRANCISCO RIVADENEIRA, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONALDoña María del Carmen Rivera, de esta vecindad, viuda de don Gregorio López Brizuela, otorga que ha recibido de don Feliciano José Mirón, vecino y del comercio de Veracruz, por conducto de don Juan Gómez, de esta vecindad, la cantidad de 1 000 pesos a cuenta de la testamentaria de su finado esposo, de quién es albacea. Da por satisfecha dicha suma y le entrega carta de pago y recibo en forma.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, de esta vecindad, como apoderado de don Pedro Paredes y Serna, vecino de la ciudad de México, usando de la facultad que le confirió, ha procedido al cobro de las cantidades que se le están debiendo a su poderdante y siendo una de éstas la de 3 899 pesos 2 reales de la que es deudor don Javier Arias, hacendado de este partido, según la escritura en la que consta y que otorgó Arias en esta ciudad el 13 de noviembre de 1835, con hipoteca de la hacienda de Zimpizagua [Zimpizahua], otorga que ha recibido de dicho señor Arias en cuenta de los 2 436 pesos 2 reales que por compra de mulada y costo de aquella escritura le restaba a su poderdante, la cantidad de 927 pesos 6 reales en partidas parciales hasta 31 de diciembre de 1837, más los réditos que a la cantidad total de dicha deuda de 2 436 pesos 2 reales le han correspondido hasta aquella fecha, sin incluir el principal de 1 463 pesos y los réditos que adeuda por el mismo respecto el licenciado don Carlos Hernández Viamonte, de que se hizo pagador el mismo señor Arias, según consta de la expresada escritura. Y como para satisfacer el resto de ambas sumas han celebrado nuevos convenios, que se expresarán en la nueva obligación que debe otorgar Arias, formaliza a su favor el más amplio recibo y carta de pago por los citados 927 pesos 6 reales y los réditos de su adeudo hasta treinta y uno de diciembre pasado.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Martín Sánchez y Serrano, de este comercio y vecindad, dijo que a don Domingo Franceschi le dio en fiado 65 barriles de aguardiente con valor de 455 pesos, que ofreció pagarle en un plazo de cinco meses, contados desde el 25 de abril de 1834, con la condición de hipotecar una casa, propia del deudor, de lo que formalizaron escritura el 4 de agosto del mismo año. Deuda que Franceschi no pudo pagar en el plazo estipulado, por lo que a través de la presente el comparente otorga que ha recibido del licenciado Antonio María de Rivera, por cuenta de aquel, los 455 pesos de principal y 45 pesos de premios, que hacen el total de 500 pesos, de lo que entrega carta de pago a favor de Franceschi.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon Manuel Hidalgo, de esta vecindad, dijo que ha don Domingo Franceschi, de esta misma vecindad, le ministró varios efectos de su tienda que tuvo en la Antigua Veracruz, que importaron 151 pesos y 7 reales, que se obligó a pagar en un plazo de cinco meses, contados desde el 5 de abril de 1837, con el premio de uno por ciento mensual, más 8 pesos 5 reales por los gastos de aquella escritura. Por lo antes mencionado, el comparente otorga que recibe del licenciado Antonio María de Rivera, representante de Franceschi, la cantidad de 160 pesos 4 reales sin los premios, por habérselos perdonado, de lo cual formaliza carta de pago a favor de don Domingo Franceschi, dando por cancelada la mencionada escritura.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon José Antonio Due, vecino de la ciudad de México y residente en esta, dijo que la señora su hermana doña Piedad Due, viuda de don José María Sánchez, dio su poder a don Félix Lucido para que administrase la venta del Plan del Río y sus tierras, y de los demás intereses de la testamentaria de aquel, entre los que se enumera, el que pudiera resultarse en el ramo de postas que contrató con la empresa de la Línea Unida de Diligencias. Que la señora Due rescindió el contrato celebrado respecto a las postas y le encargó al comparente la administración de todos sus bienes, por poder que le otorgó, y que revocó a Lucido, quedando pendiente en éste ultimo la liquidación de cuentas que ha tenido su efecto en esta fecha, que exhibe en estas fojas. El comparente, en virtud del poder que de su hermana tiene, aprueba la liquidación de cuentas y da por verídica sin margen de error de cálculo, y se da por entregado de los 537 pesos 2 reales 1 grano que resultan del alcance contra de Lucido, en la citada cuenta, y formaliza a su favor carta de pago y finiquito.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon José María Peredo, de esta vecindad y comercio, dijo que por escritura hecha por el presente escribano el día 5 de abril del actual, al disolverse la compañía que en una tienda de comercio tenía celebrada con don Juan Castro, éste se obligó a satisfacer 625 pesos que le quedó restando en abonos parciales de a 150 pesos mensuales contados desde el 30 del mencionado mes; por lo que habiendo recibido la suma de 625 pesos, otorga carta de pago en favor de don Juan Castro, dejándolo libre de la responsabilidad que se menciona en la citada escritura.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon Antonio Rodríguez Rojo, vecino de la hacienda de Santa Bárbara, jurisdicción del pueblo de San Francisco Colipa del partido de Misantla, residente en este suelo, dijo que como albacea de la finada doña Dolores Ortega de Muñoz, vecina que fue del pueblo de San Mateo Naolinco, vendió a don Antonio Vital de Alarcón, una casa de dicha testamentaria, situada en el citado pueblo, con su correspondiente patio y solar, en la esquina de la plaza, en la calle que sale al camino de esta ciudad y frente a la parroquia de aquel pueblo, con 24 varas de frente el patio y 6 de fondo, el cual linda por el norte con solar Eugenio Gonra y por el oriente con el expresado solar que corresponde a dicha casa; tiene de frente 20 varas y una tercia, y de respaldo las mismas varas, por el derecho 14 varas y media y por el izquierdo 16 y media, y linda por el oriente con casa y solar del ciudadano Julián Domínguez, por el poniente con la plaza, y por el sur con la calle que sale al camino de Xalapa. Siendo el precio de dicha casa en cantidad de 500 pesos, como consta de escritura de 23 de febrero de 1832, por ante el ciudadano José María Domínguez, alcalde de aquel partido. El otorgante dijo que en las diligencias que se hicieron a los bienes de la citada difunta y de su esposo don Fernando Gómez Muñoz y Moreno, que también falleció antes que ella, se mandó que se anulase la venta de la casa hecha a Vital Alarcón, ordenando el señor juez de letras al licenciado don José María Cordera, que el curador a bienes de doña Ana Josefa Gómez Muñoz y Ortega se posesione de los bienes que le correspondieron por la cuenta división y partición. Entre ellos se encuentra la casa vendida a Vital de Alarcón, hoy también difunto, y por ello ocurrió a su viuda doña María Josefa Domínguez para que le hiciese entrega de ella, en cuya virtud ésta lo hizo al que va hablando, por lo que han convenido en que dicha señora entregará la finca con las condiciones siguientes: 1ª, don Antonio Rodríguez Rojo se obliga a satisfacer a dicha señora otra casa con iguales comodidades. 2ª, que mientras esto se verifica, permanecerá la señora Domínguez en la expresada casa, pagando Rodríguez de su precedido los alquileres que le imponga el curador de dicha menor. 3ª, le entregará la señora Domínguez a Rodríguez la escritura citada y las primordiales con que ha poseído hasta el día la finca. Estando presente la señora Domínguez otorga que acepta la promesa que incluye las dos cláusulas y los convenios que tiene celebrados con el señor Rodríguez, para subsanar el defecto del saneamiento de la casa que le vendió a su esposo, misma que entregará al curador de la menor, luego que Rodríguez lo haga a la comparente de la que le ofrece por aquella libre de todo gastos, y que con arreglo a la tercera cláusula le hace la entrega de todos los títulos al señor Rodríguez con que ha poseído la finca, comprendido de doce fojas.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon Andrés Farías, residente en este suelo, curador que expresó ser de don Juan Manuel, don José María Julián y don Pomposo Lascurain y Altamirano, hijos del finado don Juan Melitón de Lascuráin; dijo que en 8 de enero de 1820 en esta ciudad otorgó escritura don José Vicente de las Casas por 753 pesos 7 reales y 4 granos pertenecientes a dichos menores, cuyo haber recibió con pensión de réditos de un cinco por ciento anual e hipoteca de dos casas bajas de su propiedad, ubicadas en esta ciudad, al confín de la calle de San Francisco de Paula y principio de la calle de la Laguna. Y por cuanto tiene recibida dicha cantidad de la familia de don José Vicente de las Casas, otorga la más amplia, firme y eficaz carta de pago y en consecuencia da por cancelada la referida escritura de 8 de enero de 1820.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO