[Roto] vecina de esta villa de Córdoba, en presencia y con licencia de su marido el Capitán Lope de Yribas [Iribas], dijo que su marido y ella poseen en esta jurisdicción dos haciendas de trapiche [de hacer azúcar] nombradas [San Miguel Azezenatl], que hubo y heredó del Capitán [Nicolás Blanco], su tío, y la de San Miguel Tocuylan [Tocuila], que hace seis meses compraron a Andrés de Vivero Villavicencio, la cual está a 2 leguas y media de esta villa, en la jurisdicción de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], [roto] y por cuanto para su mayor aumento y crecimiento es preciso poner y cargar [roto] principal redimible sobre la hacienda [de San Miguel Azezenatl], [otorga poder para que] se imponga, sitúe y cargue a censo redimible sobre dicha hacienda de San Miguel Azezenatl los pesos de oro que [a su apoderado] le parezca.
Sem títuloSAN JUAN COSCOMATEPEC, JURISDICCIÓN DE
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Don Lope de Yribas [Iribas] y [Ana González] de Velilla, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, declaran que ambos compraron del Licenciado Diego Peláez [Sánchez], Prebendado de la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles y de Joseph [José] de Vivero, vecino de la ciudad de Tlaxcala, en virtud de poder de Andrés de Vivero Villavicencio, vecino que fue la ciudad de los Ángeles, un trapiche de beneficiar azúcar nombrado San Miguel Tocuila ubicado en la jurisdicción de San Juan Coscomatepec. También señalan que del precio de la compraventa se debían sacar 3 000 pesos de oro común para la dote de una capellanía que dicho Andrés de Vivero ordenó fundar, por lo que el otorgante suplicó al Ilustrísimo don Manuel Fernández de Santa Cruz, Obispo del obispado de la Puebla de los Ángeles, le concediese licencia y espera para el pago de la dote. Y para que lo antecedido tenga efecto los comparecientes otorgan que dan poder a don Juan Godínez [Maldonado], Escribano de Su Majestad, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre los obligue de mancomún acuerdo a que darán y pagarán los 3 000 pesos por fin de cuatro años, y para seguridad del principal hipotecan las haciendas San Miguel Tocuilan [Tocuila] y San Miguel Asesenatl [Azezenatl] con todo lo que les pertenece, incluyendo los 147 esclavos.
Sem títuloEl Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Antonio de Leiva Esparragosa, su hermano, vecino de esta villa, una hacienda de hacer azúcar nombrada [Nuestra Señora de la Concepción] Acatengo, que tiene en términos de esta jurisdicción, hacia la parte del norte, con 2 sitios y 6 caballerías de tierra, las cuales dichas caballerías lindan por la parte del sur y del oriente con tierras de esta villa; por el poniente con tierras del trapiche que posee el Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles; y por el norte [roto] del pueblo de San Francisco [Chocamán], jurisdicción del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec]. También, dijo que en dicha hacienda están situados y cargados 1 000 pesos a censo, por don Miguel de Leiva y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, con fecha del 15 de diciembre de 1700, a razón del 5 por ciento en cada un año, para que los réditos se entreguen al Reverendo Padre Guardián que sea del convento de San Antonio de esta dicha villa y con ellos celebre una fiesta perpetuamente a la Purísima Concepción de Nuestra Señora todos los años como consta de dicha escritura. Dicha hacienda se compone de tierras y de los bienes siguientes, un sitio y 2 caballerías de tierras en que está fundada dicha hacienda y el otro sitio 4 caballerías que llaman el Comedero del Monte; una casa de vivienda; una casa de trapiche armada sobre horcones cubierta de zacate, jacales, animales de cargo y de tiro, un negro nombrado Carlos, un mulato nombrado Mateo, una licencia de trapiche, animales de granja, suertes de cañas con diferentes cortes, entre otros bienes que se mencionan. Dicha hacienda la vende libre de empeño, deuda, enajenación hipoteca por precio de 15 170 pesos y 2 reales, los 4 500 pesos de contado, 4 000 que se obliga don Antonio Leiva de pagar a doña María Valero Grajeda, vecina de la ciudad de los Ángeles que son los mismos que el presente otorgante le estaba debiendo y se obligó a pagar por dicha hacienda de trapiche, y la cantidad restante el susodicho se obliga en esta escritura de pagar en los tiempos y plazos mencionados en el acta.
Sem títuloMarcos Martín de Castro, vecino de esta jurisdicción, obligado de las carnicerías y abasto de ellas por remate que en él se le hizo, y conforme a las condiciones de dicha obligación manifestó 180 reses, 100 que tenía en su estancia y comedero que compró anteriormente a los criadores de ganado mayor, cuya alcabala fue a su cargo, y 80 reses que compró a Sebastián Hernández, vecino de la jurisdicción de San Juan Coscomatepec, cuyas reses fueron entregadas en dicha jurisdicción, correspondiendo la cobranza al alcalde mayor de dicho lugar.
Domingo López, vecino de este pueblo, manifestó 250 mulas y machos cerreros, que trajo de arriba para vender en este pueblo y en la jurisdicción de San Juan Coscomatepec, y de lo que vendiere pagará la alcabala.\n