HACIENDA SAN MIGUEL ALMOLONGA

Zone des éléments

Référentiel

Code

Note(s) sur la portée et contenu

    Note(s) sur la source

      Note(s) d'affichage

        Termes hiérarchiques

        HACIENDA SAN MIGUEL ALMOLONGA

          Termes équivalents

          HACIENDA SAN MIGUEL ALMOLONGA

            Termes associés

            HACIENDA SAN MIGUEL ALMOLONGA

              11 Description archivistique résultats pour HACIENDA SAN MIGUEL ALMOLONGA

              11 résultats directement liés Exclure les termes spécifiques
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0075-PX_0075_0134 · Pièce · 07/08/1812
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Lino Carasa Jiménez, dijo que el 11 de diciembre de 1806 les otorgó escritura de venta a sus hijos don Manuel María Carasa y a don Juan Francisco Carasa, de la hacienda de San Miguel Almolonga y rancho de Santa Cruz, ubicada en esta Jurisdicción y doctrina de Naolinco, en precio de 41 800 pesos, incluidos 1 800 de dos obras pías y los 40 000 pesos restantes a censo por término de 5 años, hasta que el 15 de marzo pasado otorgaron contrato de separación de la sociedad que tenían ambos hermanos, quedando don Manuel María como único dueño y sujeto a las condiciones de la escritura de venta, constándole al declarante la actividad, aplicación y continuo afán que don Manuel María ha tenido para su aumento y mejoras. Por desgracia, esta época que dolorosamente experimenta la desoladora insurrección, cuyo azote quiso el todopoderoso que también experimentase esta fiel población y sus contornos, ocasionó a los dos tercios del mes de abril último, que en las cercanías de aquella finca se levantara y engrosara una gavilla de bandidos insurgentes que muy pronto pusieron en un ruinoso estado la hacienda y sus campos, malográndose de un golpe los afanes y tareas de su hijo, en el aumento y mejoras que había conseguido, por cuya razón el compareciente se conviene en volver a recibir su finca en el estado en que se halle y declara que da por libre y exonerado a su hijo don Manuel María de las obligaciones que se constituyó en la escritura de venta.

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0076-PX_0076_0037 · Pièce · 22/09/1813
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Lino Carasa Jiménez, de esta vecindad, como albacea y heredero de don José de San Martín Murrieta, se obliga a tener por vía de depósito irregular a censo redimible del 5% anuales, la cantidad de 400 pesos, por el término de 9 años, empezando a contarse a partir de esta fecha hasta el año de 1822, hipotecando por dicho capital su hacienda de fabricar azúcar nombrada San Miguel Almolonga y rancho de Santa Cruz, sita en esta Jurisdicción y doctrina de Naolinco.\t

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0202 · Pièce · 11/12/1806
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Lino Caraza Jiménez, de esta vecindad, vende a sus hijos don Manuel María y don Juan Francisco Caraza, la hacienda de fabricar azúcar nombrada San Miguel Almolonga y rancho anexo nombrado Santa Cruz, con todas sus tierras, aguajes, casas y oficinas, campos de caña, pastos, ganado, ajuar y demás aperos y muebles de ellos anexos, ubicado en términos de esta jurisdicción y doctrina del pueblo de Naolinco, tierras que hubo y compró en el remate público que de ellos se le hizo en el Juzgado del Señor Alcalde Mayor que fue de este pueblo, don Pedro Gorrindo Palomino, en el año de 1790. La venta se hace al precio de 41 800 pesos, de los cuales 40 000 pesos los compradores reconocerán sobre ella misma por término de 5 años, a premio de 5 % anuales. Por lo que don Manuel María, en representación de su hermano, señaló que acepta la emancipación que ha hecho su padre, y se compromete a cumplir las condiciones estipuladas en esta escritura.

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0067-PX_0067_0018 · Pièce · 21/02/1803
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Lino Carasa Jiménez y doña Gertrudis Zavalza, marido y mujer, vecinos de esta Villa, han deliberado, para servir mejor a Dios, imponer 1 000 pesos para que con sus réditos se celebre una memoria de misas, acordando con la Venerable Tercera Orden de Nuestro Padre Señor San Francisco de esta Villa, de la que son hermanos, se hagan cargo del patronato de dicha obra pía, y poniéndola en ejecución, por la presente otorgan que imponen 1 000 pesos de principal de sus bienes sobre el valor de una hacienda y trapiche de hacer azúcar, nombrada San Miguel Almolonga, ubicada en términos del pueblo de Naolinco, lindando por el norte con tierras de los indios de San Antonio Tepetlán; al poniente con tierras de los Acostas y los Garcías; por el sur con tierras de Maxtatlán; y por el oriente con tierras de la Hacienda de Tortugas. Cuya hacienda hipotecan como seguridad de la deuda, la cual está grabada únicamente con 6 000 pesos a favor de don Juan de Bárcena, pertenecientes a la obra pía de la escuela de esta Villa, y 800 pesos que reconoce a favor del Convento de Nuestro Padre San Francisco, pertenecientes a la obra pía de las misas de aguinaldo. Y se obligan a reconocer sobre dicha hacienda el premio de 5% anual, con cuyos réditos se celebrarán cada año 24 misas rezadas por los religiosos de dicho convento a favor de las almas de los otorgantes, sus ascendentes y descendientes.

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0056-PX_0056_0174 · Pièce · 17/07/1790
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Lino Caraza Jiménez, vecino y del comercio de Jalapa, otorga que ha recibido 6, 000 pesos de don Juan de Bárcena, los cuales utilizó para completar la cantidad en que le vendieron la hacienda de San Miguel Almolonga, cantidad que se obliga a tener en calidad de depósito irregular por tiempo de 5 años que corren a partir del día 26 de Junio de 1790, obligándose a pagar 300 pesos cada año, y para el seguro pago de la duda hipoteca la mencionada hacienda de Almolonga y Rancho de Santa Cruz.

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0059-PX_0059_0161 · Pièce · 14/05/1794
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan de Bárcena vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, albacea y heredero de Manuel de Boza, difunto, en cumplimiento de uno de los comunicados de su testamento, funda una escuela pública gratuita de primeras letras, cuentas y doctrina cristiana en esta Villa, para cuyo efecto sitúa 8, 000 pesos de oro común a censo redimible a razón de veinte mil el millar o 5 % de rédito anual, que son 400 pesos, los cuales señala como sueldo anual del maestro, de los 8, 000 pesos carga 6, 000 sobre la hacienda y trapiche de hacer azúcar y panela nombrada San Miguel Almolonga, propia de Lino Carasa Jiménez, y los 2, 000 sobre el rancho y trapiche de igual destino, nombrado El Platanar, propio de don Fernando de Bárcena. La casa que se destinará para tal fin se ubica en la calle Real con la que linda al frente y casa de los herederos de Manuel Barroso hacia el sur, al oriente con casa de doña María Antonia Ladrón de Guevara, al norte que es fondo linda con solar de José Pérez y al poniente con el Mesón de San Antonio, cuya casa compró a don Carlos José Garzón.

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0076-PX_0076_0035 · Pièce · 22/09/1813
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Lino Carasa Jiménez, de esta vecindad, dijo que como albacea y heredero de don José de San Martín Murrieta, otorga que se obliga a tener en su poder por vía de depósito irregular, la cantidad de 1 000 pesos, pagando el 5% de réditos anuales, por espacio de 9 años, que empezarán a contarse desde la presente fecha. Hipoteca para ello su hacienda nombrada San Miguel Almolonga y rancho de Santa Cruz, situados en esta Jurisdicción y doctrina del pueblo de Naolinco.

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0076-PX_0076_0036 · Pièce · 22/09/1813
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Lino Carasa Jiménez, de esta vecindad, como albacea y heredero de don José de San Martín Murrieta, se obliga a tener por vía de depósito irregular a censo redimible del 5% anuales, la cantidad de 400 pesos, por el término de 9 años, empezando a contarse a partir de esta fecha hasta el año de 1822, hipotecando por dicho capital su hacienda de fabricar azúcar nombrada San Miguel Almolonga y rancho de Santa Cruz, sita en esta Jurisdicción y doctrina de Naolinco.\t

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0075-PX_0075_0027 · Pièce · 15/03/1811
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel María Carasa y don Juan Francisco Carasa, hermanos, declaran que compraron a su padre, don Lino Carasa Jiménez, la hacienda de fabricar azúcar nombrada Almolonga y rancho de Santa Cruz, que le es anexo, en 41 800 pesos, de los cuales 1 800 pesos pertenecen a dos obras pías del Convento de San Francisco de esta Villa, y los 40 000 pesos restantes se obligaron a reconocerlos a favor del vendedor a censo redimible y con causa de réditos de 5% anual por el término de 5 años con especial hipoteca de dicha finca, de cuya propiedad establecieron una compañía particular a partir del 31 de diciembre de 1806, de la que ahora hacen disolución, habiendo entregado don Manuel María a su hermano don Juan Francisco por liquidación de ella el importe en que se han convenido de la mitad de utilidades que se considera ha habido en la hacienda, por lo que don Juan Francisco se da por entregado y satisfecho de la parte de utilidades que le corresponden, quedando como dueño absoluto de la finca don Manuel María Carasa.

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0076-PX_0076_0100 · Pièce · 11/07/1814
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Lino Carasa Jiménez, Alcalde Constitucional de esta Villa, como heredero y albacea del finado don José de San Martín Murrieta, impone la cantidad de 3 000 pesos, por vía de capellanía laica, a censo redimible de un 5%, los cuales se obliga a tener en depósito irregular, por tiempo de 9 años, que comenzarán a correr desde esta fecha hasta 1823, pagando 175 pesos de réditos anuales para la congrua o gratificación del eclesiástico peregrino que desempeñe este encargo. Hipoteca una hacienda de fabricar azúcar nombrada San Miguel Almolonga y rancho de Santa Cruz, sita en esta Jurisdicción, Doctrina de Naolinco.