Pablo Gutiérrez, vecino de Tecamachalco, se obliga de pagar a Antonio Pérez, vecino de México, 300 pesos de oro común los cuales son el resto del valor de un esclavo mulato llamado Hernando.
ESCLAVOS MULATOS
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El Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero, vecino de la villa de Córdoba, en nombre de doña Magdalena Domínguez de Arellano, viuda, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga que vende al Licenciado don Fernando José Rodríguez de la Peña, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, una mulata esclava nombrada Antonia Gertrudis de San Miguel, que será de edad de veinticinco años, la cual le vende por esclava cautiva sujeta a perpetuo cautiverio en precio de 200 pesos horros de alcabala y de oro común en reales.
Sans titreEl Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, otorga que da poder al Capitán Antonio Fernández de Obregón, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que representando su persona venda al que le parezca y por el precio que hallare un esclavo mulato nombrado Juan Soberanes, criollo que será de edad de cincuenta años, el mismo que hubo y compró del Licenciado don José Rodríguez de la Peña, Presbítero, vecino de esta villa.
Sans titreJuan de Uscanga, pardo libre, residente en esta villa, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en voz y nombre de doña Sebastiana Rodríguez de Zubieta, vecina de dicha ciudad, en virtud de su poder, otorga que vende al Licenciado don José Rodríguez de la Peña, Presbítero, vecino de esta villa, una mulata nombrada Nicolasa de edad de veintiséis años, la cual heredó de su marido difunto el Capitán don Pedro de Sagarraga; la vende por esclava cautiva en precio de 300 pesos de oro común.
Sans titreEl Licenciado José Rodríguez de la Peña, Presbítero, vecino de esta villa, estando enfermo del cuerpo y sano de la voluntad, dijo que por cuanto tiene otorgado su testamento el 16 de octubre del presente año, y porque al presente se le ofrece declarar y revocar, y poniendo en efecto por vía de codicilo declara que por una de las cláusulas de su testamento tiene mandando que Petrona de San Miguel, mulata su esclava, que será de más de cincuenta años, dé 100 pesos para que goce de su libertad, cuya cláusula la revoca, y es su última voluntad que desde el día de su fallecimiento la susodicha goce de su libertad en adelante para siempre, la cual le hace gracia por los buenos y leales servicios que de la susodicha ha tenido [roto].
Sans titreJuan Fernández de Ávila, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de San Lorenzo Serralvo [Cerralvo], vende al Capitán Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa, una esclava negra nombrada Juliana, de treinta años de edad, la misma que compró al Licenciado don Juan de Olivares Villarreal, vecino de la ciudad de los Ángeles; y un mulatillo nombrado Juan, de dos años de edad, que compró a Antonio Velasco, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. Los vende por libres de deuda, empeño e hipoteca u otra enajenación, y sin asegurárselos de ninguna tacha, vicio, defecto, ni enfermedad pública ni secreta; y con la de ladrón, cimarrones, loca y enfermos, el dicho mulatillo, de bubas y potrosa; la negra en precio de 300 pesos y al mulatillo en 100 pesos.
Sans titreDomingo Mucio, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que vende al Licenciado don Antonio de Lorza, Presbítero, vecino del pueblo de Orizaba, un esclavo mulato nombrado Juan Soberanes, de más de treinta años de edad, criollo, el mismo que compró de don Antonio Fernández de Obregón, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. Lo vende en 225 pesos de oro común.
Sans titreLorenzo de Guzmán, vecino de esta villa de Córdoba, albacea y tenedor de bienes del Licenciado don José Rodríguez de la Peña, Presbítero, difunto; usando de dicho cargo otorga poder especial al Bachiller don Miguel de Guzmán, su hijo, Subdiácono, vecino de esta villa de [Córdoba] y residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre, como tal albacea, venda en dicha ciudad una mulata nombrada Antonia Gertrudis de San Miguel, de veintiséis años de edad, que quedó por bienes de dicho difunto, que hubo y compró del Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero, en virtud de poder de doña Magdalena Domínguez de Arellano, viuda, vecina de dicha ciudad.
Don Eugenio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], dijo que por cuanto contrajo matrimonio con doña María Blanco Ramos, hija legítima del Capitán Marcos Blanco, difunto y de doña Micaela Ramos, vecinos de dicho pueblo, su suegra le entregó por dote la cantidad de 5 672 pesos en reales, de los cuales le ha solicitado otorgue recibo a favor de María Blanco; por lo tanto, otorga que ha recibido de su suegra, doña Micaela Ramos, por dote y caudal la cantidad referida en bienes y reales que se detallan en el inventario y avalúo que aparece en esta escritura, entre los que destacan: alhajas de oro y plata; una esclava mulata, criolla, nombrada Josefa, de veintiochos años de edad, en 400 pesos; una negrita, nombrada Andrea, de doce años, en 200 pesos; y 4 219 pesos en reales que recibió de contado. Cuya cantidad se obliga a tener por dote y propio caudal de su esposa, más 500 pesos que manda a la susodicha en arras propter nuptias en honra de su virginidad y limpieza, sumando la cantidad de 6 172 pesos.
Sans titreEl Bachiller don José de Barros, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco], otorga que vende a doña Micaela Ramos, viuda del Capitán Marcos Blanco y vecina de dicho pueblo, una mulata esclava nombrada Jacinta, de diecinueve años de edad, que hubo y compró de Agustín Domínguez, vecino que fue de dicho pueblo. La vende libre de empeño, enajenación e hipoteca en precio de 350 pesos de oro común en reales de contado.
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