Don José Antonio Colorado, Gobernador; don Pablo Antonio, don Juan Francisco, Don Desiderio Antonio, Alcaldes; Juan José, José Vicente y Pascual de la Cruz, Regidores; Vicente y José Antonio, Escribanos; todos actuales oficiales de Ixhuacán de los Reyes, otorgan poder a don Juan Cardeña,para que los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
SANTIAGO AYAHUALULCO, PUEBLO DE
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Rosa María, india del pueblo de Santiago Ayahualulco, viuda de Francisco Juan, difunto, por medio de Hermenegildo que hizo oficio de intérprete por ausencia de Antonio Barradas, otorga poder especial a don José Ramos, vecino del pueblo de Jalapa, para que en su representación pida partición y división de los bienes que quedaron por fin y muerte de su marido, ya que ella se quedó con 3 hijos menores.
Don Mariano Hernández y don José Joaquín Álvaro, síndico procurador y secretario del Ayuntamiento Constitucional del pueblo de Yzhuacan [Ixhuacán] de los Reyes, y comisionados por aquella corporación, otorgan poder especial al bachiller don Ramón María de Terán, vecino de esta villa, para que en nombre de la mencionada corporación, conteste y continué todos los trámites en el juzgado de primera instancia de este partido, el artículo que tiene intentado don Marcelino de Rugama contra dicho pueblo de Yzhuacan [Ixhuacán] y su anexo Santiago Ayahualulco sobre términos y linderos de sus terrenos, haciendo para tal efecto todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan.
Zonder titelLos ciudadanos José Luis Melchor y Marcelo José, Alcalde el primero y Síndico el segundo, que expresaron ser del pueblo de Santiago Ayahualulco en el distrito de este cantón, otorgan poder a don Francisco María Roldán para que a nombre de los comparentes como tales representantes del referido pueblo los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios que al presente tiene o en adelante se les ofreciere sobre cualquier cosa o bienes que les pertenece, cobrando las cantidades que se les deban.
Zonder titelDon José Encarnación Morales y don Sebastián Fabián, síndicos procuradores de los pueblos de Ixhuacán de los Reyes y Santiago Ayahualulco, en unión de José María Morales, regidor decano, y don José María Hernández, alcalde propietario de los citados pueblos; dijeron que en uso de las facultades que la ley les demarca, otorgan poder especial al licenciado Carlos Hernández Viamonte, residente en esta villa, para que a nombre de los pueblos haga personería y agencias en este Superior Tribunal de Segunda Instancia, en donde se hayan los autos que siguen con don Marcelino de Rugama sobre tierras; haciendo en su virtud los nombramiento de con jueces que les corresponda y los alegatos que sean necesarios hasta la sentencia.
Zonder titelEn Cabildo parecieron los Oficiales de la República de los pueblos de Ixhuacán de los Reyes y Santiago Ayahualulco, quienes dijeron que revocan el poder que tienen conferido a don Manuel Ramírez de Arellano y lo otorgan a don Lorenzo José Cabrera, Agente de Negocios de México, para que defienda a dichos pueblos y sus comunidades de los pleitos civiles, eclesiásticos y seculares con cualquier persona o comunidades, haga y presente requerimientos, súplicas, alegaciones, autos, diligencias y todo lo que sea necesario, por lo que se le da éste con libre y general administración.
El Alférez don Bartolomé Salvo, vecino y del comercio de este pueblo de Jalapa, como arrendatario que es de las Reales Alcabalas de los curatos de Coatepec y de Ixhuacán de los Reyes, en los que se incluyen los pueblos de Xicochimalco, Teocelo, Santiago Ayahualulco, Jalcomulco, los ingenios y ranchos desde el Río Nacastapalapa, también las lomas hasta el Río de los Pedernales, y el Ingenio de Pacho, otorga poder especial a don José Martínez Ortiz, para la recaudación y cobranzas del real derecho de alcabala a todas las personas que debieran.
Don Martín Lázaro, Gobernador; don Salvador Francisco, don Martín de la Cruz y don Felipe de Santiago, Alcaldes, don Valentín de la Cruz, don Bartolomé de la Cruz y don Francisco de la Cruz, Regidores y Francisco García, Escribano, todos oficiales de gobierno del cabildo del pueblo de Ixhuacán de los Reyes, junto con los del pueblo de Santiago Ayahualulco, otorgan poder general a don José de la Presa y Miranda, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Juan Martín de Zurbano, vecino de este pueblo, otorga poder especial a don José de Ayala, para que con vara de la Real Justicia, cobre las reales alcabalas que se adeudaren a razón del 8 %, en los partidos de Coatepec e Ixhuacán de los Reyes y sus pueblos de Xicochimalco, Santiago Ayahualulco, Teocelo, incluidos sus rancherías y los ingenios del Grande, la Orduña y el de Pacho y el pueblo de Jalcomulco.
Gaspar Melchor, vecino del pueblo de Santiago Ayahualulco sujeto al pueblo de Ixhuacán de los Reyes, albacea de Francisco Juan, como tal otorga poder a don Juan de Medina Caraveo, vecino de Jalapa, para que en su representación pueda parecer ante cualquier juez y justicia y pida la venia para poder vender el ganado que dejó el difunto, presente testigos y cualquier otra información; si es necesario siga litigio con la viuda madre de los menores hijos o con otra cualquier persona.