Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad y comercio, dijo que por cuanto a don Narciso Jerónimo de Echeagaray se le encargó el manejo de las colecturías de Lotería Nacional y Rifa de Nuestra Señora de Guadalupe por lo tocante al expendio de billetes en esta ciudad y siéndole indispensable dar una fianza de 2 000 pesos por la primera y 1 000 por la segunda para desempeñar ese destino. Por la presente, otorga se constituye fiador de dicho don Narciso Jerónimo de Echeagaray en razón del manejo relativo a la colecturía de dichos ramos, y se obliga en el caso que hubiera algún descubierto, los pagará hasta en cantidad de 3 000 pesos por ambos sorteos.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOXALAPA, CIUDAD
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El Presbítero don José Vicente de Espino y don José María Grajales, vecinos de la hacienda de la Orduña y dicha ciudad, dijeron que el primero como curador ad bona del menor don Francisco Ciriaco de Espino, dio poder especial a don Juan Nepomuceno de Urquía, para que cobrara judicial o extrajudicialmente de don José María Grajales la tienda que éste tiene a su cargo en la expresada hacienda, y que en parte corresponde al citado menor por haberle adjudicado en pago parcial de la legítima que le tocó, al dividirse los bienes de su difunto padre don Guillermo de Espino. Y habiendo demandado ante el juez de letras de este cantón a Grajales, enterado de todo don Francisco de Espino, suplicó a su curador no llevase adelante el pleito en virtud de ser dudoso su buen éxito, de versarse entre miembros de una misma familia y de no hallarse dispuesto a encargarse de dicha tienda, caso que Grajales fuera condenado a entregarla. Por lo cual, otorgan que transigen las pretensiones instauradas, ajustándose, conviniéndose y conformándose en los artículos que se mencionan en esta escritura, entre los cuales destacan: Primero, el día quince del presente mes entregará Grajales al Presbítero don José Vicente de Espino los géneros que éste designe y sean suficientes para cubrir los 2 051 pesos un real 7 y medio granos que corresponden al menor don Francisco. Segundo, los géneros expresados serán de los que haya en la tienda de don Francisco Lerdo de Tejada, y si esto no pudiese completar el surtido que pida el curador, se sacará el resto de la tienda de don Antonio José Peredo. Entre otros artículos que se mencionan.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODoña María Luisa, doña Rita y doña Nicolasa García y Rodríguez, hermanas, mayores de edad, la última con licencia de su marido don Ramón Delgado; dijeron que la primera de las comparecientes es albacea testamentaria de doña María Bernarda Rodríguez, quien lo fue de su esposo don José Ignacio García, padres de las susodichas. Por lo cual, doña Luisa en desempeño de sus deberes inventarió y justipreció todos los bienes de sus padres con la ayuda de don José María Córdoba, Síndico Segundo de este Ilustre Ayuntamiento. Dichos bienes consisten en una casa, la cual, pese a los intentos de venderla no se encontró comprador, siendo el único arbitrio para lograr la división de los bienes entre las comparecientes, el que se le adjudicará la casa a doña Luisa y ésta pagará las porciones que les corresponden a doña Rita y a doña Nicolasa, cuyo monto es de 344 pesos a cada una. Por lo tanto, doña Rita y doña Nicolasa García y Rodríguez otorgan que adjudican dicha casa a doña Luisa, la cual se compone de edificio bajo de cal y piedra, cubierta de madera y teja, situada en el paraje que nombran la Luneta en esta ciudad, construida en sitio propio que se compone de 29 varas de frente y 46 y media de fondo, haciendo frente hacia el sur con casa que fue de don Domingo Franceschi; por el norte con solar de los indígenas de esta ciudad; por el poniente con callejón y casa que fue del difunto Rebolledo; por el oriente con camino Nacional y Laguna; cuya casa hubo y compró don José Ignacio García, padre de las otorgantes, a don Lino Carasa Jiménez, en esta ciudad el 4 de julio de 1804. Cuya adjudicación hacen en precio de 2 000 pesos, correspondiendo a cada un 344 peso que ya ha dado y pagado, deducidas las deudas y bajas del caudal.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODoña María Ignacia Ortiz, vecina de Actopan, dijo que doña Joaquina Jiménez y su hija María Ignacia Díaz Parraga vendieron a don Miguel Laguna, de esta vecindad, una casa por escritura hecha en esta ciudad el 21 de abril de 1802, cuya compra la hizo don Miguel para su primo José Francisco Laguna y para la otorgante que con éste fue casada, y con dinero que ambos adquirieron durante su unión conyugal. Y siendo preciso dividir entre sus hijos la mitad de la parte que corresponde su difunto marido José Francisco Laguna; otorga que vende a don José María Peredo la mencionada casa, que hace dos frentes, el principal que es de 18 varas al norte con la calle Principal que sale para Veracruz y del otro lado casa que fue de la viuda de don Sebastián Barradas; por el oriente linda con el callejón del Perro y tiene 14 y una tercia varas; por el poniente linda con casa y solar que fue de don Juan de Bárcena; y por el sur, que es su fondo, mide 56 y tres cuartas varas, y linda con solar y casa que fue de don Manuel de Zárate. Cuya venta la hace a Peredo en cantidad de 400 pesos.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOEl Presbítero don Andrés Domínguez y Rebolledo, vecino de este pueblo, otorga su testamento de la siguiente manera: Manda se le den a su hermano Antonio Basilio [Domínguez] 25 pesos, a quien le perdona ciento y pico de pesos que le debe. Asimismo, manda se le den 25 pesos a José Antonio Segovia para sus hijos y le perdona 84 pesos que le debe. Manda se distribuyan entre pobres 25 pesos. Nombra como heredera a su hermana Rafaela [Domínguez], y a su prima Margarita Rebolledo, con igualdad. Deja a su hermana Rafaela el usufructo de la casa que tiene en la calle principal, en la que tiene su citada hermana 221 pesos 6 y una cuartilla real, asimismo, deja el usufructo de la casa donde vive a su prima Margarita por el tiempo que ésta viva. Ambas casas, después de fallecidas su hermana y su prima, ordena que su importe se distribuya en partes, la primera en misas para su alma y almas del purgatorio; otra para su hermano Antonio Basilio o sus hijos; otra para los hijos de su difunta hermana Manuela [Domínguez]; otra para los parientes pobres, y otra para los demás pobres, prefiriendo a los vergonzantes. Sin embargo, si su hermana o su prima tuvieran necesidad, podrán disponer de las fincas en todo o en parte, siendo para su subsistencia personal. Declara tener dos solares en el paraje que llaman del Calvario, uno enfrente del otro, los cuales deja a su hermana y prima, con las mismas condiciones que los anteriores bienes. Declara tener comprado a Tomás Mayoral un solarito contiguo a su casa, con trato de retrovendición, cuyo usufructo deja a su prima Margarita. Declara tener café en grano, cuyo número de arrobas ordena se reparta en partes iguales entre su hermana y su prima. Nombra como albaceas a las susodichas.
ZEFERINO REBOLLEDO, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE PRIMERA NOMINACIÓNDon Bernardo Sayago, soltero, mayor de edad, libre de patria potestad como lo testificó su señor padre, don Eusebio Sayago, dijo que, para resguardo del administrador de Alcabalas de esta ciudad, don Luis Uribarry, provisto últimamente a este destino, otorga que sale y se constituye como su fiador y principal, liso y llano pagador en caución del derecho municipal que es a su cargo, durante subsista en dicho destino.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODon Juan Nogueira, de esta vecindad, otorga que vende al Presbítero Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, dos ranchos de ganado mayor, menor y de labor, situados en las faldas del Cofre de Perote, con sus casas, trojes, jacales, tierras, agua, pastos y demás que le pertenece; el primero nombrado Soncuantla [Zoncuantla] y su agregado potrero del Ahuacate [Aguacate], lindando por el oriente con el rancho de la Yerbabuena y con las tierras de Coapespa [Coapexpan] de los indios de Xalapa, hasta el río Sordo, que es el lindero de dicho Ahuacate [Aguacate]; por el norte con dicho rancho de la Yerbabuena y con los ranchos de Camotepec, alías de los Zapateros Martínez, hoy del comprador, el de Santa María que es del comprador, y el de don Felipe Díaz de Peón; por el poniente con tierras de San Salvador; y por el sur con tierras de la Orduña y Briones, tierras del Mayorazgo. Y el segundo rancho es el nombrado de la Yerbabuena, situado también en las inmediaciones de esta ciudad, en término de su jurisdicción, en la falda oriental de dicho Cofre de Perote, lindando por el oriente con tierras de estos indígenas por el río Sordo; por el norte por el dicho rancho de Camotepec o Zapateros; por el poniente con el dicho Soncuantla [Zoncuantla]; y por el sur con el dicho potrero del Ahuacate [Aguacate], agregado a Soncuantla [Zoncuantla] por el señor padre del comprador en escritura con fecha del 3 de abril de 1786; cuyo rancho lo hubo y compró de su hermano don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate en esta ciudad el 21 de noviembre de 1831. Vende ambos ranchos en precio de 10 600 pesos, de los cuales ha de seguir reconociendo el comprador 4 000 pesos a favor de la capellanía que sirve el mismo comprador en el Beaterio.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODon Juan Sánchez y doña Josefa Pérez, de esta vecindad, dijeron que demandando el primero a la segunda la propiedad de una casa, habiendo intentado el medio de conciliación sin haber conseguido la transacción, y deseando que se terminen sus diferencias están resueltos a comprometerse en árbitros, arbitradores iuris, por lo cual otorgan que comprometen las pretensiones introducidas por ambos en dicho acto conciliatorio, él en el Licenciado don Antonio Viamonte y ella en don Juan Nepomuceno de Urquía, ambos vecinos de esta ciudad, a quienes nombran por jueces árbitros, por arbitradores de derecho y por amigables componedores, confiriéndoles amplio poder y facultad para que antes de treinta días sentencien y determinen definitivamente el expresado litigio.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODoña María Inés Gutiérrez de Villaverde, con licencia de su esposo don Juan Antonio Villaverde, de esta vecindad, otorga que debe y se obliga a pagar a don Manuel de la Torre y Carvia, de esta vecindad, la cantidad de 400 pesos, cuyo pago hará dando 20 pesos cada mes, desde este día en adelante y en el ínterin sus réditos del 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad hipoteca una casa con el sitio que le pertenece, de 17 varas de frente y 57 de fondo, situada en esta ciudad, y linda por el oriente con casa que fue de doña María Magdalena de la Torre y hoy es de don Felipe Ruiz, haciendo esquina entre las calles del Ganado y de la Caridad. La cual hubo y compró de doña María Josefa Cruz Ortiz de Zárate, por escritura otorga el día de hoy.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODon José María Peredo, de esta vecindad, otorga que vende a don Juan de Quero, vecino de los Dos Ríos, una casa situada en esta ciudad, la que hace dos frentes, el principal que es de 18 varas, al norte con la calle principal que sale para Veracruz y del otro lado casa que fue de la viuda de don Sebastián Barradas; por el oriente linda con callejón del Perro y tiene 14 y una tercia varas; por el poniente linda con casa y solar que fue de don Juan de Bárcena; por el sur, que es su fondo, mide 56 y tres cuartas varas y linda con casa y solar que fue de don Manuel de Zárate. La cual hubo y compró de doña María Ignacia Ortiz, por escritura otorgada en esta ciudad el 24 de febrero de este año. La vende en precio de 600 pesos; un armazón en 40 pesos; y quinientos ladrillos en 18 pesos 6 reales; cuyas tres partidas suman 658 pesos 6 reales.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO