XALAPA, CIUDAD

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0049 · Item · 1832/04/11
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              María Rosalía Gutiérrez, viuda de Eugenio Pérez, de esta vecindad, otorga que vende a don Miguel del Valle, de esta vecindad y comercio, una casa de cal y canto, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, construida en la plazuela de Señor San José de esta ciudad, en suelo perteneciente a los indígenas de ella, haciendo frente al oriente y lindando con la fuente que se halla en dicha plazuela; por el poniente, que es el fondo, linda con la huerta del difunto maestro Rodríguez; y por el sur con casa de Simón Peña. La vende en precio de 120 pesos, de los cuales 15 pesos 7 reales un grano quedarán en poder de don Miguel del Valle, pertenecientes a los menores hijos de la otorgante, Eugenio y María Amada Pérez, para dárselos cuando se habiliten por derecho.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0062 · Item · 1832/06/12
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Velasco Quiroz, Hermano Mayor del Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Seráfico Padre Señor San Francisco de esta ciudad; y don Dionisio Camacho, Síndico más antiguo de este Ilustre Ayuntamiento Constitucional, autorizados ambos por sus respectivas corporaciones, como consta de las credenciales que han exhibido, en virtud de la ley 63, título 18, partida 3, otorgan que el primero da y el segundo recibe, en uso para ocupación temporal, una parte del terreno del atrio del convento llamado comúnmente cementerio, cuya figura geométrica es irregular, pues forma un romboide de cuatro lados desiguales, el primero al oriente 18 varas; el segundo al occidente de 18 varas; el tercero al sur de 150; y el cuarto al norte de 150; siendo el área 2 700 varas cuadradas, quedando el resto del sitio para que forme el atrio del convento. Cuyo contrato ha sido celebrado previos los requisitos necesarios, como lo son la autorización del Señor Obispo de esta diócesis para la profanación del sitio y la autorización del Supremo Gobierno del Estado en cuanto a gastos. Cuyo cementerio de San Francisco habiendo solo servido de tránsito para la iglesia y convento, sin que ningún cadáver se haya sepultado allí desde tiempo inmemorial, el señor obispo de la Puebla dio autorización para que se profane el sitio, convirtiéndolo en plaza de mercado y ornato público. Asimismo, el Supremo Gobierno del Estado autorizó el presupuesto para dicha construcción. Y para esclarecimiento de dicho contrato establecen las siguientes condiciones: Que los gastos que ocurran para derribar las paredes que formaban el antiguo atrio, en levantar las que cerquen el nuevo, en hacer las correspondientes puertas y en adornarlo con los nichos del viacrucis, serán a cargo del ayuntamiento. Que, si el ayuntamiento no usase el sitio, lo entregará en el estado que lo recibió. Que el ayuntamiento dará al Monasterio de San Francisco 100 pesos cada año por vía de limosna, durante todo el tiempo que el sitio le sirva, garantizando el pago con los fondos de la municipalidad. Y bajo estas condiciones queda celebrado el presente contrato, obligando a su cumplimiento los bienes municipales presentes y futuros.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0065 · Item · 1832/06/23
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Joaquín Martínez y Vázquez, albacea de su hermano don José Lino Martínez y Vázquez, difunto, otorga que ha recibido de la testamentaria de su hermano la cantidad de 1 200 pesos en el valor de algunas fincas pequeñas, que su heredera doña María Dolores Martínez, le adjudicó con el fin de que dicha cantidad quede asegurada en todos los bienes raíces del otorgante y por vía de depósito irregular para cumplir con la voluntad del mencionado su hermano, que es la que consta en los autos de la materia, prometiendo devolver dicha cantidad en cinco años y en el ínterin los réditos de 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad, hipoteca todos sus bienes, que se reducen a una casa y solar en la calle de Cantarranas de esta ciudad, en un terreno llamado la Loma, situado en sus inmediaciones, con un solar al pie.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0068 · Item · 1832/06/28
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Sebastián Fernández de Bobadilla y Atenas; don José Ignacio y don Juan Fernández de Bobadilla y Atenas; y doña Micaela Torres, doncella, heredera de don Jacinto Fernández de Bobadilla y Atenas, ya difunto, todos hijos legítimo y únicos herederos y el primero albacea testamentario de doña María Josefa de Atenas, de esta vecindad; otorgan que venden don Manuel María Carasa, de esta misma vecindad, una casa alta y baja, cubierta de madera y teja, paredes de cal y canto, ubicada en esta ciudad, haciendo esquina que coge dos calles, una que llaman de Betlem [Belén] y la otra Nacional, lindando por el oriente, la primera de por medio, con la del Presbítero don José Joaquín Rincón; por el poniente con al de los herederos de doña Antonia Ponce de León; por el sur, calle en medio, con la de los señores Fuentes; y por el norte, que es el fondo, con la de don Dionisio Camacho. Cuya casa es la misma que la señora madre de los otorgantes y de don Jacinto, heredó de su señor padre, don Juan de Atenas, en esta ciudad e marzo de 1813. La venden en cantidad de 3 500 pesos en efectivo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0084 · Item · 1832/07/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Diligencias pertenecientes al testamento de don José Miguel Galván, primeramente, se presenta la memoria testamentaria de éste, otorgada en San Gerónimo Coatepec el 7 de junio de 1827, en la cual declara ser natural y vecino del pueblo de San Gerónimo Coatepec; ser soltero y tener dos hijos naturales que se llaman José María y José Antonio, habidos con dos personas libres, uno en María del Carmen Peredo y el otro en Rosa Arrieta; asimismo, declara por bienes una tienda, una tenería y dos ranchos de tabaco; nombra como herederos a sus dos hijos naturales; como tutor de sus hijos nombra a Lorenzo Bueno; y como albaceas a sus dos hermanos, Francisco Galván y Rebolledo y Ana María Galván. Posteriormente, el 24 de febrero de 1832, el Bachiller José María Aparicio, curador de pleito de los menores hijos de José Miguel Galván, en los autos promovidos por el ciudadano Lorenzo Bueno, para que se le releve del cargo de tutor testamentario que obtuvo de dicho José Miguel Galván; dijo que según el escrito presentado en dichos autos por Lorenzo Bueno, los bienes que Galván dejó se hallan abandonados, seguramente por la negligencia del albacea, que no debe disimularse por los graves perjuicios que siempre trae a los herederos la indivisión de los bienes, como una dolorosa experiencia lo ha acreditado en muchas familias que lamentan su miseria, nacida unas veces de la infidelidad muy punible de los ejecutores testamentarios y otras de una apatía escandalosa, semejante a la del albacea del difunto Galván. También, dijo que las excusas de pobreza y enfermedad que argumenta Bueno para que se le releve del cargo, son evidentes. Por todo lo cual, suplica se sirva a ver por bastantes las excusas alegadas por Lorenzo Bueno, relevándole en consecuencia del cargo de tutor testamentario. Y por cuanto, los menores a quienes representa, no carecen de bienes, teniendo que hacer algunos gastos en desempeño de su deber, como son el papel del sello tercero, pago de honorarios al abogado director y otros gastos que se ofrecerán en el curso del negocio; suplica se sirva mandar que el albacea Francisco Galván y Rebolledo, le entregue 50 pesos en calidad de expensas. Más tarde, el 2 de marzo de 1832, el Bachiller José María Aparicio, debido a la falta de legalidad del testamento presentado, solicita sirva mandar que se libre orden a Coatepec para que los testigos firmados en el documento presentado, que se dice ser el testamento de Galván, comparezcan en este juzgado y reconociendo sus firmas, declaren por la certeza de dicho documento, a cuya solicitud se anexan los testimonios de Lorenzo Bueno, Luis Camarillo, José Ambrosio Malpica, Francisco Galván y Segovia, Juan José Rebolledo, Hipólito Benítez y Marcos Hernández. Con la declaración de testigos, el 12 de mayo de 1832 el Bachiller José María Aparicio solicita se sirva a declarar como testamento nuncupativo el otorgado por Galván, a lo cual el Licenciado José [Lázaro de] Villamil, Juez de Letras del Cantón de Xalapa, el día 14 de julio de 1832, manda se declare testamento nuncupativo la memoria extrajudicial otorgada por José Miguel Galván, en Coatepec el 7 de junio de 1827, asimismo, se inserte y protocolice en el registro del oficio público de esta ciudad la memoria testamentaria y las diligencias subsiguientes, dejando razón de ello y testimonio de este auto. Por otro lado, manda que notificando esta providencia al curador ad litem de los menores y al albacea nombrado, se tasen y satisfagan las costas reponiéndose el papel en que se ha acentuado por cuenta del haber hereditario y dándose cuenta por reparado con la solicitud de Lorenzo Bueno para proveer lo conveniente.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0090 · Item · 1832/08/11
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa Cruz Ortiz de Zárate, de esta vecindad, con licencia de su esposo don José Mariano Polanco, otorga que vende a don Jorge de la Serna, de este comercio, una casa de cal y canto de edificio bajo, cubierta de madera y teja, ubicada en la calle del Ganado de esta ciudad, frente a la carnicería vieja, mirando al poniente; linda por el costado del norte con casa de los herederos de don Antonio Ribot; por el oriente, que es el fondo, con solar de don Domingo de Castro; y por el costado del sur con casa de la otorgante, que vendió a doña María Inés Gutiérrez de Villaverde, con el sitio que le corresponde de 20 varas de frente y 60 de fondo. Cuya casa la hubo y heredó la otorgante de su padre, don Felipe Cruz, quien la hubo y compró de doña María Magdalena de la Torre y don Santiago Cardel, por escritura que otorgó en esta ciudad el 19 de diciembre 1799. La vende en precio de 1 555, de los cuales el comprador reconocerá la cantidad de 1 055 pesos a favor del convento de San Francisco.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0099 · Item · 1832/08/25
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Jorge de la Serna, de esta vecindad, y don Ramón Pasquel, de la Veracruz, habilitado por el Honorable Congreso para la administración de sus bienes, dijeron que la hacienda nombrada Buena Vista, ubicada al frente y sobre las goteras de Veracruz, fueron bienes del difunto don Cristóbal Barragán y heredera de ellos su hija legítima doña Ana Josefa Barragán, que habiendo también muerto en Puebla, sin sucesión de su matrimonio con don Bartolomé Perdomo, vecino de Veracruz, dejó por albacea a don Sebastián Pérez Cornejo, quien para el recobro de dichos bienes que estaban en la administración del referido Perdomo, apoderó Cornejo a don Jorge de la Serna, quien recibió unas casas y un cuaderno de inquilinos de aquella hacienda, con protesta de Perdomo a la exhibición de no poderse vender nada mientras no se concluyera el litis de sus demandas por alcances que creía tener a la dicha administración. Asimismo, dijeron que la referida hacienda reconoce una capellanía del Presbítero don Francisco Javier Pérez por cantidad de 4 000 pesos, de los cuales se le deben sus réditos desde el año de 1821, habiéndose hecho comparecer a Perdomo por causa de este adeudo, consintió en que se vendiese dicha hacienda al efecto, sobre que nunca reclamaría sea cual fuese la cantidad que se sacase de ella. Por lo cual, don Jorge de la Serna, en nombre y representación de don Sebastián Pérez Cornejo, de la testamentaria de doña Ana Josefa Barragán y de los sucesores y herederos de ésta, otorga que vende a don Ramón Pasquel la citada hacienda de Buena Vista, en precio y cantidad de 10 500 pesos, de los cuales seguirá Pasquel reconociendo 4 000 pesos que sobre ella se reconocen en favor de dicha capellanía que sirve el Presbítero don Francisco Javier Pérez, pagando sus réditos de un 5 por ciento anual a partir del primero de enero de 1833; y el resto que son 6 500 pesos pagará del modo que queda condicionado en esta escritura. Para seguridad de la capellanía hipoteca la mencionada hacienda, asimismo, salen por sus fiadores don Mariano Pasquel, Diputado de este Honorable Congreso, y don Francisco Gutiérrez, de esta vecindad.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0146 · Item · 1832/11/13
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco González, viudo que fue y albacea de doña María Gertrudis Rodríguez de esta vecindad y comercio, dijo que sus hermanos políticos: doña Ana Josefa, don José Francisco y doña María Merced Rodríguez, le confirieron poder y en uso de las facultades y las que le concedió su difunta esposa en su testamento, ha consentido en escriturar el contrato de venta que su padre político don Juan Manuel Rodríguez celebró con Florencio Zacarías, del solar que se hará mención adelante y de que está en posesión desde que ese contrato se perfeccionó, restando solo el otorgamiento de esta escritura. Por tanto, a nombre de sus poderdantes, otorga que vende realmente a Florencio Zacarías, un solar eriazo compuesto de 34 varas de frente y 20 de fondo, siendo sus linderos por un lado un caño que baja de Xallitic y por los otros tres el resto de la tierra que aún no se vende y queda por de la testamentaria de su citado padre, todo lo cual hubo y compró de don José Manuel Cruz y Bremont, por escritura de venta que otorgó en favor de su esposa y poderdantes del otorgante como herederos de don Juan Manuel Rodríguez, en esta ciudad, el 27 de abril de 1829. Cuya venta la hace por la cantidad de 102 pesos que pagó el comprador al citado Juan Manuel Rodríguez.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0147 · Item · 1832/11/13
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco González, de esta vecindad y comercio, viudo y albacea de doña María Gertrudis Rodríguez, dijo que como apoderado de sus hermanos políticos: doña Ana Josefa, don José Francisco y doña María Merced Rodríguez, en uso de dicho poder y de las facultades conferidas por su difunta esposa en su testamento; ha consentido escriturar el contrato de venta que su padre político celebró con doña Ana Josefa Márquez, del solar que adelante se expresa y de que está en posesión desde que ese contrato se perfeccionó; por lo cual, otorga que vende realmente a doña Ana Josefa Márquez, un solar eriazo, compuesto de 12 varas de frente y 50 de fondo, siendo sus linderos por un lado con solar del ciudadano José Rufino Rojas y por los otros tres el resto de la tierra que aún no se vende y queda por de la testamentaria de su citado padre; todo lo cual hubo y compró de don José Manuel Cruz y Bremont por escritura de venta que otorgó en favor de su esposa y poderdantes del otorgante, como herederos de don Juan Manuel Rodríguez, en esta ciudad a 27 de abril de 1829. La venta la hace por la cantidad de 48 pesos que pagó a su citado padre político.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0163 · Item · 1832/12/05
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don José Vicente de Espino, como curador ad bona de don Francisco Ciriaco de Espino y Soria, instituido y nombrado como tal por don Guillermo de Espino, su padre, en la décima cláusula de su testamento; dijo que don Francisco Ciriaco es dueño de una casa y que hallándose ella en inminente peligro de ruina y no teniendo proporciones para repararla, por hallarse su menor escaso de dinero, ha meditado que la única opción que le queda para salvar el caudal del menor, es vender la finca. Por lo cual, otorga que vende a don Jorge de la Serna, para doña Micaela Torres, doncella de esta vecindad, una casita de paredes, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta ciudad, haciendo esquina al fin de la calle que nombran de la Pila de San Cristóbal y la de Cantarranas que atraviesa al molino de don José María de Goiri; la cual se compone de 19 y media varas de frente, que lo hace a la primera hacia el oriente y del otro lado casa arruinada del difunto don Miguel Viveros; y 32 varas de fondo por el rumbo del poniente, por donde linda con terreno que fue de Ana González; por el costado del norte linda con casa y solar de doña Andrea Dorotea Hernández; y por el sur hace otro frente a la calle de Cantarranas y del otro lado casa de los herederos de don José Francisco Rivera. Cuya casa deslindada la hubo y compró don Guillermo de Espino, padre de su cliente, de don Juan José y doña Mariana de Ledezma y se la adjudicó al menor don Francisco Ciriaco de Espino y Soria, en parte de su legitima paterna. La cual vende en precio de 700 pesos que declara haber recibido.

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