Doña Bárbara Apolbón, doncella de noventa y seis años de edad, de esta vecindad, de cuya identidad testificaron don Manuel Toro y Manuel Gil; dijo que es dueña de un solar situado frente a la calle del Chorrito en esta ciudad. Solar que tiene 16 varas de frente y 25 de fondo, con 3 cercas de madera, siendo la de la parte del sur de pared de cal y canto y está propia de don Narciso José de Echeagaray; cuyo solar linda por el oriente, calle en medio, con casa de doña Micaela Torres y con solarito de Jacinta Malpica; por el poniente con casa de la comparente; por el sur con solar del mismo Echeagaray; y por el norte con solar que fue de doña Gertrudis Vivanco. Cuyo deslindado solar hubo y heredó la comparente de su madre doña Francisca Aguilera, quien a su vez la heredó de su tía doña Micaela Bandala, mismo que ahora vende a José María Quintana, de esta vecindad, al precio de 50 pesos de contado.
UntitledXALAPA, CIUDAD
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Doña Micaela Lerroux de Herrasti, viuda de don José Felipe Herrasti, dijo que por fallecimiento de éste quedó una casa sociedad ubicada en esta ciudad, en la calle primera de San Francisco de Paula, perteneciente a la testamentaria del dicho finado. Que esta finca la arrendó a don Francisco Rosas el mes próximo pasado de febrero, por tiempo de tres años, pero teniendo ya meses que se marchó Rosas de esta ciudad, la otorgante pidió autorización ante juez de letras para que se le permita volver a arrendar la citada finca, misma que le fue concedida. Por lo cual, la comparente otorga en arrendamiento la citada casa a don Manuel de la Torre y Carvia, de esta vecindad, por tiempo de dos años que comenzarán a correr y contarse desde el 21 de septiembre del presente año, en precio de 50 pesos mensuales, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
UntitledEl ciudadano Miguel Hidalgo, de esta vecindad, dijo que posee por propio un solar en esta ciudad, al concluir la calle de Santiago, con 27 varas de frente al norte y su fondo al sur hasta la orilla del río de Santiago, mismo que hubo por compra que hizo a don Marciano Masguret, en fecha de 6 de abril de 1801. De cuyo deslindado fundo vende al ciudadano José María Ignacio Carmona, una cuchilla de tierra con 5 varas de frente al norte y en su fondo 4, que lo hace hasta la orilla del río de Santiago, en precio de 27 pesos, que tiene recibidos de contado.
UntitledDon José María Grajales, de esta vecindad, marido de doña María Manuela de Espino y Soria, dijo que ésta posee por propio un solar que le dejó en herencia su padre don Guillermo [de Espino], fundo que está situado en Coatepec, en la calle que sale del Calvario para el espinal, a tres cuadras de distancia, en el medio de dos esquinas, lindando por el oriente con tierras de José Antonio Rosalío, por el norte con tierras de José Benito, por el sur con tierras del vendedor, y por el poniente con tierras de María Tomasa, viuda de José Martín; cuyo solar tiene de frente 102 varas que lo hace al norte y de fondo 90 varas que lo hace al sur. Lo vende al administrador de los bienes de su esposa, el ciudadano Simón Narciso, en precio de 85 pesos.
UntitledDon José Antonio Ochoterena, vecino de la villa de Zacapuaxtla, presentó poder otorgado por doña Ana Josefa Alzaga, viuda de don Cayetano Gándara, vecina también de aquella villa, en el que se le faculta vender una casita y solar, ubicados en esta ciudad, que fueron de la propiedad de doña Antonia Amaya, primera esposa de Gándara, y éste dejó a dicha señora Ana Josefa. Solar que tiene 36 varas de frente al oeste, y linda por la parte del norte con calle del basurero, que queda frente al juego de bochas, y 51 de fondo que lo hace al este, y por el sur con solar que fue de la difunta tía Mata. Dicha señora Alzaga tiene un hijo llamado Francisco de Paula y quiere que a éste niño se le reconozca a depósito irregular sobre dicho solar y casita, la cantidad de 200 pesos. Razón por la cual, el señor Ochoterena otorga que vende el citado solar y casita a don Antonio José Peredo, de esta vecindad, en cantidad de 850 pesos, quedando a reconocer éste 200 pesos a favor del menor Francisco de Paula Gándara, con el premio de un 5 por ciento, por lo que quedan libres 650 pesos, mismos que se da por satisfechos.
UntitledDon Dionisio Camacho, de esta vecindad, dijo que posee por propia una casa ubicada en esta ciudad, al costado del templo de San José, haciendo frente calle intermedia con los asientos y pasamanos inmediatos a dicha iglesia. Por cuyo frente, que es el sur, se le miden 16 varas y 42 de fondo al norte, por donde linda con la plazuela de dicho templo, por el oriente con paredes y sitio de una casa arruinada llamada de los Rebolledos, y por el poniente con solar y casa rústica de Rafael Adame, misma que hubo y compró a los herederos del Presbítero don Blas Cortés. Cuya deslindada casa, vende al ciudadano Trinidad Téllez, en precio de 400 pesos.
UntitledDon José Joaquín Pineda, vecino de la ciudad de Puebla, dijo que sus hermanos don Ignacio, doña Ana María, doña María de Jesús y doña María Josefa Pineda le confirieron poder para vender los bienes que son de su pertenencia. Asimismo, dijo que usando de la facultad de dicho poder y siendo también uno de los interesados, solicitó autorización para vender diez caballerías de tierra que se hallan en inmediaciones del pueblo de Naolinco de este cantón, el último resto de los bienes que quedaron por fallecimiento del Capitán don Manuel de Acosta, y últimamente era dueño de ellas el cura de la parroquia de San José de Puebla, don José María Mellado, quien dándoles el nombre de tierras de Xalapa, las legó y donó al comparente y sus hermanos. Tierras que el comparente pretendió vender, encontrando dificultades para ello, ya que están empeñadas por 1 000 pesos en favor de don Rafael de Aguilar, vecino de Naolinco, además, corresponde una y media de dichas diez caballerías a las hijas de doña Josefa Meza. Siendo otra de las dificultades que ni el albacea del señor cura Mellado ha hecho las adjudicaciones de las tierras a los Pineda, ni el Cura don Vicente de la Barreda ha acordado hacer la distribución prevenida en la cláusula testimoniada inserta en esta escritura. Aunado a las dificultades anteriores, el comparente carece de títulos de dominio y propiedad que compruebe que las tierras en mención son las mismas de que habla el cura Mellado en su testamento. Considerando los problemas antes mencionados, don Rafael de Aguilar, a quien se le hará la venta de dichas tierras, acordó recíprocamente con el comparente y las partes de Aguilar, en que no se le expida escritura de venta de las seis caballerías de tierra, sino que se le vendan a lo menos los derechos hereditarios. Por lo cual, don José Joaquín, a nombre propio y en representación de sus hermanos y del albacea del cura Mellado, don José Marcos Jiménez, por quienes presta voz y caución, otorga que vende a don Rafael de Aguilar, vecino de Naolinco, el derecho legatario, hereditario o cualquier otro que competa al otorgante y sus hermanos, a 6 caballerías de tierra de las 10 llamadas de Tecuan, cuyos linderos son los siguientes: por el oriente linda, hacia la izquierda cerro abajo en la cruz de la laguna de Tenajapa, con tierras de los naturales de Naolinco; por el centro hacia la cruz de Aguatepec, linda con tierras de los indígenas de San Antonio, y a la derecha linda con tierras de la hacienda de Almolonga, propia de don Manuel María Carasa; por el sur sigue lindando con las mismas tierras de Almolonga, desde el paraje llamado Piedra de León hasta el nombrado Rincón de Guadalupe; por el poniente, Mal País arriba linda con tierras de San Diego hasta la cruz que llaman de los Álvarez; por el norte con tierras de don José Reyes hasta el cerro del Campanario con su respectiva cruz hacia la izquierda del lindero. Dicha venta se hace en precio de 500 pesos, de los que don Rafael entregó 100 pesos de contado y los 400 pesos restantes que también le han entregado, pero no en dinero, sino subrogando en la acción a esa cantidad que tiene depositada don Julián Domínguez, vecino de Naolinco, a la disposición del presbítero don Francisco de Campo, quien la ha consignado al otorgante para que cobre del depositario en el mes de octubre del año de 1832. Don José Joaquín señala, que el derecho legatario se halla libre de todo gravamen y por lo mismo podrá el comprador comparecer ante el albacea del señor cura Mellado, y exigirle la escritura de adjudicación que está obligado a extender en favor de los legatarios, como si Aguilar fuera nombrado en la cláusula citada, exigiéndole también los títulos de dominio y propiedad con que el testador se consideró capaz de hacer este legado. Se menciona, que en caso de que el albacea se reúse a lo antes mencionado, entonces el otorgante y sus comitentes en juicio, devolverán el precio de esta venta y le resarcirán los daños y perjuicios que se ocasionen.
UntitledDoña Gertrudis Vivanco, de esta vecindad, dijo que desde enero de 1825 celebró venta de un solar a favor de doña Soledad Rojano, en cantidad de 250 pesos. Cuyo solar tiene 37 varas contadas desde la calle de Jalitic [Xallitic], hasta una muralla o pared que existe en el fondo de la casa de la comparente, habiéndose tratado desde aquella fecha en que la compradora había de hacer uso de los derrames de agua de la casa de la comparente. Que el solar tiene de frente 31 varas, lindando por el costado del sur con el de casa de las Apolbones, y por el del norte con el de casa que fue de don Juan de Ariza. De dicha venta no otorgó la escritura correspondiente, por lo que a través de la presente ratifica la venta en doña Soledad Rojano, al precio de 250 pesos, a quien desde la fecha antes citada le tiene echa posesión.
UntitledDoña María Dolores Galán, natural del pueblo de Ixhuacán y vecina antigua de este pueblo de Xicochimalco, hija de don Miguel Galán y de doña María de la Luz León, difuntos, vecinos que fueron del dicho pueblo de Ixhuacán. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Ordena se den 20 pesos a su hija Micaela Jerónima, y otros 20 pesos para la compostura de la parroquia de este pueblo. Manda se digan misas a la emperatriz del cielo, y otra de indulto. Previniendo los gastos de lo antes mencionado y lo que se acumule por gastos de su enfermedad, pide se saque del quinto, y el remanente de éste deja consignado a su hijo Manuel de Jesús y a su hija Manuela Tiburcia, para que se repartan en partes iguales. Declara fue casada con el finado don Diego Melchor Gutiérrez, ninguno de los dos llevó cosa alguna al matrimonio, y durante el procrearon catorce hijos, de los que murió María de la Luz [Gutiérrez]. Declara que su caudal se compone en bienes, y según el avalúo es de 6 172 pesos 2 reales 1 grano, que sacando el quinto, que es de 1 232 pesos 3 reales 7 granos y 45 centavos, quedan líquidos 4 929 pesos 6 reales 5 granos y 80 centavos. Nombra por sus herederos a sus hijos Micaela Jerónima, Juan José, María Manuela, Manuel Esteban, Manuel de Jesús, Manuela Tiburcia, María del Carmen, Diego Susano, José Vicente, José Joaquín, José Gabriel, Ana María y Juan Bautista [Gutiérrez]. En atención que sus hijos María del Carmen, Diego Susano, José Vicente, José Joaquín, José Gabriel, Ana María y Juan Bautista se hallan en edad pupilar, nombra por su tutor y curador de sus bienes a su hijo Manuel de Jesús, a quien le releva de fianza y le consigna fructos para alimentos y mantención. Nombra por albacea testamentaria, albacea y ejecutor de este testamento a su hijo Manuel de Jesús.
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