Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 1832/12/04 (Creación)
Nivel de descripción
Volumen y soporte
f. 474 - 476 vta.
Área de contexto
Nombre del productor
Institución archivística
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
Don José Manuel de Zulueta, de esta vecindad, dijo que, en el mes de mayo del presente año convino con don Francisco Javier y don José María Gorospe en darles una libranza contra don Manuel García de la Mata de 3 170 pesos 6 reales, que tenía en poder de éste según saldo de cuentas corrientes. Y en virtud de necesitar los señores Gorospe de igual suma en las ciudades de Puebla o México, donde el indicado Mata le ofreció al relacionante entregarle el expuesto crédito. Y habiendo recibido la misma cantidad de los Gorospe en esta ciudad y, por otra parte, habiendo Mata protestado o respaldado dicha libranza, convino el que habla con los Gorospe en que se quedara la referida suma de 3 170 pesos 6 reales en su poder caucionándola con la hipoteca de bienes que adelante se hará. Por lo tanto, don José Manuel de Zulueta otorga que debe y se obliga de pagar a don Francisco Javier y don José María Gorospe la supradicha cantidad que de ellos ha recibido, dentro de dos años que comenzarán a contarse desde el día 15 de julio último y en el ínterin los réditos de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad de esta deuda, hipoteca un rancho de ganado mayor que tiene en tierras ajenas tituladas del Encero, pertenecientes a don Juan Francisco Caraza.
Valorización, destrucción y programación
Acumulaciones
Sistema de arreglo
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Condiciones
Idioma del material
español
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Instrumentos de descripción
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Existencia y localización de copias
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Notas
En el margen del documento se cita: \"Queda esta escritura insubsistente sin valor, ni efecto, en atención a que el deudor Zulueta como los Gorospe han asegurado haber hecho novación del contrato, trasladando la deuda aquí mencionada en otra obligación extrajudicial o quirografaria que han celebrado, en Xalapa a 24 de diciembre de 1832\", f. 474 vta. - 475. Al final del documento dice \"No pasó\".