El Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Sebastián Rodríguez, dueño de trapiche y vecino de esta villa, cuatro negros y una negra piezas de diferentes castas, calimbados con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas y costumbres buenas o malas, almas en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón o gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; en precio de 1 750 pesos de oro común, cuya cantidad se obliga a pagar junto con su fiador, Juan de los Santos Cubillos, en los plazos y tiempos fijados.
UntitledREAL COMPAÑÍA DE GUINEA
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El Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa, Alcalde Ordinario en ella, doce cabezas esclavos, entre ellos cuatro hembras y seis varones a razón de 350 pesos, un mulecón en 300 pesos y un mulequillo en 150 pesos, importando la cantidad de 3 950 pesos a pagar en los plazos expresados en la escritura; los cuales dichos esclavos son de diferentes castas, todos calimbados con una CR en el brazo izquierdo y que son de los conducidos para dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz por el Capitán don Antonio Francisco de Seiva en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]; los vende por esclavos cautivos sujetos a perpetua servidumbre, libre de empeño.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a don José Gómez Dávila, vecino de esta villa, quince cabezas de esclavos, nueve de ellos a razón de 350 pesos, otros dos enfermos ambos en 400 pesos; dos negras viejas ambas en 150 pesos; una negra tuerta con una cría de pecho en 300 pesos y un muleque en 200 pesos; importando la cantidad de 4 200 pesos de oro común, los cuales dichos esclavos son de diferentes castas, todos calimbados con una CR en el brazo izquierdo y son de los conducidos para dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz por el Capitán don Antonio Francisco de Seiva en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José].
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos en las Indias, quién presentó los testimonios e instrumentos que avalan dicho nombramiento para el otorgamiento de dicha escritura; y en virtud de dicha facultad, otorga que vende al Señor Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, un negro esclavo pieza, calimbado con una CR en el brazo izquierdo, que es de los conducidos para dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San José. Lo vende por precio de 320 pesos de oro común en reales de contado.
UntitledJuan José de Orbeo, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad Nueva de la Veracruz, en nombre de su madre, Juana Gertrudis de Ávalos, vecina de dicha ciudad, dijo que dicho poder su madre lo otorgó antes a Roque de Aguilera, maestro de confitero, vecino de dicha ciudad, su fecha en ella a 8 de noviembre de 1701 ante Joseph de Orduña, Escribano Público, posteriormente, Roque de Aguilera lo sustituyó en el otorgante, con fecha de 28 de enero pasado, ante Francisco Leandro, Escribano de Su Majestad, en dicha ciudad. Por lo cual, haciendo uso de dicho poder, otorga que vende a Alonso Pérez de Oviedo, vecino de esta villa, un negro esclavo nombrado Francisco, casta arara, el mismo que hubo y compró de uno de los armazones del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, para la introducción de negros en las indias. De dicho esclavo ya tenía ajustada su venta Juana Gertrudis con dicho Alonso Pérez de Oviedo, en cantidad de 200 pesos de los cuales tenía recibidos 150 pesos al contado y habían quedado 50 pesos de resto, los cuales tiene recibidos por mano del Capitán don Juan Gómez, vecino de esta villa.
UntitledAlonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto él como principal y doña María de Brito Lomelín, su madre, como su fiadora, le otorgaron poder al Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, su hermano, su fecha en esta villa el 23 de agosto de 1701, mediante el cual obligó al otorgante a pagar cantidad de 5 250 pesos por el precio y valor de quince esclavos que compró del armazón del puerto y ciudad de la Nueva Veracruz, con la condición de pagar en un año de plazo y con la condición de que pasado el tiempo sin satisfacer dicha cantidad, había de pagar por cada uno de los quince esclavos 10 pesos más, como se expresa en la escritura de obligación que otorgó a favor de don Lucas de Acosta y don [Damián] Pereira de Araujo, Factores del dicho asiento hecho con Su Majestad por la Compañía Real de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros en las indias. Y habiéndose pasado del tiempo y plazos en que debía de pagar, reconvino con don Lucas de Acosta de pagar 5 400 pesos, de los cuales sólo ha entregado 2 000 pesos al Alférez Antonio González Candelas, comisionado para su cobranza y recaudación. Por lo tanto, restando a los 5 400 pesos los 2 000 pesos que ha pagado y sumando 100 pesos de los salarios de la comisión del Alférez Antonio Candelas, resta debiendo 3 500 pesos de oro común en reales, los cuales se obliga a pagar a don Lucas de Acosta en los plazos y condiciones que se mencionan en esta escritura.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España, del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea y del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que ha recibido de Lorenzo de Guzmán, vecino de esta villa, 500 pesos de oro común en reales, que son los mismos que el susodicho se obligó a pagarle, por el valor de dos esclavos negros, de distintas edades y del armazón de su cargo.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que ha recibido del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, que lo es de esta villa, 2 450 pesos de oro común en reales, de los cuales 350 pesos de ellos por el valor de una negra, y los 2 100 pesos por el valor de diferentes esclavos; por lo que da por rota, nula y canceladas dichas escrituras de obligación.
UntitledDon Lucas de Acosta, residente en esta villa, Factor que fue del Asiento de Negros en este reino, celebrado con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, otorga haber recibido de don Juan Valero Grajeda, Regidor perpetuo de esta villa, 3 180 pesos de oro común en reales por el valor de nueve esclavos piezas Indias, por escritura que a su favor otorgó el 10 de noviembre de 1700. De cuya cantidad se dio por entregado, otorgó carta de pago y dio por cancelada la citada escritura.
UntitledLucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Factor del Asiento de Negros Esclavos en este reino celebrado por Su Majestad por la Real Compañía de Guinea establecida en Portugal, otorga que ha recibido de Juan Álvarez de Rivera y Diego de Altamirano, vecino de esta villa, 2 450 pesos de oro común en reales, los mismos que importaron nueve piezas de negros esclavos que sacó para su trapiche Pedro García de Meza, difunto, y se obligaron los susodichos de pagarle al otorgante y al Alférez Antonio González Candelas por escritura de 7 de julio de 1703. Por otra parte, declara que por cuenta de dicha cantidad le ha entregado al otorgante el dicho Juan Álvarez de Rivera tres esclavos de los nueve que se le vendieron al dicho Pedro García de Meza por no hallarse con su valor, por lo que de ellos y de la cantidad líquida de la citada escritura se dio por entregado, y otorgó carta de finiquito.
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