Don Joaquín del Castillo y Bustamante, Caballero de la Orden de Santiago, vecino y del comercio de la Ciudad de Veracruz y residente en este suelo, otorga poder especial a don Pedro Juan de Sauvaine, de aquella misma vecindad y comercio, para que en su nombre halle, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de las Reales Cajas de Veracruz, la cantidad que se le estuviera debiendo en virtud de instrumentos públicos simples o sin ellos.
REAL CAJA
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Don José Ignacio de Uriarte y don Antonio de Salazar, Comisionados de los Cinco Gremios Mayores de la ciudad de Madrid que actualmente residen en esta Villa de Xalapa, otorgan poder especial a don Juan García Oyuelos, vecino de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación reciba y cobre en Cajas Reales de dicha ciudad, 23, 437 pesos 4 reales de pensión anual, que goza el Excelentísimo Señor Almirante Duque de Veragua de un año cumplido.
Juan García de Vértiz, vecino de esta provincia, dio su poder cumplido al Capitán Bernardo Esposo, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, para que en su nombre entere en la Real Caja de la dicha ciudad, 1000 pesos de oro común en reales por cuenta de 3100 pesos en que se le remató al otorgante la vara de Alguacil Mayor de la provincia de Jalapa, y los 2100 pesos restantes, lo pueda obligar a la paga para dentro de 2 años.
El Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de cuadrilla, otorga poder especial a Juan Bautista de Gatica, vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, para que en cada uno de los viajes que dicha cuadrilla de carros haga y de los que ha hecho a dicha ciudad [cargada] de sillares de cantería de la cantera de la Encarnación la Peñuela de esta jurisdicción, para la obra del recalce de la Real [Fuerza] de San Juan de Ulúa conforme al [asiento] que el Alférez Mayor Miguel Valero de Grageda [Grajeda], su hermano, y él tienen hecho con Su Majestad, cobre de la Real Caja y oficiales reales de la Veracruz los pesos de oro que importe la mitad de los fletes de cada uno de los viajes [roto] [y] la otra mitad en dicha Real Caja para la satisfacción de los 8 000 pesos que al dicho su hermano y a él se les adelantarán en conformidad de los dispuesto y ordenado por mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Paredes, Marqués de la Laguna, Virrey de esta Nueva España, el 18 de agosto de 1682.
Sans titreGabriel de Mena [roto] de la obra del recalce de la Real Fuerza de San [Juan de Ulúa] dijo que respecto a ser necesario presentar ante los [jueces] oficiales reales de la Real Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz, las relaciones juradas de lo que ha ganado la gente por su trabajo en la saca y labor de los sillares de cantería para dicha obra, en la cantera de la Peñuela de esta jurisdicción, desde el 19 de octubre de 1682 hasta el 23 del presente mes y año, gastos de herramientas, jacales y otras cosas necesarias y precisas para su beneficio, y las cartas de pago y autos hechos por la Real Justicia de los pagamentos hechos a dicha gente, para que conste a sus mercedes lo gastado como la necesidad que hay de dineros para la continuación de la saca y labor de sillares y se sirvan de enviarlos. Para cuyo efecto, y respecto a que el otorgante manifiesta estar enfermo, otorga poder a Pedro Pablo Sánchez [López], residente en dicha cantera, para que en su nombre parezca ante dichos jueces y presente las relaciones juradas, autos, cartas de pago y demás recaudos concernientes, y pida le mande la Real Caja la cantidad de pesos necesarios.
Sans titreAntonio Cardeña, dueño de recua, vecino de Jalapa, otorga que ha recibido del Capitán José de Vera, Teniente General en este pueblo, la cantidad de 320 pesos que se obliga a entregar en 45 días en las Reales Cajas de la Ciudad de México o Nueva Veracruz.
Don Pablo Fraile de Santa María, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Antonio Fraile, vecino y del comercio de la misma ciudad, para que en su nombre demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de los señores ministros de Cajas Reales en la Nueva Veracruz, las cantidades que importen las partidas de cobre que ha remitido a disposición del enunciado ministerio, don [José] Benito Blasco, de esta vecindad.\t
Doña [María de las] Agustia[s] Cleere de Sarabia, viuda de don José Ruiz Huidobro y Sarabia, Capitán que fue de Navío de la Real Armada, otorga poder especial a don José Govantes de Ledezma, Ministro Principal del Ejército de las Villas, para que en su nombre en el Ministerio y Cajas Reales de la Nueva Veracruz, haga los ajustes y liquidación de los alcances que correspondan a su citado difunto marido, por razón de sus sueldos, gratificaciones u otro respecto, y verificado que sea, perciba y cobre lo que a su favor resultare, haciendo lo mismo en razón de montepío o viudelas que le corresponden a la otorgante.
Don Juan Antonio Pardo, vecino y del comercio de esta Villa, otorga poder especial a don Mariano Blanco, vecino y del comercio de la Ciudad de Puebla, para que en su nombre se presente en las Cajas Reales de aquella ciudad y en el correspondiente oficio de Real Hacienda, y otorgue fianza a favor del cura párroco de la plaza de Veracruz, don Ramón Palao [Palas], por la mitad del valor de las bulas que se le han remitido o remitan de aquellas cajas.
Doña María Gertrudis Almanza, de esta vecindad, viuda de don José Ramón Morales, Guarda que fue de Rentas Reales en la Nueva Veracruz, otorga poder especial a don Martín María de Cos, Regidor Perpetuo de dicho ayuntamiento, para que en su nombre y representación, perciba y cobre en aquellas Cajas Reales, la cantidad de 550 pesos que le pertenecen a su marido, como parte de un decomiso en que tuvo participación en el tiempo en que sirvió de guarda.