El Licenciado José Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Jerónimo Rodríguez de la Peña y de María Rodríguez Abello, sus padres difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser capellán, propietario y patrono de una capellanía de 4 000 pesos que fundaron por sus almas Pedro Calderón y doña María de Ratia, para que a su título se ordenase de sacerdote Jacinto Calderón, su hijo; y usando la facultad como tal patrono, nombra a Miguel de Guzmán para que después de sus días quede como capellán propietario de la capellanía. Declara que también es capellán de una capellanía de 42 pesos de renta en cada un año que fundó el capitán Juan de Vertiz, vecino de la ciudad de la Veracruz, de que le está debiendo según su libro de cuenta, manda se cobre. Ítem, declara que paran en poder del Depositario General don Baltazar Gómez de la Velilla Blanco, vecino de esta villa, 400 pesos de oro común en que paga de rédito a razón de 5 por ciento, los cuales pertenecen al alma de María de la Concepción, difunta, vecina que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, manda a sus albaceas hagan cuenta. Ítem, declara por sus bienes, el menaje de su casa, esclavos que compró del Capitán Lucas de Acosta. Declara que fue mayordomo de la fábrica espiritual de la iglesia parroquial de la ciudad de la Nueva Veracruz, manda a sus albaceas ajusten cuentas. Ítem, declara que tiene por sus bienes dos esclavos pardos, uno nombrado Juan y la otra Petrona, que están en su casa y servicio [roto] a los cuales les da libertad para que gocen de ella, con declaración de que si faltare alguna cantidad de pesos para dar entero cumplimento a las pagas y legados de este testamento, se habrán de vender dichos esclavos, con la condición de que el comprador de dichos esclavos se obligue a darles la libertad. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Manuel Gómez Dávila y a Lorenzo de Guzmán, vecinos de esta villa y por su tenedor de bienes al Capitán Manuel Gómez Dávila y en el remanente que quedare de sus bienes, al no contar con sucesores, nombra por su único y universal heredero a Miguel de Guzmán, hijo legítimo de Lorenzo de Guzmán.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOESCLAVOS PARDOS
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Doña María de Zúñiga, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Pedro Canales de la Feria y Medina; junto con Pedro Canales de la Feria y Medina, hijo y heredero de ambos, vecino de esta villa; madre e hijo dijeron que tienen por propia a una esclava cautiva llamada Teresa de Jesús, parda, que será de edad de veintidós años, que nació en casa de ellos, hija de Magdalena Lorenza, parda libre, esclava que fue de ambos; y Josefa Javiera, niña que será de un año y medio, hija de dicha Teresa de Jesús. Y por cuanto, Teresa de Jesús les ha pedido le otorguen ahorría y libertad por precio de 200 pesos, por lo cual, otorgan que dan ahorría y libertad a la niña Josefa Javiera y a su madre, por la mencionada cantidad para que desde hoy día de la fecha en adelante sean libres, no sujetas a esclavitud y como tales personas libres traten y contraten, hagan y otorguen su testamento.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALAgustina de Orduña Castillo, vecina de Naolinco, dijo que Ciprián de Villanueva, pardo, esclavo suyo, se huyó y se llevó 3 mulas mansas de carga, una aparejada, y las 2 en pelo, 2 sillas de cabalgar, un caballo y una yegua mansa. Por lo que otorga poder especial al Capitán Tomás de Lortia, vecino de la Nueva Veracruz, para que en su representación solicite a dicho su esclavo, que es de 36 años, buen cuerpo rehecho, bermejo, con un ojo que le llora, le recaude y cobre todos los bienes que se llevó, así también venda a dicho esclavo como cautivo y sujeto a servidumbre al precio que por bien tuviere.
Antonio Martínez, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de Isabel Galván, su tía difunta, declara que en una de las cláusulas de dicho testamento nombró por su esclava a Josefha [Josefa] de los Ángeles, parda, mujer de Pantaleón Guilleno [Gillino] de Flores, a quien le había prometido otorgarle escritura de libertad, por cantidad de 225 pesos en que la tenía ajustada, “y a cuenta de ello le había dado 181 pesos y que pagando la susodicha 44 pesos que restaba, era su voluntad se le otorgara dicha escritura”. Y atento a que tiene recibidos de la susodicha los 44 pesos, otorga por la presente que ahorra y liberta a la dicha Josefa de los Ángeles, para que goce de su libertad “desde hoy en adelante”.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Santiago Ruiz, natural de las Montañas de Santander, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, hijo de don Manuel Ruiz y de doña Antonia Abascal, difunto el primero y de la segunda lo ignora, otorga su testamento donde ordena se otorgue de donativo a Fernando VII, 2 000 pesos; de limosna para los pobres, enfermos e impedidos 300 pesos y 500 pesos se distribuyan entre las viudas necesitadas; 500 pesos deja al Hospital de San Sebastián de Veracruz para curar a los enfermos; encarga que a los dos meses de su muerte se de libertad a una esclava parda nombrada Dolores; declara tener 31 años y que contrajo matrimonio con doña María Trinidad Rubio, y él tenía de capital 25 000 pesos; declara tener compañía con don Manuel Martínez de Samperio; tiene una tienda de géneros y comestibles y otra de ropa, ambas en la Nueva Veracruz; incluye otras disposiciones. Nombra como albacea a su esposa, a don Juan y don Manuel Ruiz, sus hermanos y a su socio Manuel Martínez, deja como heredera en las dos terceras partes a su madre y si esta faltase, entonces a sus cuatro hermanos y en el remanente de sus bienes a su esposa.
Antonio Malo de Molina, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y residente en esta villa, otorga poder a don [Gaspar] rrendón [Rendón], vecino de ella, para que en su nombre y representación siga, acabe y fenezca la causa criminal, por lo que resultare [contra] culpados en la que tiene pendiente ante el señor don Joseph [José] de [Segura] y Seballos [Ceballos], Alcalde Ordinario por Su Majestad de esta villa, [sobre] el descubrimiento de una petaquilla llena de géneros que [roto] más cantidad de 500 pesos que le hurtaron de su recua. Y para lo antes mencionado haga los pedimentos, requerimientos, probanza, querellas, acusaciones, que también presente testigos, y los demás despachos, oiga autos y sentencias, haga todos los autos y diligencias judiciales y extrajudiciales, por lo que se le da éste con libre y general administración. Y en caso de que no se pueda averiguar haberse llevado dicha petaquilla Juan Primero, pardo esclavo del otorgante, que se halla preso en la cárcel pública de esta villa por algunos indicios de haberse llevado la petaquilla, pida que el susodicho sea suelto aunque tenga que dar fianza.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOFrancisco Valero [de] Grageda [Grajeda], otorga que vende a Antonia Vázquez, una esclava parda nombrada Teodora de edad treinta años [roto].
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALFelipe Rodríguez Cabaco, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que tiene por esclava a Ana María, parda de 20 años más o menos, quien le ha servido con mucha voluntad y lealtad a él y a su difunta mujer, quien antes de morir le concedió la libertad, en cuya virtud horra y liberta de todo cautiverio, servidumbre y esclavitud.
Isabel Galván, vecina de esta villa de Córdoba, otorga que se obliga de dar y pagar a Pantaleón [roto] 100 pesos de oro común dentro de dos meses, y para seguridad del principal hipoteca una esclava de nombre María de los Ángeles, parda.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALIsabel Galván, vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de San Pedro Ysguatlan [Ixhuatlán] de la doctrina de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], viuda de Antonio Hernández, hija legítima de Alonso Galván y de María Díaz, difuntos, otorga su testamento donde ordena se den 10 pesos de limosna para la fábrica de la santa iglesia mayor parroquial de esta villa. Declara por bienes la casa de su morada; un negro nombrado Lorenzo de cincuenta años de edad; Juana, mulata de dieciséis años; Isabel, mulata de ocho años; Antonio, mulato de siete años; y Gertrudis, mulata de cuatro años. Declara que Jusepa [Josefa], parda, ha dado cuenta de su libertad por 181 pesos y dando cumplimiento a 225 pesos se le dé carta de libertad en forma. Ordena se deje en libertad al esclavo Lorenzo, por el amor y voluntad que le tiene y en remuneración del buen servicio que le ha hecho. Nombra como albaceas a Alonso Galván, su hermano, y a Antonio Martín, vecinos de esta villa. Nombra como heredera universal a su nieta Teresa, niña de siete años, que está en casa del Capitán don Lope de Yribas [Iribas], hija de Antonio Hernández y de Magdalena de Alcalá, y a Juan García de Miranda, su nieto, por iguales partes.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL