Don Antonio García Campomanes, vecino de Naolinco, declara que Luis Antonio Ortiz de Zárate, pagará anualmente los 3, 800 pesos que a don José Leonel Gómez de Cervantes y la Higuera, le restan del arrendamiento de los mayorazgos, haciendas, tierras, aguas, etc., o en su defecto lo hará él, como su fiador, en la misma forma que contiene la escritura de fianza que en consorcio del difunto don Juan Miguel Rebolledo otorgó Tomás de Santiago y Cruz.
NAOLINCO, PUEBLO DE
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Don Diego Martín de Villalobos, vecino de Naolinco y residente en Jalapa, otorga que debe y se obliga a pagar a don José de Ahedo, la cantidad de 3, 743 pesos 4 reales, que importaron varios efectos que recibió, de los que se pagará la mitad dentro 4 meses siguientes a esta fecha y la otra mitad al cumplirse otros 4 meses.
Doña Ana Josefa Moreno, natural de la Heroica ciudad de la Veracruz, hija legítima de Juan Antonio Moreno y de doña Manuela Antonia López, difuntos, de edad de setenta y un años, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara estar casada con don José María Campoverde, de cuyo matrimonio no han tenido sucesión. Asimismo, declara que antes de este matrimonio, tuvo tratados esponsales de futuro matrimonio con don Fernando Gómez Muñoz, natural de los reinos de Castilla de la península española, de quien tuvo dos hijos naturales nombrados don Fernando y don José María Gómez Muñoz y Moreno; de los cuales José María murió sin sucesión en defensa de la justa causa de la libertad de la patria, por el año de 1815. En cuanto a su hijo Fernando, habiendo seguido las mismas banderas, obtuvo el grado de teniente coronel y después de haberse casado con doña Dolores Ortega de Muñoz, falleció repentinamente en esta ciudad en el año de 1829, sin haber dejado sucesión testamentaria y dejando a dos hijos vivos de los seis que tuvo en su matrimonio, nombrados doña Ana Josefa y don Fernando Gómez Muñoz y Ortega. También declara que doña Dolores Ortega falleció el año de 1831, bajo la disposición testamentaria que otorgó en el pueblo de Naolinco, de donde era vecina, dejando como herederos a sus dos hijos y como albacea a don Antonio Rodríguez Rojo, vecino de la hacienda de Santa Bárbara del partido de Misantla. Declara que su nieto don Fernando Gómez Muñoz y Ortega, también falleció a la edad de doce a trece años. Lega a su actual esposo el quinto de sus bienes. Nombra albacea a su esposo don José María Campoverde. Nombra heredera a su nieta doña Ana Josefa Gómez Muñoz y Ortega.
Sans titrePonciano de Casas, coronel de caballería del ejército, comandante del escuadrón de Veracruz, natural del pueblo de Naolinco de este partido, hijo de don José Santiago de Casas y de doña María Josefa de Rivera, difunta, mayor de veinticinco años, otorga su testamento en la forma siguiente: manda se le sepulte en el cementerio general en la forma que dispongan sus albaceas. Declara fue casado con doña María de Jesús Rivera, de cuyo matrimonio tuvieron tres hijos, uno nacido muerto y los otros llamados Francisco de Paula y Adrián. Cuando contrajo matrimonio no tenía más capital que la paga de oficial del ejército que percibía de la nación, la citada su difunta esposa llevó al matrimonio 500 pesos en reales efectivos que le entregó el señor su hermano don José María Rivera. Pasó a segundas nupcias con la señora doña Ana Pérez, vecina de Veracruz, en cuyo matrimonio tuvieron un niño que murió en la infancia, una niña llamada Ana Francisca de Paula y el que lleva en el vientre su esposa. Su segunda consorte llevó al matrimonio en dote de sus padres 300 pesos en plata y él contaba con su paga, pues los de 500 pesos que percibió del haber de su primera esposa los empleó en una casita que compró a sus primeros hijos, y a más de su paga llevó al segundo matrimonio 300 pesos. Como jefe del escuadrón de Veracruz, tiene concluidas todas sus cuentas que a él correspondan hasta fin de diciembre del año próximo pasado y después hasta el 5 de enero del presente año, en la que tiene un alcance por cuenta de paga de ciento y más pesos, que manda se cobren. Declara que antes de casarse por segundo enlace con doña Ana Pérez, puso en poder de su señor padre y para sus hijos Francisco de Paula y Adrián la cantidad de 674 pesos, un buey y dos toritos. Asimismo, antes de casarse por segunda vez tenía por bienes suyos quince vacas de las que dispuso una en venta y otra que dio a su ahijada Francisca Barquín, y las restantes y de su producido tiene conocimiento su señor padre. Declara por bienes, separados los 300 pesos que llevó su esposa al matrimonio, la cantidad de 1 650 pesos que existen en casa de su morada, caballos, sus monturas y demás que constan a sus albaceas. Señala no tiene deudas, y de lo que le deben consta en lista que deja a su esposa para que se cobre e incorpore a la masa de sus bienes. Nombra por tutores de sus hijos Francisco de Paula, Adrián, Ana Francisca de Paula y del póstumo, al mencionado su señor padre y a doña Ana Pérez, y por sus albaceas a su padre don Santiago de Casas, su esposa doña Ana Pérez, y a su tío el presbítero don Manuel Casas, en el orden en cómo van nombrados. Nombra por sus herederos, a sus hijos del primer y segundo matrimonio.
Sans titreDon José Ramón Viveros, vecino del pueblo de Naolinco, otorga poder a don Joaquín Guevara, de esta vecindad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, como tal curador de los menores doña Marquina, doña Florencia y don Evaristo Aguilar y Rodríguez, hijos del finado don Rafael de Aguilar y su segunda consorte doña Agustina Rodríguez, comparezca en el Juzgado de Letras de lo Civil del distrito, a gestionar lo conducente a conseguir la aprobación de los inventarios. Asimismo, pida la adjudicación de los bienes que correspondan a dichos menores, y defienda los derechos de éstos, no solo en cuanto a la herencia de sus padres, sino también respecto a otros asuntos o intereses que les pertenezcan.
Sans titreDon Ponciano de Casas, natural del pueblo de Naolinco, dijo que el día 23 del presente mes otorgó su testamento, por ante el presente escribano, al cual desea hacer algunas modificaciones por vía de codicilio. Por lo que a través de la presente señala lo siguiente: manda que del quinto de sus bienes se le entreguen 100 pesos a su hermana doña Manuela de Casas, que le hace legado por el amor que profesa a su esposa e hijos, a quienes cuida como una madre. Manda que el resto del quinto de sus bienes, pagados los dichos 100 pesos y demás gastos, entre a la masa de sus bienes. Declara que en la cláusula decima segunda de su citado testamento, nombró por tutores de sus hijos del primer y segundo matrimonio Francisco de Paula, Adrián, Ana Francisca de Paula y el póstumo, al señor su padre don José Santiago de Casas y a su citada esposa doña Ana Pérez, a quienes pide se les añada el cargo de curadores.
Sans titreDon Antonio Rodríguez Rojo, vecino de la hacienda de Santa Bárbara, jurisdicción del pueblo de San Francisco Colipa del partido de Misantla, residente en este suelo, dijo que como albacea de la finada doña Dolores Ortega de Muñoz, vecina que fue del pueblo de San Mateo Naolinco, vendió a don Antonio Vital de Alarcón, una casa de dicha testamentaria, situada en el citado pueblo, con su correspondiente patio y solar, en la esquina de la plaza, en la calle que sale al camino de esta ciudad y frente a la parroquia de aquel pueblo, con 24 varas de frente el patio y 6 de fondo, el cual linda por el norte con solar Eugenio Gonra y por el oriente con el expresado solar que corresponde a dicha casa; tiene de frente 20 varas y una tercia, y de respaldo las mismas varas, por el derecho 14 varas y media y por el izquierdo 16 y media, y linda por el oriente con casa y solar del ciudadano Julián Domínguez, por el poniente con la plaza, y por el sur con la calle que sale al camino de Xalapa. Siendo el precio de dicha casa en cantidad de 500 pesos, como consta de escritura de 23 de febrero de 1832, por ante el ciudadano José María Domínguez, alcalde de aquel partido. El otorgante dijo que en las diligencias que se hicieron a los bienes de la citada difunta y de su esposo don Fernando Gómez Muñoz y Moreno, que también falleció antes que ella, se mandó que se anulase la venta de la casa hecha a Vital Alarcón, ordenando el señor juez de letras al licenciado don José María Cordera, que el curador a bienes de doña Ana Josefa Gómez Muñoz y Ortega se posesione de los bienes que le correspondieron por la cuenta división y partición. Entre ellos se encuentra la casa vendida a Vital de Alarcón, hoy también difunto, y por ello ocurrió a su viuda doña María Josefa Domínguez para que le hiciese entrega de ella, en cuya virtud ésta lo hizo al que va hablando, por lo que han convenido en que dicha señora entregará la finca con las condiciones siguientes: 1ª, don Antonio Rodríguez Rojo se obliga a satisfacer a dicha señora otra casa con iguales comodidades. 2ª, que mientras esto se verifica, permanecerá la señora Domínguez en la expresada casa, pagando Rodríguez de su precedido los alquileres que le imponga el curador de dicha menor. 3ª, le entregará la señora Domínguez a Rodríguez la escritura citada y las primordiales con que ha poseído hasta el día la finca. Estando presente la señora Domínguez otorga que acepta la promesa que incluye las dos cláusulas y los convenios que tiene celebrados con el señor Rodríguez, para subsanar el defecto del saneamiento de la casa que le vendió a su esposo, misma que entregará al curador de la menor, luego que Rodríguez lo haga a la comparente de la que le ofrece por aquella libre de todo gastos, y que con arreglo a la tercera cláusula le hace la entrega de todos los títulos al señor Rodríguez con que ha poseído la finca, comprendido de doce fojas.
Sans titreProtocolización del poder otorgado por doña Gertrudis de Casas y don José de Casas, hijos de los finados don José María de Casas y doña Josefa Francisca García Campomanes; y los nietos de éstos don Miguel y don Bernardo Pérez y don Laureano Domínguez, viudo de doña Margarita Pérez y Casas, todos mayores de edad, de esta vecindad; otorgan poder general a don Manuel Patiño, vecino de la ciudad de Xalapa, para que en sus nombres los defienda y gestione por ellos en todos los asuntos y negocios que tiene pendientes o que en adelante les ocurran, promoviendo cuanto contemple preciso.
Sans titreDoña María de Jesús Leocadia Reyes y Meza, vecina de Naolinco, de estado honesto, mayor de edad, libre de ajena administración, dijo que por herencia de su padre don José Reyes y Acosta, le pertenece caballería y media de tierra en las que se nombran del Tecuan, la cual está disfrutando la testamentaria de don Rafael de Aguilar; y necesitándose sobre ello hacer las diligencias necesarias para recuperar el terreno, otorga por la presente poder a don Manuel Patiño, de esta vecindad, para que en su nombre solicite la recuperación de dicha caballería y media de tierra por los tramites que le parezcan más eficaces.
Sans titreDoña Ana de Villous y Rivera, vecina de la ciudad de la Nueva Veracruz y residente en esta villa de Córdoba, vende al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa, una esclava mulata nombrada Petrona, criolla del pueblo de Naolinco, jurisdicción de Jalapa, de trece años de edad, por precio de 350 pesos de oro común.
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