Juan de Olivares, Alguacil Mayor de la Provincia de Jalacingo, vecino del desierto de Perote, se obligó a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Los Ángeles, 87 pesos y 2 tomines de oro común, que valieron el diezmo de las semillas, ganados y lana, de su rancho nombrado Pinaguizapa, y que compró al Lic. Juan González de Castro, presbítero, colector de diezmos, para fin del mes de diciembre del presente año.
JALACINGO, PROVINCIA DE
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Diego Martínez, dueño de sus carros, vecino de la ciudad de México, se obligó a pagar a Cristóbal López, vecino de la provincia de Jalapa, 450 pesos de oro común, 250 por razón de otros tantos que le prestó en reales de contado y los 200 restantes, valor del fierro labrado y ruedas que le vendió, los cuales dará todos juntos, para el día de San Juan, en junio del presente año.
Don José Antonio de Cuevas, labrador y vecino en el pago de San Miguel Perote Provincia de Jalacingo, otorga poder general a don Marcos Barreda, vecino del mismo pueblo, para que cobre todas las cantidades de pesos y otros efectos que le deban y lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Don José Antonio de Acosta, Justicia Mayor de la provincia de Jalapa y Jalacingo, por despacho del señor Conde de Revillagigedo, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, nombra como Teniente General al Capitán a don Lucas de Montenegro, para que administre la justicia en las provincias de Jalacingo, Altotonga, Atzalan, Santa María Tlapacoyan y su distrito, desde la punta de Nautla hasta la del Malpaís y Molino de Río Frío, excepto el pueblo de Perote.
Don Agustín Benítez, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la Provincia de Jalapa y Jalacingo, nombra como Teniente de Alguacil a don Francisco Pérez Travanca, para la jurisdicción de Jalacingo y pueblos de Atzalan, Altotonga y Santa María Tlapacoyan.
Don Antonio Primo de Rivera, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la provincia de Jalapa y Jalacingo, vende a don Tomás Borro, vecino de este pueblo, 2 solares con casas y jacales ubicados en la Antigua Veracruz, los que unidos miden 47 varas de frente y 50 varas de fondo, lindan al oriente con la Calle Real del embarcadero hasta la orilla del río La Antigua, en la cantidad de 704 pesos de oro común, grabados como principal a censo redimible, para que los 36 pesos de oro común que deben producir de renta anualmente en razón de 5% se conviertan a favor de una obra pía y capellanía.
José Robledano de Cardeña y el Capitán Bartolomé de Castro, vecinos del pueblo de Jalapa, como principales y llanos pagadores, y el Capitán Nicolás Gutiérrez de Velasco, vecino y labrador en la provincia de San Juan de los Llanos, Juez Recaudador de las Reales Alcabalas de la provincia de San Juan de los Llanos, Jalapa, Jalacingo, Papantla, Teziutlán, Atempa y Tetela, para el descargo y administración del Capitán Nicolás de cobrar y recaudar de sus vecinos moradores, traspasa y da en arrendamiento tales alcabalas, y se obligan, ceden, renuncian, traspasan y da en arrendamiento por 4 años que le faltan de los 9 las que pertenecen a la provincia de Jalapa.
Gregorio Suárez Tello, vecino y labrador de la provincia de Jalacingo, se obligó a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Los Ángeles, 177 pesos de oro común, por otros tantos que valieron la cantidad de semilla, ganados y lana del diezmo del año pasado de 1678, de su hacienda de Tenextepec y de la hacienda de Sebastián Pérez, para fin del mes de agosto del año venidero de 1680.
El Doctor Gonzalo Rodríguez de Villafuerte, Alcalde Mayor de la provincia de Jalacingo, habiendo visto esta información dada por Don Diego Larios de Bonilla, mandó dar su mandamiento para que Miguel de Vergara y Alonso de Vergara, saquen el dicho caballo de la persona o personas en quien lo hallaren y lo depositen en persona que lo tenga de manifiesto, de que haga depósito en forma.
Ventura de Guadarrama Frías y Espinosa, vecino de la provincia de Jalacingo, otorga poder general a don José de Ledezma y por su ausencia o enfermedad a Fernando de Gálvez, vecinos de la Ciudad de México y Procuradores del Número de los de la Real Audiencia, para que lo representen en todas sus pleitos y causas civiles y criminales.