Don Juan N. Llorente y don Casiano Guerrero, de cuyo personal conocimiento testificaron el señor Cura Diputado don Gabriel Ferra y el Licenciado don Manuel Núñez Guerrero, expresando que Llorente es vecino del pueblo de Santa Catarina y Casiano del pueblo de Tantoyuca, cantón de Tampico; otorgan que prometen vender a don Luis García Teruel, vecino de su hacienda de Lucas Martín, y éste último promete comprarles, cinco mil toros a 13 pesos cada uno bajo las siguientes condiciones: Que Teruel ha de pagarles al contado en el pueblo de Teziutlán, tan luego que su comisionado reciba cada partida de toros; que el ganado debe ser de tres años de edad para arriba; que los vendedores han de entregar a Teruel mil toros cada año, por el tiempo de cinco años continuos, desde noviembre hasta abril, a partir del próximo mes de noviembre; que en el pueblo de Cuespalapa se han de entregar las partidas parciales de doscientos a cuatrocientos toros; que dicho ganado ha de estar en buen estado; que dos días antes de llegar al punto de Cuespalapa, deberán los vendedores avisar al comisionado del comprador en Tlapacoyan, para que este pueda pasar comodonamente a Cuespalapa a esperar la entrega; entre otros detalles que se mencionan.
UntitledXALAPA, CIUDAD
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Don Juan Francisco Oliva, albacea de doña María Ignacia Herrera, instituido y nombrado por tal en una memoria simple, elevada a la esfera de testamento judicial por un auto que proveyó el alcalde segundo de esta ciudad, el día 28 de septiembre de del presente año y que el original se protocolizó en este registro; otorga que vende realmente a don José María de Santa María, una casita situada en esta ciudad, en la esquina de la calle que va para Almolonga, la cual mide 17 varas de frente y 34 de fondo; lindando por el poniente con doña Manuela Vega; por el sur con Francisca Guevara y por el norte calle en medio de Almolonga. Cuya casa ya deslindada, la edificó la misma testadora sobre unas paredes y el sitio ya demarcado que su marido Mariano Jacinto Rodríguez compró a Pablo Sebastián Bañuelos, por escritura pública que le otorgó en esta ciudad el 12 de enero de 1799. La vende en la cantidad de 350 pesos que confiesa haber recibido al contado.
UntitledDon José Manuel de Zulueta, de esta vecindad, dijo que, en el mes de mayo del presente año convino con don Francisco Javier y don José María Gorospe en darles una libranza contra don Manuel García de la Mata de 3 170 pesos 6 reales, que tenía en poder de éste según saldo de cuentas corrientes. Y en virtud de necesitar los señores Gorospe de igual suma en las ciudades de Puebla o México, donde el indicado Mata le ofreció al relacionante entregarle el expuesto crédito. Y habiendo recibido la misma cantidad de los Gorospe en esta ciudad y, por otra parte, habiendo Mata protestado o respaldado dicha libranza, convino el que habla con los Gorospe en que se quedara la referida suma de 3 170 pesos 6 reales en su poder caucionándola con la hipoteca de bienes que adelante se hará. Por lo tanto, don José Manuel de Zulueta otorga que debe y se obliga de pagar a don Francisco Javier y don José María Gorospe la supradicha cantidad que de ellos ha recibido, dentro de dos años que comenzarán a contarse desde el día 15 de julio último y en el ínterin los réditos de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad de esta deuda, hipoteca un rancho de ganado mayor que tiene en tierras ajenas tituladas del Encero, pertenecientes a don Juan Francisco Caraza.
Don Manuel Patiño, de esta vecindad, como apoderado de doña Cecilia y don Manuel Toral, otorga que vende a don Manuel María Carasa, una casa de cal y canto, situada en esta ciudad en la calle de que llaman de Alfaro, por la cual hace su frente al norte, haciendo esquina que da vuelta a un callejón que está a la espalda de la casa de don Juan Francisco de Bárcena, por el oriente; por el sur linda con callejón que de la casa de los herederos de don José Cordera sale y va para la calle principal; y por el poniente linda con solar y jacalitos pertenecientes a la cofradía del Santísimo de esta parroquia. Cuya deslindada finca la obtuvieron sus poderdantes por herencia de doña Ana María Toral. La cual existe hoy ésta libre de todo gravamen, censo e hipoteca, pues el día de ayer el otorgante redimió la cantidad de 588 pesos, 3 y medio reales en que estaba gravada a favor del Presbítero don José Policarpo Rodríguez. Vende dicha finca con el sitio que le pertenece que son 50 varas de frente y otras tantas de fondo en precio de 1 600 pesos en reales de contado.
UntitledDon José Francisco Rodríguez, vecino de Actopan y residente en la actualidad en esta ciudad, otorga que vende realmente a don Francisco González, un solar eriazo, situado en la cumbre de la calle que llaman de Alfaro, con 131 y tercia varas de frente que lo hace al oriente y la extensión del fondo hasta el caño de Jalitic [Xalllitc]; por el sur linda con terreno de los herederos de don José María Alfaro, y por el norte con tierras de la ciudad; excluyéndose de todo este terreno: 12 varas de frente y 50 de fondo que se le han vendido a doña Ana Josefa Márquez; 34 varas de frente y 20 de fondo a Florencio Zacarías y 57 y tercia varas de frente y 50 de fondo a José Rufino Rojas; el resto de dicho terreno es el que heredó de sus difuntos padres don Juan Manuel Rodríguez y doña María Mauricia Rodríguez. Y el mismo que ahora vende, en precio de 150 pesos que declara haber recibido en reales de contado.
UntitledDon Manuel López, de esta vecindad, otorga que vende a don Jorge de la Serna, una casa de piedra y lodo, situada en esta ciudad, con el sitio propio que le pertenece, con 64 varas de fondo y 22 de ancho, en la calle que de la plazuela de la Constitución sigue por el poniente en la cuadra del campanero, haciendo frente al norte y esquina al poniente con callejón que va al de las Guzmanas o Tecajetes; por el oriente linda con solar de Ana María; y por el fondo al sur con el solar de las Guzmanas. Cuya casa hubo y compró de don Gabriel Roso hace como veinte años. La vende en precio de 150 pesos.
UntitledDoña Ana Ladrón de Guevara, vecina de Jilotepec, de cuya persona da conocimiento don Joaquín de Mora y don Bernardo Acosta, quienes informaron que dicha señora es libre de matrimonio, tutela y patria protestad. Por la presente, otorga poder general a don Matías Martínez de Espinosa, de esta vecindad, para que a su representación haya, perciba, demande y cobre todas las cantidades de dinero y cosas de cualquier especie le deban. Y de lo que percibiere y cobrare otorgue recibos, cartas de pago, finiquito, poder y lasto.
UntitledLos ciudadanos Juan José y José Mariano Díaz de Torres, vecinos de Actopan y residentes en ésta, otorgan que venden realmente a Vicente Gómez, una casa en esta ciudad, situada en la calle de Cantarranas, lindando por el oriente con solar del comprador; por el poniente con solar de Margarita Camarillo y por el sur con el arroyo que va a la Alameda. Cuya casa deslindada, la obtuvieron por herencia de su difunto padre don Francisco Díaz de Torres, como consta de la información de testigos que rindieron al alcalde segundo constitucional, por no contar con el título de propiedad. La venden en precio y cantidad de 250 pesos, los que declara haber recibido en reales de contado.
UntitledDon José Manuel de Zulueta, de esta vecindad, otorga que debe y se obliga de dar y pagar a don Luis García Teruel, vecino de Lucas Martin, la cantidad de 3 170 pesos, que por hacerle bien y buena obra le ha prestado. Y promete que el pago lo hará dentro de dos años, que comenzarán a contar desde esta fecha y, en ínterin de demora, sus correspondientes réditos de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad de esta deuda, sus réditos y costas de la cobranza, hipoteca un rancho de ganado mayor que tiene en tierras ajenas tituladas del Encero [Lencero], pertenecientes a don Juan Francisco Carasa, compuesto de una casa, dos cercas, 351 cabezas de ganado, con todo lo que el rancho le pertenece. Quién promete no vender el rancho, ni enajenar, hasta que dicho capital y réditos no estén satisfechos.
UntitledLa señorita doña María Dolores González y Zayas, mayor de edad, libre de tutela, de esta vecindad, dijo que, su padre don Dionisio González y Cabrera falleció bajo la disposición testamentaria que formalizó en esta misma ciudad, el 9 de noviembre de 1830, inserta literalmente en la presente escritura. Asimismo, dijo que su padre nombró como albacea a doña Idelfonsa Zayas, madre de la otorgante, quien murió y recayó el cargo en la comparente. También dijo que su padre era dueño de la hacienda Maxtatlán, la cual entregó desde el 4 de octubre de 1827 a don Manuel Santa María en promesa de venta por precio de 10 500 pesos, con causa de réditos de un 5 por ciento anual, bajo condiciones que se mencionan en el testamento. Y para ir dando cumplimiento a las disposiciones del testador, doña María Dolores González otorga que ratifica el contrato de venta que su padre celebró a favor de don Manuel Santa María, del rancho nombrado San Sebastián Maxtatlán, con todo cuanto le pertenece, tal y como lo poseyó dicho finado, que lo hubo de don Domingo Franceschi según por escritura formalizada en esta ciudad con fechada del 11 de enero de 1811, y bajo los linderos especificados en el reconocimiento ocular y posesión que practicó don Gaspar de Iriarte, Subdelegado que fue de esta ciudad, en el mes de diciembre de 1795. Dicha venta la hace por precio de 10 500 pesos, en cuenta de los cuales le ha de completar el comprador a don Matías Espinoza 3 000 pesos que quedó a deber el difunto; asimismo, Santa María tiene entregados al difunto padre de la otorgante y a su testamentaria 4 185 pesos, por lo cual ha de pagar finalmente 3 315 pesos, en tres pagos anuales de 1 000 pesos y al siguiente el completo de la cantidad, con el premio de un 5% anual. Y para mayor seguridad del capital y sus réditos, Santa María hipoteca el mismo rancho que ha comprado.
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