Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de Jalapa, dueño de casas, haciendas de labor y de avíos de ligera, se constituye en fiador del Presbítero Gregorio Fentanes, por el nombramiento de Cura de la doctrina de Jalapa, cuya fianza debe equivaler al importe de las bulas del curato donde esta promovido por el tiempo y plazo que se acostumbra.
JALAPA, DOCTRINA DE
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El Licenciado José Camino y Velasco, Teniente de Cura de la doctrina de Jalapa, de donde es vecino, con poder especial del Licenciado José Javier González de Zayas, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Acatzingo, vende al Capitán Manuel de Olmedo, de esta vecindad, una casa de piedra y cal cubierta de madera y teja, con 20 varas de frente y 55 varas de fondo, linda al oriente con la Calle del Calvario y la sacristía de la iglesia parroquial, al norte con casa y solar de Bartolo García, al poniente con solar de María Magdalena Luis y al sur con casa y solar de María Josefa de Araciel, al precio de 1, 540 pesos, con censo de 140 pesos que el solar tiene cargados a favor de doña María de Araciel.
Don Laureano Fernández de Ulloa, con poder especial que le confirió a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, para cobrar los diezmos de esta Doctrina de Jalapa y Coatepec, pero habiendo fallecido Joaquín, el otorgante señala, le solicitó a don José de Torquemada, hijo de dicho difunto, le siga dejando en la cobranza de dichos diezmos, por lo que dicho Laureano otorga poder especial al Licenciado Juan de Lucena, Clérigo Presbítero de los Ángeles, para que lo obligue como fiador del Licenciado José de Torquemada, ratificando de esta manera el poder que tenía de dicho Joaquín.
Don José Javier González de Zayas, Cura de la doctrina de Jalapa de donde es vecino, otorga poder general a don Blas González de Zayas, su hermano y vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Doña Elena Rodríguez, viuda de Sebastián Pérez, vecina de Teziutlán, dio poder cumplido al Bachiller Miguel Pérez de Medina, su hijo, cura beneficiado por Su Majestad del pueblo y doctrina de Jalapa, generalmente para en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tiene hasta el día de hoy o adelante tuviere. Asimismo, para que reciba y cobre las cantidades de reales, pesos de oro, plata, y otras cosas que le debieren; y para que pueda vender cualesquier ganados mayores y menores en los precios que pudiere.
El Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, y Sebastián de Acosta, de la misma vecindad, dijeron que Elena Rodríguez, su madre, los dejó como herederos a ellos y otros hermanos, en cuya virtud otorgan poder a Bernabé Pérez, vecino del pueblo de Teziutlán, a quien nombran como tercer contador para que haga la partición y división de los bienes que quedaron por su fin y muerte, adjudicando a cada uno la parte y cantidad que le pertenece.
El Doctor Agustín Sánchez de Ledezma, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, otorga poder en primer lugar a Marcos Antonio de Verástegui, Agente de los Reales Consejos, en segundo a Pedro Guerrero, vecino de la Ciudad de Cádiz, y en tercer lugar a Francisco Soto Sánchez, vecino de Sevilla, a los 3 con igual poder y facultad, para que en su nombre parezcan ante el Rey y su Real Consejo de Indias y pidan se le haga cualquier merced.
El Doctor Agustín Sánchez de Ledezma, Cura propio de la Doctrina de Jalapa, dijo que el Bachiller Pedro Perdomo, Presbítero Domiciliario de este Obispado le otorgó poder para administrar una casa que fue de doña Aldonza Clara de Vargas, de quien es albacea y le dejó la casa para sí con sólo la pensión y censo de 22 pesos, en tal virtud otorga en arrendamiento al Capitán Juan de Malpica, de la misma vecindad, la mencionada casa con todo lo que le pertenece, por tiempo de 9 años en 60 pesos de oro común en cada uno.
El Bachiller Juan de Matamoros, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, Teniente de Cura de la Doctrina de Jalapa, albacea de Diego de la Torre Arnate, dijo que entre sus bienes quedó un esclavo nombrado Santiago, mulato rubio, mediano de cuerpo, carirredondo, pelo crespo; y en razón de lo que dispuso en su testamento que quedara libre con sólo darle 100 pesos por los buenos servicios, por lo que el Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, otorga dicha cantidad por la libertad del esclavo, en cuya virtud lo declara horro y libre de toda sujeción y cautiverio.