Partición de los bienes que quedaron por muerte del Capitán don Ladrón de Peralta y Mauleón, entre sus hijos de primer y segundo matrimonio. El primero celebrado con doña Francisca de Morales Argumedo, con quien procreó a don Alonso, doña Inés y doña María de Peralta y Mauleón, mayores de 25 años, y segundo matrimonio con doña Ana de Olivares, habiendo procreado con ella a don Martín, doña Ángeles y doña Jusepa [Josefa] de Peralta y Mauleón, menores de edad, con intervención de su curador ad litem don Joseph [José] de Cozar; cuya petición pasó ante el Capitán Alonso Ordóñez Barrón, Alcalde Mayor de la villa de Córdoba y Corregidor del partido de San Juan Coscomatepec.\n
SAN JUAN COSCOMATEPEC, PARTIDO DE
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El Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec] y Comisario del Santo Oficio en esta provincia, otorga que da en arrendamiento al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, todas las tierras que en esta jurisdicción y en la del partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco] tiene y posee, que primero fueron del Capitán don Juan de Rivera Barrientos, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, las cuales lindan por el oriente con tierras de esta villa; por el norte con la estancia de Acatengo; por el sur con la barranca de Chocamán; para que en ellas coman y pasten las reses, caballos y otros ganados del dicho Capitán Joseph [José] Blanco por tiempo de dos años a partir del 1 de octubre de 1672, por precio de 50 pesos de oro común cada año y bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Capitán don Juan de Peralta y Mendoza, Alcalde Mayor de la villa de Córdoba y del partido de San Antonio Huatusco, hijo legítimo del Doctor don Matías de Peralta y Mendoza, Oidor que fue de la Real Audiencia y Chancillería de Nueva España, y de doña Lucía Calderón, otorga su testamento en el que declara haber sido casado con doña María de Rivadeneyra [Rivadeneira], difunta, con quien procreó a don Joseph [José] de Peralta y Mendoza, de veintiséis años de edad. Declara tener una hija natural nombrada Ana María de San José, Religiosa Profesa en el convento de San Juan de la Penitencia en la ciudad de México. Nombra a don Joseph [José] de Peralta, su hijo, como patrón principal del patronato que fundó su abuelo Alonso Regodón Calderón, en la ciudad de Trujillo en Extremadura, del que ha estado gozando como patrón principal y el cual administra su teniente el Capitán don Juan Mateo Cortés y Peñafiel, su primo, vecino de la Villanueva de la Serena en la provincia de Extremadura, destinando las rentas del patronato al casamiento de algunas huérfanas [parientas] de su linaje. Asimismo, declara que su abuelo fundó en la ciudad de Trujillo un mayorazgo que le pertenece, como otros bienes que quedaron por su fin y muerte, los cuales deja a su hijo como su único y universal heredero. Nombra como albacea a su hijo y al Licenciado Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad, vecino y Juez Eclesiástico de este partido de San Juan Cuezcomatepeque [Coscomatepec] y Comisario del Santo Oficio de esta provincia.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Capitán Nicolás Blanco, Alcalde Ordinario por Su Majestad; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos, por ellos y en nombre de los demás capitulares de esta villa, dijeron que el Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad del partido de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec], con ocasión de haber comprado a los albaceas y herederos del Capitán don Juan de Rivera Barrientos, dos comederos de tierra en el rincón que llaman de Millán en lo alto de la barranca de Chocamán, arriba de un pedazo de tierra que esta villa posee desde su fundación que va del paraje que llaman la Lagunilla hasta lo alto de la barranca de Chocamán, el dicho cura se ha introducido de hecho y sin derecho en la tierra propiedad de la villa, talando los montes para la fábrica de sus casas, sembrando milpas de maíz y caña dulce y haciendo jacales y rancho fundado contra la voluntad y sin consentimiento de los otorgantes. Por lo tanto, confieren poder especial a Jacinto Pérez Padrón para que en sus nombres parezca ante el Señor Virrey y suplique se despache el recado que convenga para que esta villa sea amparada en la propiedad y posesión del dicho pedazo de tierra, y que el Bachiller Diego Peláez y Cristóbal Fres de Herrera, su cuñado, administrador del rancho, sean lanzados de las tierras de la villa.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Capitán don Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de doña Ana Gonsalez de Belilla Blanco, otorga que vende a don Francisco José Escudero, Teniente de Alcalde Mayor del partido de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], una negra de las que quedaron por bienes de dicha difunta, criolla, nombrada Josepha [Josefa], de veinte años de edad, “la cual vendo por esclava cautiva, sujeta a cautiverio y servidumbre, por libre todo empeño, enajenación e hipoteca […] de ninguna tacha ni enfermedad, vicio, ni defecto”. La vende en precio de 300 pesos.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOManuel Gómez Dávila, Regidor; Joseph [José] de Leiva, don Francisco de Messa [Francisco de Meza y Mendoza], Miguel de Leiva [Esparragosa], Alonso Gómez Dávila, Juan Gómez Dávila, don Gaspar Carbajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], Pedro García de Messa [Meza], Nicolás de Olibera [Olivera], Gaspar Rendón, Juan de los Santos Cubillos, [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, Manuel de Piña, Antonio Millán, Pedro Trillo de Figueroa, Diego de [la] Palma, Benito Rendón, Thomas [Tomás] Ferrer [de Benavides], Dyego de Roxas [Diego de Rojas], Antonio Martínez, Antonio de Villavizenzio [Villavicencio], todos vecinos de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el del Capitán Joseph [José] de Leiba [Leiva] Esparragosa, Antonio Muñoz, Juan [José] Coronado y don Juan de Figueroa, que al presente se hallan ausentes; todos otorgan poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, residente en la ciudad de México, para que en nombre y representación de cada uno de ellos, pueda hacer cualquier transacción y en virtud de lo que pactare desistirse del pleito comenzado, y no seguir los capítulos que tiene puestos ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de la dicha ciudad de México y su corte contra el Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, su jurisdicción y sus partidos de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], en virtud de poder que para ello le otorgaron.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon José de Segura y Seballos [Cevallos], Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, el Capitán don Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa, otorgan que dan su poder a Baltazar González de Velilla Blanco, para que haciendo de deuda ajena, propia de los otorgantes, obligue juntamente a cada uno de los otorgantes a pagar al Licenciado Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado del partido de San Juan Coscomatepec, Vicario y Juez Eclesiástico, 3 000 pesos a cuenta del precio en que dicho Baltazar González de Velilla [Blanco] compró a dicho Diego Peláez una hacienda de trapiche de hacer azúcar.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y partido de San Juan Coscomathepeque [Coscomatepec], Comisario de la Santa Inquisición, otorga que vende a Baltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, una hacienda de hacer azúcar, que tiene en la jurisdicción de esta villa, que linda por una parte con el camino real que va de la Nueva ciudad de la Veracruz al pueblo de Orizaba; por otra, “por la linde” de las tierras de Fernando [Ventura de] Rivadeneira, y también por la estancia de labor llamada Acatengo; asimismo, por una cañada que baja del rincón de Millán hasta el río que pasa por la barranca de Chocamán. La hacienda se compone de una casa de calderas, un asoleadero, varios jacales; trece mulas, dos mulas de silla, treinta y un mulas de tiro; dos mesas de madera; veinticinco esclavos; 31 suertes de caña dulce; y otros artículos que se mencionan en la escritura. La venta la realiza por 24 000 pesos de oro común, que por su valor y compra el dicho Baltazar o sus fiadores han de pagar en la manera siguiente: 4 000 pesos de ellos en todo el mes de enero de 1683; 4 000 pesos para el mes de enero de 1684; 2 000 pesos de oro común para el mes de enero de 1685; y los 14 000 restantes han de quedar impuestos y cargados a censo redimible.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO[Roto] residente en esta villa, en nombre y con poder especial del Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago, Asentador del Rey Nuestro Señor y Alcalde Mayor de esta villa y partido de San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], otorgado en la ciudad de los Ángeles el 23 de mayo pasado, para cobrar a todos los dueños de trapiches y vecinos de esta villa y su jurisdicción, de las tiendas y de quien con derecho deba, todas las cantidades que deban de alcabalas causadas en el año de 1695 y los [tributos] de los negros, mulatos libres e indios laboríos de dicha jurisdicción. Dijo que el 30 de diciembre de 1695 el Alférez Antonio de Ábrego [Esquivel], Teniente General de este partido, [afianzo] con cierto número de vecinos de esta villa y a favor de dicho alcalde mayor, las alcabalas de los años 1696 y 1697, comprometiéndose Ábrego a cobrar los tributos laboríos de toda esta [jurisdicción] para entregarlos al alcalde mayor a fines de [roto] enero de este año. Y respecto a que el susodicho [no ha podido] cobrar más que 350 pesos de oro común, faltando aún por cobrar mucha más cantidad de laboríos, por la presente otorga recibo al Alférez Antonio de Ábrego por los 350 pesos de oro común, dejándolo libre de la cobranza de dichos tributos.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que por cuanto se necesita teniente de alguacil mayor que asista los negocios que se ofrecen en el partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] y San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], usando de la facultad de hacer nombramientos y atendiendo a las calidades que concurren en don Nicolás Cano Moctessuma [Moctezuma], le nombra por tal teniente de dicho partido y sus pueblos por tiempo de la voluntad, cuenta y riesgo del otorgante.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO