JALAPA, PUEBLO DE

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              1624, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0056-EO_0056_0013 · Unidad documental simple · 24/04/1624
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              El Corregidor Gaspar Asencio Cornejo visitó los carros e indios que lleva Juan Caballero, vecino de los Ángeles, que bajan a la ciudad de la Veracruz, en los que halló a la gente siguiente: Jusepe [José] Martín, de la Puebla; Juan Pablo, criollo, y Mariana su mujer; Jusepe [José], criollo, y María su mujer; Jusepe [José], de la Puebla; Cristóbal, de esta jurisdicción, y Mariana su mujer; Lázaro, soltero; Francisco de la Puebla, e Inés su mujer; Juan Pascual, criollo; Juan, de Jalapa, y Magdalena su mujer; Cristóbal, de la Puebla, y Ana María su mujer; Paulo y María, su mujer; Baltazar Luis y Francisca su mujer; Juan Diego, de la Puebla, y María su mujer; Francisco, de Tepestlautoque [Tepetlastoque], y María su mujer; Juan Bautista, de la Puebla; Francisco Miguel, de la Puebla, Ana Francisca, su mujer; Juan Bautista, de Tepetlautoque [Tepetlastoque]; Gaspar, muchacho; Gabriel, muchacho; y Jusepe [José] Miguel de Amozoque.

              1631, Expediente 2
              MX UV.USBIX ANO-E-0071-EO_0071_0064 · Unidad documental simple · 01/06/1632
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido Juez de Caminos y de Registros, dijo que por Real Ordenanza de los señores virreyes se ha establecido que desde primero de junio de cada año hasta cuatro días después de San Francisco, que es a [seis] de octubre, ningún carretero, chirrionero o arriero baje con indios a la Nueva Veracruz, ni pase con ellos de Orizaba y Jalapa para abajo, so pena de 200 pesos a los que no cumplan, y para que se guarde y ninguno pretenda ignorancia, ordena se les notifique a los carreteros, chirrioneros y arrieros para que no bajen indios so pena de las dichas ordenanzas.

              1636, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0079 · Unidad documental compuesta · 23/01/1636
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Petición de Francisco de Camas de León, en nombre del Capitán Baltazar Domínguez, vecino del número de los fundadores de la villa de Córdoba, para que lo dejen libremente trajinar con su recua por el camino de la Veracruz, sin llevarle derechos de las visitas que hicieren a su recua, para lo cual presentó mandamiento del Marqués de Cerralbo, con copias insertas de la ordenanza del Marqués de Guadalcázar (1619), confirmación del Marqués de Cerralbo (1625), mandamiento del Marqués de Montesclaros (1607), confirmación de don Luis de Velasco (1610), y mandamiento del Marqués de Gelves (1622), los cuales hacen alusión a que sólo carretas y carreteros deberán llevar derechos por las visitas que hicieren a los carros y carretas, exceptuado de este derecho a las recuas, así mismo no haberse de entender con los dueños de recuas la prohibición de bajar con indios en tiempo señalado a la Veracruz, sino tan solamente con las cuadrillas de carros. En cuyo auto el corregidor de Orizaba, hace mención de una causa de denunciación en contra de dicho Domínguez, por bajar con indios en servicio de su recua a la Nueva Veracruz en tiempo prohibido, resolviendo enviar al Señor Virrey los mandamientos presentados por parte de Baltazar Domínguez, junto con la ordenanza que revocó el Señor Marqués de Guadalcázar y confirmó el Señor Marqués de Gelves, y provea lo que fuere servido.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0051 · Unidad documental simple · 19/08/1637
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Don Antonio de Monroy Figueroa, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y de la visita y castigo de ellos, dijo que tuvo noticia de la llegada de un arriero que desembocó por el paso de la Angostura y que había trasversado el camino huyendo de la visita que se le hace a las recuas y cata de lo que llevan en ellas, debido a la nueva imposición de los 25 pesos a la grana y plata que suben a la Nueva Veracruz o bajan de ella y los indios y otras personas que traen en su servicio, lo que deben manifestar en este oficio y registros de Orizaba y Jalapa, conforme a ordenanza de los Señores Virreyes, para lo cual mandó a un ejecutor a que trajese ante él al dicho arriero y sus mulas para que hiciera la manifestación, y habiéndole traído ante el dicho corregidor declaró llamarse Domingo Álvarez, vecino de la villa de Córdoba, ser dueño de recua y trajinar con ella de la Veracruz a Tehuacán y a otras partes donde se le ofrece, asimismo manifestó que viene con 11 mulas de aparejos cargadas de trigo del pueblo de Tehuacán y que en su avío trae consigo dos hijos suyos llamados Gregorio y Domingo, no trayendo ningún indio, cuyo trigo declaró es para comer en su casa y para vender y que las 11 mulas junto con las de silla suman 14, las cuales compró en esta jurisdicción a don Gaspar de Rivadeneira, a Francisco Álvarez y a Juan González; también fue notificado por el corregidor que al día siguiente debe presentar testimonio donde se indique que pagó el alcabala de dichas mulas y las alcabala en la Nueva Veracruz.

              Codicilo
              MX UV.USBIX ANX-P-0031-PX_0031_0014 · Unidad documental simple · 10/07/1751
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Mateo José Viveros, vecino del pueblo de Jalapa, con testamento hecho el 1 de octubre de 1749, declara que por vía de codicilio, sustituye el nombramiento de albacea que otorgó a su hermano Modesto Antonio Viveros, nombrando en ese cargo a Juan Romero de Acosta y a su mujer Josefa Lagunes.

              Declaracion de testamento nuncupativo
              MX UV.USBIX ANX-P-0030-PX_0030_0003 · Unidad documental simple · 03/01/1750
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Habiéndose visto por el Alcalde Mayor los autos presentados, declara dicha memoria de Ana Gertrudis de Espino por testamento nuncupativo, ya que murió bajo esta disposición.

              Declaración de testigos
              MX UV.USBIX ANX-P-0030-PX_0030_0002 · Unidad documental simple · 18/11/1749
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Se presentaron los testigos que se mencionan en la escritura que antecede, los cuales son José Barradas, Roque de Castro y Blas Rodríguez, quienes ratificaron y firmaron dicha memoria.

              Escritura para no fiar
              MX UV.USBIX ANX-P-0031-PX_0031_0019 · Unidad documental simple · 28/07/1751
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Diego Cardeña, Escribano Público del Juzgado de Jalapa, se obliga a no ser fiador, ni abonador de ninguna otra persona que no sean sus hijos o yernos, en cantidad de arriba de 10 pesos en plata, y si lo hiciera por arriba de los 10 pesos, caería en contradicción so pena de 300 pesos en oro común, destinados para la Cofradía de la Señora de esta parroquia.

              Memoria testamentaria
              MX UV.USBIX ANX-P-0030-PX_0030_0001 · Unidad documental simple · 25/10/1749
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Pedro García, vecino del pueblo de Jalapa, hijo y albacea de Ana Gertrudis de Espino, solicita que la memoria que dejó su madre sea tomada como testamento nuncupativo, para que pueda cumplir con todos los asuntos que se contienen en ella. Por lo que Su Majestad, mandó se presenten los testigos que firmaron dicha memoria de Ana Gertrudis de Espino. \r\n

              Obligación de reales con hipoteca
              MX UV.USBIX ANX-P-0030-PX_0030_0005 · Unidad documental simple · 12/01/1750
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Pedro Antonio Sibon y Petrona Barradas, matrimonio, vecinos de este pueblo, reciben de Diego Domingo Núñez, la cantidad de 650 pesos, que se obligan a pagárselos. La mitad lo harán de la cosecha de tabaco que tienen sembrados, y la otra mitad cuando siembren y recojan la cosecha en el próximo año, con los réditos, a razón de 5 % anuales, señalándose algunas condiciones para ello, y para seguridad de esta deuda hacen hipoteca de unas casas que tienen en este pueblo, ubicadas en el barrio de Techacapa.