Don Pablo José Bocarando y Espinosa, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla, vende a Juan Marcos Rendón, vecino de esta villa, un esclavo mulato achinado, nombrado José, natural de la ciudad de la Habana, de veintidós años de edad poco más o menos, el mismo que hubo y compró de Francisco de [roto], vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, por escritura hecha en dicha ciudad el 21 de febrero de 1711, ante Juan de Campo y Anaya, Escribano Real y Público. Lo vende en precio de 340 pesos.
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El Licenciado don Antonio Álvarez de Guzmán, Clérigo Presbítero Domiciliado en el Obispado de Puebla y vecino de la doctrina de Tlacolula de esta jurisdicción, con poder para testar otorgado por doña Micaela de Zárate, vecina de la jurisdicción de La Antigua Veracruz, realiza su testamento en donde declara que la difunta recibió 312 pesos de don Juan Bautista de Torrontegui y Goytia, esposo de su hermana doña Josefa de Zárate, difunta, los cuales ya fueron entregados a sus sobrinos. Deja por bienes un rancho de ganado mayor llamado Boca de Córdoba en la jurisdicción de La Antigua, una caballería de tierras con 402 reses, 48 caballos, 40 yeguas, un esclavo negro llamado Cayetano Antonio, una mulata tuerta llamada María Urbana y otro mulato esclavo llamado Juan José. Declara fue casada en primeras nupcias con Marcos Mojica. Nombra como albaceas al otorgante y como heredera universal a su hermana doña María de Zárate.
Jacinto de Ledos [y Pasos], vecino de esta villa de Córdoba, y doña Gertrudis López [de Guzmán], su legítima mujer, con licencia otorgada por parte de su marido, venden al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo de esta villa, dos negros, uno nombrado Joseph [José] Antonio, de veintiséis años, el cual recibió por dote cuando contrajeron matrimonio. El otro nombrado Josephe [José], criollo de Cartagena, de dieciséis años de edad, el cual compró Jacinto Ledos [y Pasos] al Capitán don Joseph [José] de Arizaga, Tesorero Juez Oficial de la Real Hacienda y Caja de la Nueva Veracruz. Los venden en 600 pesos de oro común, 400 por el primero y 200 por el segundo. Declaran que el esclavo Joseph Antonio está casado con Tomasa, mulata, esclava de los otorgantes, y en caso de querer vender los otorgantes a dicha esclava, preferirán hacerlo a don Gregorio Martínez de Solís.
UntitledJoseph [José] de Nares, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Ana de la Cruz, parda libre, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, en virtud de su poder, otorga que vende al Alguacil Mayor Gregorio Martínez de Solís, un mulato esclavo nombrado Pedro de la Cruz, de edad de veinte años, criollo de dicha ciudad, de color prieto. Lo vende en precio de 200 pesos de oro común.
UntitledEl Licenciado Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este Obispado, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Juana Ruis de Carabajal [Ruiz de Carvajal], vecina del pueblo de Cosamaloapan, una mulata su esclava nombrada Petrona que será de edad de veintisiete años, casada con Melchor de los Reyes, indio, la cual hubo y compró de Andrés Bautista Zans, vecino de la ciudad de los Ángeles, dueño de obraje. La vende en precio de 320 pesos que por dicha esclava le ha dado y pagado en reales de contado por manos de Miguel Santiago de Carabajal [Carvajal], hermano de la susodicha.
UntitledDon Pedro Caramur y Enríquez, residente en esta villa de Córdoba, otorga que vende al Licenciado Joseph Rodrígues de la Peña [José Rodríguez de la Peña], Presbítero Domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles, dos esclavos, el primero nombrado Miguel, criollo de cuarenta años de edad, que hubo y compró en la ciudad de Tlaxcala por bienes del Licenciado Clemente Márquez, Cura propietario, en virtud de escritura que le otorgó Diego Ruiz de Olivares; y el otro, mulato, nombrado Luis que será de edad de veinticinco años, casado en la ciudad de los Ángeles, que hubo y compró en dicha ciudad de Salvador Martín, maestro de sombrerero. Los vende en precio de 550 pesos.
UntitledDon Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a Miguel de Carvajal, vecino del pueblo de Cosamaloapan, para que en su nombre pueda vender y venda a la persona o personas que le pareciere y por el precio que más bien visto le fuere, una mulata esclava de color cocho, natural de la ciudad de los Ángeles, que será de edad de veintitrés años más o menos; que hubo y compró en dicha ciudad de doña Andrea Grajales y Figueroa, viuda mujer que fue del Alférez Francisco de Morales; y de lo procedido otorgue recibo, carta de pago y escritura a favor de la persona o de las personas a quien vendiere dicha esclava.
UntitledDon Dionisio Serrano y Perea, vecino de este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], dijo que por cuanto, contrajo matrimonio con doña Nicolasa Blanco, hija del Capitán don Marcos Blanco, difunto, y de doña Micaela Ramos, vecina de este pueblo, y al tiempo cuando se trató el matrimonio, su suegra le prometió una dote 5 672 pesos y 6 reales, y al presente le ha pedido otorgue recibo de la dicha cantidad, por lo que poniéndolo en efecto, otorga que ha recibido la cantidad referida en los reales y bienes siguientes: el valor de una casa de cal y canto, cubierta de teja, ubicada en la villa de Córdoba, en la calle de San Antonio, que por el oriente linda, calle en medio, con solar de la dicha doña Micaela Ramos; por el poniente linda con solar del Capitán don Alonso Gómez Dávila, vecino de la villa; por el norte con casa de doña Marina Gómez Dávila; y por el sur calle en medio con casa de doña Gertrudis de Gatica; la cual se remató en esta villa, en precio y cantidad de 4 000 pesos. También, un mulato nombrado Antonio Delgado, de cuarenta y ocho años más o menos, en precio de 300 pesos; una mulatilla nombrada Rosa María, de dieciséis años más o menos, en cantidad de 200 pesos; una colgadura de cama, dos colchones cameros, sabanas, cajas de cedro, entre otros artículos de cama y personales que se menciona en el acta. Finalmente, el presente otorgante dijo que dio a su mujer 500 pesos de arras, por lo que ahora suman e importan 6 172 pesos y 6 reales, de los cuales se obligó a tener por dote y caudal de doña Nicolasa Blanco, su legítima mujer.
UntitledEl Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Antonio de Leiva Esparragosa, su hermano, vecino de esta villa, una hacienda de hacer azúcar nombrada [Nuestra Señora de la Concepción] Acatengo, que tiene en términos de esta jurisdicción, hacia la parte del norte, con 2 sitios y 6 caballerías de tierra, las cuales dichas caballerías lindan por la parte del sur y del oriente con tierras de esta villa; por el poniente con tierras del trapiche que posee el Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles; y por el norte [roto] del pueblo de San Francisco [Chocamán], jurisdicción del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec]. También, dijo que en dicha hacienda están situados y cargados 1 000 pesos a censo, por don Miguel de Leiva y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, con fecha del 15 de diciembre de 1700, a razón del 5 por ciento en cada un año, para que los réditos se entreguen al Reverendo Padre Guardián que sea del convento de San Antonio de esta dicha villa y con ellos celebre una fiesta perpetuamente a la Purísima Concepción de Nuestra Señora todos los años como consta de dicha escritura. Dicha hacienda se compone de tierras y de los bienes siguientes, un sitio y 2 caballerías de tierras en que está fundada dicha hacienda y el otro sitio 4 caballerías que llaman el Comedero del Monte; una casa de vivienda; una casa de trapiche armada sobre horcones cubierta de zacate, jacales, animales de cargo y de tiro, un negro nombrado Carlos, un mulato nombrado Mateo, una licencia de trapiche, animales de granja, suertes de cañas con diferentes cortes, entre otros bienes que se mencionan. Dicha hacienda la vende libre de empeño, deuda, enajenación hipoteca por precio de 15 170 pesos y 2 reales, los 4 500 pesos de contado, 4 000 que se obliga don Antonio Leiva de pagar a doña María Valero Grajeda, vecina de la ciudad de los Ángeles que son los mismos que el presente otorgante le estaba debiendo y se obligó a pagar por dicha hacienda de trapiche, y la cantidad restante el susodicho se obliga en esta escritura de pagar en los tiempos y plazos mencionados en el acta.
UntitledDoña Ana González de Belilla Blanco, vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima del Capitán don Lope de Yribas [Iribas], declara que en 16 del presente mes y año otorgó testamento abierto, pero al presente se le ofrece añadir en él por vía de codicilio las cláusulas siguientes: Primeramente señala que tiene por esclava cautiva a Thomasa [Tomasa] de Sandoval, mulata, que será de edad de veinticinco años, mujer de Miguel López, que es una de las que heredó de su tío Nicolás Blanco, y debido a que le ha servido, “mando que después de mi fallecimiento goce de su libertad”. Por otra parte declara que doña Ana de Sandoval, su tía, le dejó ordenado que “por todos los días de mi vida” le mande decir por su alma una misa rezada por la pitanza ordinaria al Santo Cristo, y para descargo de “mi conciencia mando” se ajusten cuenta con los presbíteros encargados de las misas. Finalmente, declara que en atención a que el Capitán Nicolás Blanco, su tío, la nombró por su heredera en el testamento que otorgó, y en una de sus cláusulas mandó se dé cumplimiento al testamento de doña Ana de Sandoval, su mujer de quien fue albacea; por tanto “para descargo de mi conciencia y de la de mi tío”, manda que su albacea dé cumplimiento a lo que faltare en dicho testamento de Ana de Sandoval así como al de Nicolás Blanco.
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