Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Doctor don Gregorio Ballesteros [y Picaso], Médico, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre pueda pedir, demandar, haber, recibir y cobrar de los bienes y herederos del Capitán don Lope de Iribas, difunto, la cantidad de 912 pesos y 4 reales, los mismos que se comprometió a pagarle por resto y ajuste de cuentas como consta el vale que le hizo, el cual presentó para su justificación ante la Real Justicia de esta villa, junto con información de testigos que declararon y reconocieron la firma que tiene dicho vale. Y respecto a que los autos del juicio divisorio que se formaron en esta villa se hallan en la ciudad de México, donde tiene entendido se sigue en concurso de acreedores, en los cuales debe oponerse en atención a ser uno de los de mejor derecho, por ser dicho debito causado de su trabajo personal; le otorga poder para que como tal acreedor a los bienes de dicho difunto, menos 114 peso que le pagó, recoja la cantidad restante y la pase a su poder y se dé por entregado, asimismo, para que, si se ofreciere, parezca ante los señores de la Real Audiencia o ante cualquier otro juez oponiéndose a la cantidad que le está debiendo. Y con respecto a una mulata nombrada María, con una cría pequeña y un negro nombrado Pascual, que paran en su poder, y que el dicho difunto declaró en una de una de las cláusulas de su testamento habérselos prestados, pide se le apliquen por su justo valor en cuenta y pago de la referida deuda y que el albacea de dicho difunto le otorgue escritura de venta y que se le pague la cantidad restante en reales o en bienes de dicho difunto.
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Don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que en virtud del poder para testar que otorgó doña Juliana de Contreras y Cid, su legítima mujer, con fecha en esta villa a 10 de mayo de 1694, en el cual fue nombrado por su albacea y como tal otorgó testamento de su mujer el 4 de octubre de este presente año en esta villa. Y cumpliendo con el dicho cargo de albacea, por la presente hace inventario de los bienes que dejó su difunta esposa, entre los cuales destacan: Una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción [Palmillas], en esta jurisdicción, distante a esta villa como cuatro leguas, compuesta de casa, cañas, calderas, resfriaderas, bombas, espumaderas, repartidera, todos sus aperos y demás que se detalla. Asimismo, bienes de menaje y vestir; quince piezas de esclavos y una cría de seis meses, y otro que anda huido; ocho esclavas, seis negras y dos mulatas; veintiuna mulas de tiro, catorce de carga, tres mulas de silla y tres yeguas. En cuanto a tierras destacan, 12 caballerías de tierra y varias suertes de caña de diferentes edades, nombradas la Concepción, Nuestra Señora de Angustias, San José, San Antonio, San Salvador, San Francisco, San Juan, la Ascensión, las Ánimas, San Lorenzo, San Miguel, San Juan Bautista, el Espíritu Santo, la Virgen de la Bella, Jesús Nazareno y Señor San Joaquín. En esta villa poseía por bienes dos solares, menaje de casa y vestido, alhajas; 200 pesos en géneros de una tienda; y una casa de cal y canto. Y del valor de dichos bienes se ha de rebajar 1 000 pesos que están impuestos a censo redimible sobre la dicha hacienda de trapiche, así como, 3 060 que se obligó a pagar del procedido de esclavos que compró para en el servicio de dicha hacienda.
UntitledEl Capitán don Francisco Altamirano, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz y residente en esta villa de Córdoba, otorga que vende a Lorenzo de la Torre, residente en esta villa, un negro esclavo nombrado Diego de la Cruz, casta rayado de edad de veintitrés años más o menos; el mismo que hubo y compró del Capitán don Domingo de Irizar, vecino que fue de la dicha ciudad de la Veracruz.
El Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, ochos esclavos negros y una negra piezas de diferentes castas, calimbados con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, almas en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; en precio de 350 pesos por cada uno y que importa la cantidad de 3 150 pesos de oro común, que se obliga a pagar y satisfacer en los términos que se expresan en la escritura.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, un negro esclavo pieza, calimbado con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Lo vende por esclavo cautivo, sujeto a servidumbre, libre de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, alma en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; en precio de 215 pesos de oro común que se obliga a pagar en los plazos y tiempos que se mencionan en dicha escritura.
UntitledJuan de Espinosa, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en voz y en nombre de doña Josefa Martín del Canto, su legítima mujer, dijo que en virtud del poder general que le otorgó su mujer en la ciudad de la Veracruz el 19 de noviembre de 1700, ante Juan Esteban de Espeleta, Escribano Real; otorga que vende a Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa, una negra pieza de veinticuatro años, poco más o menos, la misma que su mujer hubo y compró de don Manuel Luis de Fonseca, Factor del Asiento de Negros, por escritura fecha en la ciudad de la Veracruz el 15 de febrero de 1700, ante Manuel Pérez de Santacruz, Escribano Público. La vende en precio de 300 pesos de oro común en reales de contado.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Miguel de Prado, Médico, vecino de esta villa, tres negros piezas esclavos de diferentes castas, calimbados con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, almas en boca huesos en costal, excepto por mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; por la cantidad de 350 pesos cada uno, que importan la cantidad de 1 050 pesos de oro común, que se obliga a pagar en los plazos y términos que se mencionan en la escritura. Y para seguridad de la paga nombra a Miguel Díaz de Aguilar como su fiador y principal pagador.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Juan Ruiz, maestro cerero, vecino de esta villa, un negro y una negra piezas esclavos, calimbados con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas y costumbres buenas o malas, almas en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; por la cantidad de 350 pesos el negro y la negra en 250 pesos que importan 600 pesos, cuya cantidad se obliga a pagar en los plazos y tiempos estipulados en la escritura.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Francisco Machado, dos negros piezas calimbados con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas y costumbres buenas o malas, almas en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; en precio de 700 pesos por los dos, cuya cantidad se obliga a pagar junto con don Miguel Valero Grajeda, su fiador y principal pagador, en los plazos y tiempos estipulados en la escritura.
UntitledJuan García de Miranda, vecino de esta villa, dijo que tiene fundado un trapiche del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, en la punta que llaman de Guatusco [Huatusco], de nombre de Santa Cruz, asimismo posee un sitio y 4 caballerías de tierra que compró al Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de los Ángeles, dichas caballerías libres de censo y sólo el sitio gravado en 2 500 pesos de principal de censo a favor del citado capitán. El sitio linda por la parte del norte con el río Seco que llaman de San Lorenzo, y por la del sur con otras 4 caballerías de tierra que vendió a don Gaspar Carbajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], vecino de esta dicha villa; por el poniente con tierras de don Gaspar del Monje [Gaspar del Monge y Mendoza]; y por la del oriente con tierras de doña Josefa García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera. También señala que el trapiche cuenta con 3 suertes de caña nombradas la Concepción, San Juan y San Francisco; cinco esclavos negros nombrados Juan de la Cruz, Miguel, Antonio y María; y quince mulas de tiro. Declaró que tiene trato con don Francisco Cruzado, Provincial de la Santa Hermandad y contra cimarrones, regidor perpetuo de la ciudad de la Nueva Veracruz, de vender la mitad de dicho trapiche, esclavos y aperos, quien para su efecto de la celebración de la venta nombró de su parte “y yo de la mía” personas por quienes fue apreciado todo lo referido en 7 781 pesos, que rebajados los 2 500 del censo, quedaron en el valor intrínseco de 5 281 pesos; cabiéndole a dicha mitad 2 640 pesos y 4 tomines, por cuya cantidad le otorgó la venta de la mitad de dicho trapiche, quedando obligado el susodicho asimismo a la mitad del principal de censo y sus réditos “y yo a la otra mitad”. Por otra parte dijo que don Francisco Cruzado pidió rebajar de los 2 640 pesos y 4 tomines la cantidad de 640 pesos y 4 tomines por la porción del precio de tres esclavos que faltan en dicho trapiche de los cinco mencionados, cuya petición la aceptó, de tal manera que la venta quedó en 2 000 pesos. Finalmente dijo que para que la venta tenga efecto, por la presente otorga que vende a Juan Cruzado, la mitad de dicho trapiche, con sus tierras, cañas, aperos y lo demás que le pertenece, excepto tres esclavos, por precio y cuantía de 2 000 pesos de oro común.
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