Doña Inés María de Serrano y Perea, viuda y vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, vende a doña Nicolasa Blanco, mujer legítima de don Dionisio Serrano y Perea, vecinos de este pueblo, una mulata esclava nombrada Gertrudis de Vega, criolla, de más de treinta años de edad poco más o menos, la misma que hubo y compró de Benito Rendón, difunto, vecino que fue de la villa de Córdoba. La vende en precio de 400 pesos.
Sans titreSAN JUAN COSCOMATEPEC, PUEBLO DE
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Francisca Rodríguez, vecina de esta pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, viuda de Diego de la Cruz, tutora y curadora de las personas y bienes de Paula, Petrona, Francisco y Domingo de la Cruz, sus hijos menores, otorga poder general a Ignacio Rodríguez, su hermano, vecino de este pueblo, para que en su nombre y de dichos sus hijos parezca ante el Señor Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de dicha villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente General en ella, en los autos de inventarios y demás diligencias de los bienes que quedaron por fin y muerte de dicho Diego de la Cruz, que falleció intestado en este pueblo, y en cualquier otro juzgado y tribunal y pida se sirva de aplicarle la parte que le toca a ella y a sus hijos de gananciales de dichos bienes.
Sans titreIgnacio Rodríguez, vecino de este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hijo natural de Bartolomé Rodríguez; y Mariana de Vargas, su legítima mujer, natural de este pueblo, hija legítima de Juan de Vargas y de Josefa de la Cruz, difunta; se otorgan poder mutuo el uno al otro y ambos al Bachiller don José de Arrucha para que puedan otorgar testamento como se lo tienen comunicado el uno al otro y al dicho bachiller. Dijeron que de no cumplir unas novenas de tres días que tienen ofrecidas a Nuestra Señora de Cosamaloapan por sus muchas ocupaciones, después de que hayan fallecido se remitan por sus albaceas al santuario de dicha señora 2 arrobas de aceite y media arroba de cera, la cual ha de llevar Juan Rodríguez, su hijo. Ignacio Rodríguez declara haber sido casado en primeras nupcias con Nicolasa Hernández, difunta, con quien procreó a dicho Juan Rodríguez, de más de catorce años de edad. Y Mariana de Vargas declara fue casada en primeras nupcias con Francisco Sánchez con quien procreó a Juana Sánchez, de [dieciséis] años, a la cual por herencia de su abuela, Josefa Ruiz, le cupieron 150 pesos, cantidad que entró en poder de dicho Ignacio Rodríguez. Declaran que Mariana de Vargas llevó al matrimonio 1 400 pesos e Ignacio Vargas 150 pesos de cinco mulas aparejadas, y en dicho matrimonio han procreado a Joaquín Vicente Rodríguez, de once meses de edad. Se nombran como albaceas el uno al otro y ambos nombran al Bachiller don José de Arrucha. Nombran como herederos a sus hijos Juan, Joaquín Vicente y a Juana Sánchez. Se nombran el uno al otro como tutores y curadores ad bonos de sus menores hijos.
Sans titreDoña María Blanco Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, viuda del Alférez don Eugenio Serrano y Perea, difunto, natural de este dicho pueblo, hija legítima del Capitán Marcos Blanco, difunto, y de doña Micaela Ramos, otorga poder al Capitán don Lope Antonio de Iribas, su compadre, a don Dionisio Serrano y Perea y a don Lorenzo Antonio Blanco, sus hermanos, vecinos de este pueblo, para que después de su fallecimiento hagan y otorguen su testamento como se los tiene comunicado. Declara que hace más de doce años contrajo matrimonio con dicho Alférez don Eugenio Serrano y Perea, hijo del Sargento Mayor don Rodrigo Serrano y doña Bernarda de Perea, difuntos. En dicho matrimonio procrearon a Manuel, de ocho años de edad, y a Micaela, de siete. Nombra como albaceas testamentarios al Capitán don Lope Antonio de Iribas, a don Dionisio Serrano y a don Lorenzo Antonio Blanco; y por tenedor de bienes a Dionisio Serrano. Nombra como herederos a sus hijos, y como tutor y curador ad bona de ellos a dicho Dionisio.
Sans titreEl Alférez Thomás [Tomás] Sánchez Barba, vecino del pueblo de Orizaba, estante en esta villa de Córdoba, vende a don Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, un solar que posee en esta villa, que hubo por merced que le hizo la Justicia y Regimiento de [la villa de Córdoba] a los 24 de abril 1669 [roto]. Linda por el oriente con Juana del Álamo; por el norte con solar de Blas Domínguez y la calle Real [que lleva al pueblo de] San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], en medio; se lo vende con una casa de tablas cubierta de paja en precio de 180 pesos de oro común.
Sans titreEl Capitán Juan de Alfaro, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que el Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino y labrador que fue de San Andrés Chalchicomula provincia de Tepeaca, se hallaba con poder general de su esposa, doña Josefa de Atienza Palacios, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora de sus hijos; dicho poder fue sustituido por el Alférez Pedro de Trujillo en Juan de Alfaro y por fin y muerte del Alférez, doña Josefa de Atienza, revalidó y ratificó dicha sustitución; y usando de dicho poder, otorga que vende al Licenciado don José de Barros, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Cura interino del pueblo y partido de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], 10 caballerías de tierras pertenecientes a una merced de un sitio de ganado mayor, en el asiento de Tlacomulco que empiezan desde el pueblo que llaman Tenexcalco para abajo cogiendo las cinco caballerías de ellas desde la sierra que va de Tepatlaxco a la punta para el norte por el mismo pueblo de Tenaxcalco y otras cinco desde la dicha sierra para el norte de manera que dichas 10 caballerías quedan cuadradas. Las vende libres de empeño y enajenación, por precio y cuantía de 1 200 pesos de oro común en reales de contado.
Sans titreDiego Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Pedro Ibáñez un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo que se encuentra en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa, para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec]; por la parte del poniente linda con solar de Diego Ruiz; por la parte del oriente, norte y sur linda con solares vacos, que pertenecen a los propios de esta villa. Dicho solar lo heredó de Nicolás Rodríguez, su padre, y lo vende por libre de empeño, deuda, enajenación e hipoteca en cantidad de 25 pesos en reales de contado.
Sans titreEl Capitán Juan José Fernández, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y residente en esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de pagar al mayordomo al presente es o en adelante lo sea de la cofradía de Nuestra Señora de la Limpia Concepción, que está fundada en la villa de Santiago de los Valles, provincia de la Guateca [Huasteca], la cantidad de 2 100 pesos de oro común en reales procedidos de una partida de mulas que le compró a Juan Gómez de Otero Cosío, persona que las trajo a vender por orden del mayordomo de dicha cofradía. Cuya cantidad se obliga a pagar para el último día del mes de agosto de 1701 en reales de contado, puestos en la ciudad de los Ángeles.
Sans titreJuan José Fernández, Capitán de la Infantería Española de este pueblo y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], hijo legítimo de Francisco Fernández y de Isabel Díaz, difuntos, naturales que fueron de la ciudad de Sevilla, de donde él es natural y vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec]; y Leonor Manuela del Valle, su legítima mujer, natural de este dicho pueblo, hija legítima de Salvador Moreno y María del [Valle], difuntos. Se otorgan poder mutuo para que después de la muerte de alguno de los dos el que esté vivo haga y ordene el testamento del otro. Declaran estar casados y al tiempo que efectuaron matrimonio él tenía de caudal 2 000 pesos, y ella llevó por dote otros 2 000 pesos, y él le mando en arras 300 pesos. Y durante dicho matrimonio procrearon a Melchora de los Reyes Fernández, de ocho años de edad; a José Ventura Fernández, de cuatro años; María del Valle Fernández, de dos años. El Capitán Juan José declara como hijo natural a José de Estrada Fernández, muchacho de doce años, habido en mujer soltera ya difunta, y a quien tiene en su casa y compañía. Se nombran mutuamente albaceas y tenedores de bienes. Nombran como herederos a sus hijos, y como tutora y curadora de ellos a Leonor Manuela del Valle.
Sans titreDoña Micaela Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepet [Coscomatepec], viuda, mujer que fue del Capitán Marcos Blanco, difunto, su albacea y tenedora de bienes, otorga que da su poder a Juan de Cosar [Cozar], vecino de este dicho pueblo, para que en su nombre pida, demande y reciba de todas y cualquier persona las cantidades de reales, pesos de oro, joyas y otros géneros que le deban como tal albacea, tutora y curadora de las personas y bienes de María Blanco, Nicolasa y Lorenzo Antonio Blanco, sus hijos y de dicho difunto. Asimismo, se lo otorga para que en su nombre siga y fenezca todos los autos y diligencias que convengan hasta que con efecto estén partidos y divididos los bienes de dicho su marido, y haya cobrado lo correspondiente a su dote y arras.
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