HACIENDA SAN MIGUEL AZEZENATL

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0041 · Item · 1677/11/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Nicolás Blanco y doña Ana de Sandoval, su legítima mujer, vecinos de la villa de Córdoba, instituyen y fundan una capellanía de misas rezadas por sus almas, las de sus padres, hermanos y demás personas de su intención, con la dote de 4 000 pesos de oro común que aplican a censo redimible sobre una hacienda de hacer azúcar, nombrada San Miguel Azezenatl, jurisdicción de esta villa de Córdoba, compuesta de 14 caballerías de tierra, compradas por los otorgantes a los herederos de los fundadores de esta villa, la cual linda por el oriente y sur con tierras de los herederos del Alférez Mayor Juan García Valero; por el norte con tierras del pueblo de Amatlán, Joseph [José] de Olivera, Gaspar González y del Regidor Joseph [José] de Leiva; y por el poniente con baldíos de esta villa. Nombran por capellán propietario a Baltazar González de Velilla [Blanco], [su sobrino], [hijo de Francisco González de Velilla y de Melchora de los Reyes Blanco], Clérigo de menores ordenes, que actualmente está oyendo teología en los Reales Colegios de San Pedro y San Juan de la ciudad de los Ángeles, para que a su título se ordene de orden sacro hasta el presbiterato y la sirva por el resto de su vida. Como capellán propietario nombran a don Joseph [José] Sentís, hijo legítimo de don Antonio Sentís [de Ojeda] y de doña Ana González de Velilla, sobrina de los otorgantes, vecinos de la villa de Córdoba. Cuyos capellanes han de decir 80 misas rezadas cada año por las almas de los otorgantes y demás personas de su intención, percibiendo 200 pesos anuales por los réditos de dicho censo. Por otro lado, el Capitán Nicolás Blanco se nombra como primer patrón de la capellanía y en segundo lugar a Ana de Sandoval, su esposa, y por falta de ésta al Capitán Joseph [José] Blanco.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0041 · Item · 1698/04/22
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lope de Yribas [Iribas], natural del lugar de Artarcos en el Reino de Navarra y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de don Juan Martín de Yribas [Iribas] Yrursum [Yrurzum] y de doña María de Yvero [Ibero], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara haber estado casado con doña Ana González de Belilla Blanco, difunta, a cuyo matrimonio ninguno de los dos llevaba capital alguno, hasta que el tío de su mujer, el Capitán Nicolás Blanco, falleció y la dejó como heredera universal de todos sus bienes. Declara haber procreado con su esposa a Fermín, que murió a los cuatro años de edad, y a Lope Antonio de Yribas [Iribas], de catorce a quince años de edad. Declara que su esposa estuvo casada en primeras nupcias con don Antonio Sentís [de Ojeda] y que de dicho matrimonio procrearon a Joseph [José], difunto, y a Antonia de San Nicolás [roto] Religiosa profesa [roto] en la ciudad de los Ángeles. Dijo que como albacea de su mujer ha administrado y corrido con la hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel Asesenatl [Azezenatl]; con unas tierras nombradas Tocuila, de la otra banda de la barranca de Chocamán; y un sitio de ganado menor en el paraje nombrado Mazapa. Declara por bienes la casa que sirve de convento a los religiosos descalzos de la orden de San Diego en esta villa, mientras se acaba de construir el convento nuevo. Declara tener dado en administración a Juan García del Castillo, la dicha hacienda de San Miguel Asesenatl [Azezenatl], por tiempo de ocho años a partir del 10 de septiembre de 1696. Nombra como albaceas a Juan García del Castillo y al secretario Juan Godínez [Maldonado], vecino de la ciudad de los Ángeles; asimismo, nombra a Juan García del Castillo como tenedor de bienes, tutor y curador de su hijo don Lope [Antonio] de Yribas [Iribas]. Como heredero universal nombra a su hijo don Lope [Antonio] de Yribas [Iribas].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0017 · Item · 1700/05/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Juan García del Castillo, albacea testamentario y tenedor de bienes del Capitán don Lope de Iribas, difunto, y administrador del trapiche que dejó Iribas en esta jurisdicción, nombrado San Miguel Asesenatl; dijo que el Secretario Juan Jiménez ha actuado en las diligencias que se han hecho en el juicio divisorio de los bienes del citado difunto, de cuyo trabajo y papel sellado que ha suplido le debe el otorgante los derechos que son 200 pesos. Asimismo, dijo que hallándose sin la cantidad mencionada le propuso a dicho secretario si quería un negrito pequeño nombrado Manuel, de edad de once años, esclavo de dichos bienes, valuado en 250 pesos. Y habiéndose convenido y ajustado en que el secretario recibiría dicho negro y éste a su vez le daría 50 pesos en reales de contado; usando el derecho de albacea testamentario, otorga que vende al Secretario Juan Jiménez el susodicho negrito por esclavo cautivo en la cantidad de 250 pesos, y los 50 que sobrepasan el valor de la deuda los recibe en reales de contado de parte de dicho Juan Jiménez.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0138 · Item · 1700/12/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María de Contreras, viuda del Alférez Juan García del Castillo, y Francisco Miguel García del Castillo, su hijo, vecinos de esta villa de Córdoba, albaceas testamentarios de dicho difunto, nombrados por tales en el testamento que otorgó en el trapiche de hacer azúcar nombrado San Miguel Asesenatl [Azezenatl], jurisdicción de esta villa, el 23 de septiembre de 1700; dijeron que el Alférez Juan García del Castillo administró dicho trapiche por mucho tiempo, por orden y concierto que hizo con el Capitán don Lope de Iribas, difunto, continuando con la administración aun después de la muerte de Iribas, por haberlo nombrado éste por su albacea, de cuyo cargo uso hasta que falleció. Asimismo, dijeron que se le debe a dicho difunto alférez el salario de la administración, trabajo y asistencia del albaceazgo, como consta en los autos del juicio divisorio que se sigue por muerte del Capitán Iribas, y que hoy se hallan en la Real Audiencia de México, donde se ha formado concurso de acreedores. Por lo tanto, para que prosiga, cobre y recaude lo que legítimamente se les debe como tales albaceas, otorgan poder general al Contador don Juan de Montoya, vecino de la ciudad de México, para que los represente en todos los pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, eclesiásticos o seculares. También, otorgan dicho poder para que venda dos negras esclavas nombradas María de Chávez y María Rosa, su hija, que son las mismas que Juan García del Castillo compró a Juan Cabero, Factor de introducción de negros, por escritura fecha en la ciudad de México el 28 de noviembre de 1686.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0005 · Item · 1701/02/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel de Leiva Esparragosa, Regidor de esta villa de Córdoba, curador ad bona de don Lope Antonio de Iribas, hijo legítimo de don Lope de Iribas, menor de veinticinco y mayor de catorce años, dijo que al Capitán don Francisco de Santa Ana Irimo, residente en esta villa y vecino de la ciudad de los Ángeles, se le vendió por remate el trapiche de hacer azúcar nombrado San Miguel Asesenatl [Azezenatl], que dejó por bienes dicho don Lope de Iribas, y que en virtud de Real Provisión lo tiene recibido el dicho Santa Ana con sus tierras, esclavos y lo demás que le pertenece. Asimismo, dijo que en consideración de haber quedado el citado menor sin ningún caudal, y pretendiendo continuar un rancho que tenía principiado, Juan García del Castillo, albacea testamentario y administrador que fue de dicho trapiche, para fomentar a dicho menor, le dio algunos esclavos del citado trapiche como consta de un recibo que entregó y se le dio al dicho Santa Ana, a quien el presente otorgante ha prevenido el daño que le sigue al menor de haberle quitado los esclavos y que al servicio de su trapiche no le hacen falta, y que devolviéndoselos al dicho menor le era de mayor conveniencia, respecto de que se excusaba la paga de réditos que se le deben del principal y habían de correr en adelante, que tuviese por bien devolver a dicho menor los esclavos y que estaba presto como tal curador ad bona a recibirlos y obligarse. Por lo que, el citado Francisco de Santa Ana mirando hacer bien a dicho menor, le tiene vueltos y entregados los esclavos con tal de que haya de otorgar como tal curador recibo de ellos y de los demás que tiene dicho menor en su poder, así como obligarse debajo de las condiciones que tiene pactadas y ajustadas; en cuya conformidad el dicho don Miguel de Leiva Esparragosa otorga haber recibido de don Francisco de Santa Ana los esclavos y sus precios que son los siguientes: diesiseis esclavos de 400 pesos, uno de 500, uno de 350 y otro de 300, dos de 250 y otro de 200, uno de 150 y otro de 100, y uno de 80 pesos. También, un jacal de madera en 70 pesos, caña que hay en dicho rancho valuada en 150 pesos, machetes, azadones, hachas, barretas, una almadaneta, una sierra, entre otros artículos; dichos bienes importan la cantidad de 11 126 pesos y 7 reales, de los cuales se da por entregado y se obliga a que, si por los señores de la Real Audiencia no se graduare y mandare pagar la dicha cantidad al dicho menor, luego que conste devolverá dichos esclavos a Francisco de Santa Ana, y para mayor seguridad de lo referido hipoteca dichos esclavos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0041 · Item · 1681/12/31
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Nicolás Blanco, hijo legítimo de Baltazar Blanco y de María Álvarez, sus padres difuntos, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, de donde es natural, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena que de sus bienes se den 1 000 pesos de oro común por iguales partes a cuatro doncellas pobres para ayudar a tomar estado; 4 000 a Antonia, niña, su sobrina, hija legítima de don Antonio Sentís [de Ojeda], difunto, y de doña Ana González de Velilla, su sobrina; 4 000 pesos de oro común a Juana, niña expuesta, que está criando en su casa. Declara que si José, niño, su sobrino, hijo legítimo de don Antonio Sentís [de Ojeda] y doña Ana González de Velilla, “quiere ser de la Iglesia”, sus albaceas impongan 4 000 pesos de oro común sobre su hacienda de trapiche de hacer azúcar para dote de una capellanía, y a título de ella se ordene el dicho José como primer capellán propietario. También ordena se dé a dicho José, su sobrino, uno de los negritos criollos que tiene en su trapiche; a la dicha Antonia, su sobrina, dos negritas que tiene en su casa; a Juana, niña que está criando, dos negritas que han nacido en su casa; a cada una de las dos hijas de José de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba, se le den una de las negritas criollas que tiene en su casa. También manda 200 pesos de oro común para ayuda de la obra de la capilla mayor y crucero de la iglesia parroquial; asimismo, manda un negrito, su esclavo, al glorioso Patriarca San José, para que sirva por todos los días de su vida. Declara que es casado con doña Ana de Sandoval, durante el matrimonio no han tenido hijos. Señala que adeuda y le deben las personas que se mencionan en la escritura. Declara por sus bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrado San Miguel [Azezenatl]; una casa de vivienda de piedra. Nombra por sus albaceas testamentarios a Ana de Sandoval, su mujer, al Capitán don Lope de Yribas [Iribas], su sobrino; e instituye como sus universales herederos a la dicha Ana de Sandoval y al Capitán don Lope de Yribas [Iribas].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0006 · Item · 1686/03/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              [Roto] vecina de esta villa de Córdoba, en presencia y con licencia de su marido el Capitán Lope de Yribas [Iribas], dijo que su marido y ella poseen en esta jurisdicción dos haciendas de trapiche [de hacer azúcar] nombradas [San Miguel Azezenatl], que hubo y heredó del Capitán [Nicolás Blanco], su tío, y la de San Miguel Tocuylan [Tocuila], que hace seis meses compraron a Andrés de Vivero Villavicencio, la cual está a 2 leguas y media de esta villa, en la jurisdicción de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], [roto] y por cuanto para su mayor aumento y crecimiento es preciso poner y cargar [roto] principal redimible sobre la hacienda [de San Miguel Azezenatl], [otorga poder para que] se imponga, sitúe y cargue a censo redimible sobre dicha hacienda de San Miguel Azezenatl los pesos de oro que [a su apoderado] le parezca.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0022-PC_0022_0011 · Item · 1687/02/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lope de Yribas [Iribas] y [Ana González] de Velilla, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, declaran que ambos compraron del Licenciado Diego Peláez [Sánchez], Prebendado de la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles y de Joseph [José] de Vivero, vecino de la ciudad de Tlaxcala, en virtud de poder de Andrés de Vivero Villavicencio, vecino que fue la ciudad de los Ángeles, un trapiche de beneficiar azúcar nombrado San Miguel Tocuila ubicado en la jurisdicción de San Juan Coscomatepec. También señalan que del precio de la compraventa se debían sacar 3 000 pesos de oro común para la dote de una capellanía que dicho Andrés de Vivero ordenó fundar, por lo que el otorgante suplicó al Ilustrísimo don Manuel Fernández de Santa Cruz, Obispo del obispado de la Puebla de los Ángeles, le concediese licencia y espera para el pago de la dote. Y para que lo antecedido tenga efecto los comparecientes otorgan que dan poder a don Juan Godínez [Maldonado], Escribano de Su Majestad, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre los obligue de mancomún acuerdo a que darán y pagarán los 3 000 pesos por fin de cuatro años, y para seguridad del principal hipotecan las haciendas San Miguel Tocuilan [Tocuila] y San Miguel Asesenatl [Azezenatl] con todo lo que les pertenece, incluyendo los 147 esclavos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0060 · Item · 1689/08/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Lope de Yribas [Iribas] y doña Ana González de Velilla Blanco, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dueños de dos trapiches de hacer azúcar, el primero nombrado San Miguel Azezenatl y el otro San Miguel Tocuyla [Tocuila] en jurisdicción y cercanía de esta villa, otorgan que dan poder al Alférez Juan García Delgado, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación reciba los azucares que remiten de esta villa; asimismo, los administre y venda por los precios que hallare. También para que tome y reciba prestado de las personas que le quieran dar hasta en cantidad de 16 000 pesos. Finalmente, se lo otorgan para que pueda comprar cualquier pieza de negro, negra, mulato y mulata; de la misma manera para que pueda vender cualquier esclavo y otros bienes que les tocan y pertenezcan [roto].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0115 · Item · 1707/08/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Mateo de Garay, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel Asenatl [Azezenatl] en la jurisdicción de esta villa de Córdoba, otorga poder general en primer lugar a don Juan Godínez, Escribano de Su Majestad, y en segundo al Capitán don Juan Gutiérrez de Caucedas, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que representando su persona lo puedan obligar y obliguen en cantidad de 3 000 pesos de oro común, en favor de la Concordia del Señor San Felipe Neri de dicha ciudad, como demandan por despacho los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y a que pagará sus réditos a razón de 5 por ciento. Asimismo, les da este poder a cada uno para que lo obliguen a otra cualquier cantidad que por dichos señores de la Real Audiencia le mandaren a pagar pertenecientes de dicha hacienda.

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