Don Antonio Gutiérrez del Pozo, originario de las montañas de Santander en la península española, radicado y con comercio en el pueblo de Misantla, hijo legítimo de don Juan Gutiérrez y de doña Ramona Lloreda y Obregón, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con doña Ana Rafaela Gil de cuya unión tienen dos hijas, que lo son Romana de cinco a seis años y Donaciana de dos años. Declara que cuando contrajo matrimonio tenía de 7 a 8 000 pesos y su nominada esposa no llevó nada. Declara que los bienes que actualmente disfruta son una casa ubicada en el pueblo de Misantla, otra casa que construyó contigua a la anterior, un establecimiento de tienda en una de las casas referida, unas mulas de carga y los demás bienes que les consta a sus albaceas. Declara que habiendo fallecido en la otra América su tío don Ángel Lloreda y Obregón, parece que debe heredarlo. Declara que tiene tratado con los naturales de Colipa la compra de unos terrenos de propiedad particular de ellos en cantidad de 2 000 pesos. Declara que en poder de don Cayetano Nogueira de Veracruz tiene 800 pesos resto de la vainilla que le vendió este mes, que dicha vainilla fue de don José Policarpo Méndez y de don Gabriel Acosta. Declara que llevó compañía con don Bernardo Sayago de este comercio en un empleo de vainilla, de cuya negociación quedan instruidos sus albaceas. Declara que habiéndole comprado a la Hacienda Nacional 114 reses a 7 pesos cada una, tomó la mitad de ellas don Gabriel Acosta quien debe aún su importe. Declara haberle vendido a don Atanasio Orduña una fábrica de elaborar aguardiente, la cual fue de su propiedad, cuyo valor le resta aún Orduña. Declara que sus demás relaciones y créditos constan por sus apuntes y libros de gobierno. Ordena que el quinto libre de sus bienes se aplique a su esposa doña Ana Rafaela. Y en el remanente que quede libre de sus bienes instituye y nombra por sus universales herederos a sus dos hijas Romana y Donaciana Gutiérrez del Pozo y Gil. Y para cumplir su disposición nombra por sus albaceas a su esposa doña Ana y a don Manuel Antonio Ruiz; y nombra por tutor de sus dos hijas al presbítero don Francisco Antonio Gil.
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Don Santiago Ruiz, natural de las Montañas de Santander, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, hijo de don Manuel Ruiz y de doña Antonia Abascal, difunto el primero y de la segunda lo ignora, otorga su testamento donde ordena se otorgue de donativo a Fernando VII, 2 000 pesos; de limosna para los pobres, enfermos e impedidos 300 pesos y 500 pesos se distribuyan entre las viudas necesitadas; 500 pesos deja al Hospital de San Sebastián de Veracruz para curar a los enfermos; encarga que a los dos meses de su muerte se de libertad a una esclava parda nombrada Dolores; declara tener 31 años y que contrajo matrimonio con doña María Trinidad Rubio, y él tenía de capital 25 000 pesos; declara tener compañía con don Manuel Martínez de Samperio; tiene una tienda de géneros y comestibles y otra de ropa, ambas en la Nueva Veracruz; incluye otras disposiciones. Nombra como albacea a su esposa, a don Juan y don Manuel Ruiz, sus hermanos y a su socio Manuel Martínez, deja como heredera en las dos terceras partes a su madre y si esta faltase, entonces a sus cuatro hermanos y en el remanente de sus bienes a su esposa.
Don Francisco de San Juan, natural del lugar de Arrieta de las Montañas Obispado de Santander en los Reinos de Castilla y residente en la ciudad de Valladolid en la Nueva España, hijo legítimo de don Manuel de San Juan y de la difunta doña María Antonia de San Juan, otorga su testamento donde declara que tiene compañía de una tienda con don Bernardo Foncerrada, en Valladolid, y por su industria y trabajo le señaló el tercio de ganancias. Nombra como albacea testamentaria a don José de San Martín, vecino de Jalapa y como heredero universal a su padre don Manuel de San Juan, quien vive en Valladolid.