SAN JUAN COSCOMATEPEC, PUEBLO DE

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              MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0054 · Item · 1686/11/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Joseph [José] Rodríguez Ramos, vecino del pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de San Antonio Guatuzco [Huatusco], se obliga a pagar a Francisco de Cortaza, vecino del pueblo de Tentiyuca [Tantoyuca], provincia de Pánuco, 2 316 pesos de oro común y a su hermano Francisco de Sosa, vecino de dicho pueblo, 1 096 pesos de oro común, cantidades que les resta debiendo de 4 000 pesos que importó el precio de doscientas cincuenta mulas cerreras que les compró en los ejidos de esta villa a precio de 16 pesos cada una, cantidad que se obliga a pagar a finales del mes de julio del año 1687 en la ciudad de los Ángeles. Asimismo, se obliga a pagar a Su Majestad y al señor alcalde mayor de esta villa en su real nombre, 240 pesos de oro común correspondientes a la Real Alcabala.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0030 · Item · 1688/08/03
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio de Orantes [Dorantes], vecino de esta villa de Córdoba, como principal y obligado en derechos; el Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva], de esta villa por Su Majestad; Isidro Sánchez de la Llama, Lorenzo de Guzmán y [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, vecinos de esta dicha villa, como sus fiadores y principales pagadores que se constituyen, otorgan que se obligan de pagar al Capitán Marcos Blanco, Teniente General de esta jurisdicción [roto]; y por otro impedimento, al Sargento Juan Joseph [José], vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec]; a saber 448 pesos de oro común, mismos que por un vale simple, “yo el dicho principal fui demandado ante la Real Justicia de esta villa, y de que en caso necesario principal y fiadores nos damos por entregados […] yo el dicho Antonio de Orantes [Dorantes] [ilegible] dar y pagar al dicho Teniente General Marcos Blanco o al dicho Sargento Juan José”, los 50 pesos de ellos en la Navidad del presente año y otros 50 pesos de la fecha de este pago en un año, y consecutivamente ha de ir [ilegible] en esta forma hasta haber pagado íntegramente dicha cantidad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0051 · Item · 1689/05/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Joseph [José] Fernández, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepec, marido y conjunta persona de Leonor Manuela [del Valle], hija legítima de Salvador Moreno, vecino que fue del mismo pueblo, declara que el Teniente General Marcos Blanco quedó como tutor y curador de la dicha su esposa, administrando los bienes y caudales que quedaron por fin y muerte del dicho su padre; y porque a un año cumplido de que contrajo dicho matrimonio ha recibido diferentes bienes apreciados, lo cuales importan 2 332 pesos y 5 tomines. Por la presente ratifica que ha recibido a su voluntad los bienes, por lo que otorga finiquito ha dicho Teniente como tal albacea y curador ad bona y a sus bienes heredados. Por otra parte, dijo que se le pidió instrumento de la presente escritura, por lo que otorga que recibe por caudal y bienes de la dicha su esposa los dichos 2 332 pesos y 5 tomines, así como 100 pesos que la dota en honra de su virginidad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0029 · Item · 1705/03/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Diego de Palma, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto fue casado con doña Teresa de Jáuregui, difunta, quien antes de su fallecimiento tuvo deseo y ánimo de que ambos fundaran una capellanía de misas rezadas por sus almas, con principal de 2 000 pesos, y por voluntad de la susodicha dispuso un poder que le otorgó para testar, por el cual entre las cláusulas que hizo y ordenó fue separar de sus bienes 1 000 pesos y con ellos ejecutar la obra en la conformidad que le comunicó. Y atendiendo a que de imponer dicha capellanía de 2 000 pesos, los 1 000 de ellos de su mujer y los otros 1 000 pesos de su propio caudal sería aumentado el divino culto de Dios Nuestro Señor, y poniendo este deseo en ejecución, otorga que instituye dicha capellanía con las condiciones y calidades siguientes: La capellanía se funda con el principal de 2 000 pesos de oro común que aplica y sitúa en el precio y valor de una casa de piedra y madera, cubierta de teja, que tiene en esta villa, ubicada en la calle Real, que viene del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] para la Lagunilla, y hace enfrente, calle en medio, con casa de Lorenso [Lorenzo] de Guzmán; por el norte, por la espalda, con casas de doña Gertrudis de Gatica; por el oriente con solar del regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente; dicha casa se halla apreciada en 2 164 pesos y 7 reales. Y como tal fundador de esta capellanía nombra a Juan Manuel Fernández de Jáuregui por primer capellán propietario, para que lo sea todos los días de su vida, de edad de catorce a quince años, que al presente se halla estudiando gramática en la ciudad de los Ángeles, natural de esta villa, hijo legítimo de Luis Fernández de Andrade y de doña Juana de Jáuregui, para que a su título pueda ordenarse ascendiendo al sacro presbiterato; y por su fin y muerte nombra por capellán propietario a José Fernández de Jáuregui, niño de edad de siete años, hermano del dicho Juan Manuel; y por su falta a los hijos legítimos que tuviere doña Bernarda de Jáuregui. Dichos capellanes han de tener la obligación de decir veinticinco misas rezadas en cada un año. Por último, nombra por capellán interino al Licenciado don Manuel de Prado, Presbítero Domiciliario de este obispado y vecino de esta villa, para que la sirva, siendo obligado a decir dichas veinticinco misas rezadas en cada un año; y como instituyente de dicha capellanía se nombra por primer patrono de ella por todos los días de su vida.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0080 · Item · 1705/08/14
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Micaela Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], viuda del Capitán Marcos Blanco, vecino que fue de él, otorga que vende a don José Fernando Mellado de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca, residente en este pueblo, 10 sitios de caballerías de tierra que tiene en la jurisdicción que llaman la hacienda de Mazapa, que linda por la parte del poniente con otros sitios nombrados Tlacomulco, viniendo para las puentes a donde está fundado el trapiche de don Lope Antonio de Iribas, vecino de la villa de Córdoba, con quien linda así por la parte del poniente como por la parte del sur, y por el oriente corriendo los demás sitios que pertenecen a don Gonzalo Francisco de Cervantes, como por la del norte van a lindar con otros sitios del susodicho. Dichos sitios los hubo y compró de doña Josefa de Atienza Palacios en virtud del poder que le dio al Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino y labrador de la provincia de San Andrés Chalchicomula de la jurisdicción de Tepeaca, por escritura de 26 de junio de 1698. Declara que los 10 sitios se componen de 1 100 vacas de vientre, trescientas ochenta crías de año, cuatrocientas sesenta y cinco yeguas, ochenta y cinco caballos y sesenta cabestros. Los vende en precio de 22 505 pesos de oro común, los 2 000 de ellos que han de quedar sobre los sitios de ganado mayor a censo redimible a favor de la provincia de San Hipólito Mártir de la ciudad de Oaxaca, Orden de Predicadores; asimismo, el citado comprador se obligará a reconocimiento a favor de dicha provincia, por los mismos que tenía el dicho Alférez Pedro de Trujillo, cargados a censo sobre sus haciendas, en la jurisdicción de Tepeaca. Finalmente, 6 000 pesos que también han de quedar sobre dichos sitios por la misma razón, a censo redimible, a favor de don Lorenzo Antonio Blanco.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0125 · Item · 1705/11/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de don José Gómez Dávila, su hermano difunto, nombrado por tal en el testamento que otorgó el 22 de noviembre de 1702, y de cuyo cargo usando, otorga haber recibido de doña Micaela Ramos, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], viuda del Capitán Marcos Blanco, 2 422 pesos y 4 reales de oro común, los mismos que se obligó a pagarle al otorgante por el valor de un sitio de tierras de ganado mayor nombrado el Novillero, ubicado en esta jurisdicción, a la vuelta de la punta de Huatusco.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0034 · Item · 1706/04/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José de Arrucha, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en este dicho pueblo, otorga poder especial a don Juan Carrión y Barrios, vecino de dicha ciudad, para que parezca ante los señores venerables deán y cabildo de la santa iglesia catedral de la citada ciudad, y ante su provisor y vicario general u otro cualquiera señores jueces que convenga, y en nombre del otorgante represente el derecho que tiene a la capellanía que ocupa por muerte del Licenciado Bernabé Díaz, en donde es llamado como pariente más cercano de los fundadores, cuyo principal es de 4 000 pesos, y para ello presente testigos, escritos, papeles y otros recaudos hasta conseguir se le declare por capellán.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0116 · Item · 1706/11/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Marcos Zacarías, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Sacapuastla [Zacapoaxtla], hijo legítimo de Juan Zacarías y Nicolasa de Peralta, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den dos libras de cera a Jesús el del Señor San José que está en la ciudad de los Ángeles. Ítem manda al Santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan otras dos libras de cera de que tiene hecha manda. Es su voluntad que sus albaceas saquen de sus bienes 20 pesos y se repartan entre las viudas pobres de esta villa. Declara debe: al cura del pueblo de San Pedro Ixhuatlán 48 pesos de diezmo del año pasado, asimismo el diezmo que se cause de este año; al Bachiller don Juan, capellán de la capilla del Capitán don Juan Gómez Dávila, 200 pesos de dos años de administración [roto]; a Juan Esteban 192 pesos; a don Manuel de Aguilar Osorio, vecino de la ciudad de Tlaxcala, 600 pesos; a la cofradía del Santo Christo [Cristo] de esta villa; a Francisco de Rocha, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], 150 pesos; a Francisco Porrúa y Peña, vecino del pueblo de San Juan, 30 pesos; a Lucas de Gorrostola 15 pesos. Ítem declara le adeudan: Juan de Piña 200 pesos; Antonio de Pedraza 30 pesos; Antonio Martín 68 pesos; Felipe Martín, su hijo, vecino de San Juan, 53 pesos; Miguel Blanco 21 pesos; Alonso Galván, vecino de esta villa, 60 pesos; doña María de Salas, vecina de la ciudad de los Ángeles, 56 pesos; don Juan Gómez Dávila 39 pesos; y Francisco Lorenzo 3 cargas de azúcar a razón de 18 reales arroba. Ítem declara que, en poder de Diego Jerónimo Leal, vecino de la ciudad de la Veracruz, paran 10 cargas de azúcar con 132 arrobas y 12 libras netas, manda se le cobre su líquido. Ítem declara que habrá tiempo de dieciocho años que contrajo matrimonio con Josefa de la Encarnación, difunta, durante el cual tuvieron por hijos legítimos a Gertrudis de la Encarnación que será de catorce años, a Francisco Zacarías de doce años; asimismo, declara que pasó a segundas nupcias con María Francisca Enríquez de Lara con quien procreó una hija nombrada María Antonia, de edad de cuatro años. Ítem declara por sus bienes una hacienda del beneficio de hacer azúcar y todo lo que le pertenece, sobre dicha hacienda están cargados 2 000 pesos a favor del Licenciado José de Barros. Y para cumplir y pagar este testamento nombra por sus bienes a don Juan Gómez Dávila, don Lope Antonio de Iribas y a María Francisca Enríquez de Lara, y por tenedor de sus bienes al citado Lope Antonio de Iribas. Finalmente, nombra como universales herederos a sus tres hijos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0180 · Item · 1707/08/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Micaela Ramos, vecina de este pueblo, viuda del Capitán Marcos Blanco, dijo que por escritura de 19 de julio de este presente año en la ciudad de los Ángeles, don Dionisio Serrano y Perea, su hijo, y el Licenciado don Sebastián de Torija y León, Clérigo Presbítero, concertaron en orden de los sitios de tierra de ganado mayor, en que dicho licenciado sucedió por remate que de ello se le hizo el 22 de octubre de 1706 por bienes de Pedro Barrero, en el precio y con las calidades que en él se contienen, y mediante a que el poder que tiene dado al dicho Dionisio es bastante para hacer la dicha escritura de concierto, en cuya conformidad se otorgó con expresa obligación que dentro de un mes la aprobaría dicha Micaela Ramos, por tanto, en aquella vía y forma, otorga, aprueba y ratifica la escritura de concierto citada según como en ella se contiene y se obliga de guardarla.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0145 · Item · 1709/10/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lorenzo de Prado, Teniente General de este pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, dijo que tiene un esclavo mulatillo nombrado Juan de la Rosa, de diez años de edad poco más o menos, y por el mucho amor que le tiene y por los buenos servicios que le ha hecho y espera continuará haciendo, y por si acaso le cogiera la muerte y no pudiera otorgar esta libertad, por la presente otorga ahorría y libertad graciosa a dicho esclavo para que después del fallecimiento de dicho capitán y no en otra forma, goce de ésta para siempre jamás.

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