Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, don Francisco Sáenz de Santa María, y don Gregorio Ochoa de Amezaga, vecinos de esta Villa de Jalapa, dijeron que en junta del 23 de marzo de 1790 fueron elegidos Diputados para la solicitud del título de Villa a este pueblo, solicitud que fue concedida junto con el uso del Escudo de Armas, como se expresa en las Reales Cédulas hechas en Madrid el 18 de diciembre de 1791, una de las cuales, el Conde de Revillagigedo, remitió el testimonio al Gobernador de Veracruz con superior decreto de 5 del corriente para que se notificase a los comparecientes acudan a aquella superior a promover lo conducente a su cumplimiento; por lo que a través de la presente, los otorgantes señalan que dan poder a don Juan Arredondo, Agente de Negocios de la Real Audiencia de México, para que a nombre del vecindario acuda a hacer los trámites necesarios para su cumplimiento, presentando para ello escritos, memoriales y demás que sean necesarios.
ESCUDO DE ARMAS
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MX UV.USBIX ANX-P-0057-PX_0057_0182
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Unidad documental simple
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15/06/1792
Parte de Archivo Notarial de Xalapa