Juan Ximénez [Jiménez], vecino de la ciudad de Cádiz, residente en esta villa de Córdoba, soldado de la capitana de flota surta en San Juan de Ulúa del cargo del Conde de Villanueva, en voz y en nombre de don Luis de Aranda, Capitán de dicha capitana, otorga que vende al Regidor Joseph [José] de Leiva, un esclavo nombrado Juan Andrés Márquez de nación Congo, que es del Capitán don Joseph [José] Márquez de Luna, vecino de Cádiz, uno de dos muleques que don Juan Herrera, vecino de Veracruz, le vendió en dicha ciudad. Lo vende en 345 pesos de oro común, y para seguridad de la venta nombra como fiador a [Francisco] de Arévalo, dueño de recua, vecino de San Juan Coscomatepec.
Sem títuloSAN JUAN COSCOMATEPEC, PUEBLO DE
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Jacinto de Peralta, Clérigo Subdiácono, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara por sus bienes una sotana, un manto y la demás ropa de su vestir; un negro que era de su padre, que lo empeñó a don Antonio [roto] por 100 pesos. Manda a su tía doña Inés de Peralta que pague el desempeño del negro para que le sirva como cosa suya.
Sem títuloAgustín de Betancur [Betancourt] y Marcos Ximenez [Jiménez], vecinos de la jurisdicción de la villa de Córdoba, dijeron que por cuanto Marcos Ximenez [Jiménez] registró ante el Señor Capitán don Simón Velázquez Bonifaz, Alcalde Mayor de esta jurisdicción, una mina en la parte sur de la sierra de Matlaquiauitl [Matlaquiahuitl], frontera de donde tiene su rancho, al pago de los Cinco Encinos, la cual registró ante dicho alcalde y escribano en el pueblo de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec] el 25 de noviembre de este año. Y debido a que dicha mina fue hallada por Juana Dios, mujer de Agustín de Betancur [Betancourt], se hallan los otorgantes con disensiones de las que podrán proceder y resultar muchos pleitos y daños entre los dos, y por aviarlos y estar en paz convienen que la dicha mina sea igualmente de los dos y de sus herederos.
Sem títuloDon Nicolás García, Gobernador [roto] Francisco Juan, Alcalde; Juan Baltazar, Miguel de la Cruz [roto], Regidores; don Juan Lucas, don Juan de Olmos, don Pedro de Olmos, don Juan Pedro y Cristóbal Matías, principales de este pueblo y otros macehuales, mediante don Francisco de Fuentes, intérprete del juzgado, dijeron que este pueblo posee tierras en los alrededores y otro pedazo del otro lado de río Xamapa [Jamapa], llamado Zinextepec, y porque dichas tierras las tienen baldías y por esta causa sería de mucha utilidad arrendar el herbaje que hay en ellas y de lo que obtengan se convierta en lo necesario para su comunidad, por tanto, con licencia del alcalde mayor, arriendan a Marcos Blanco, vecino del pueblo de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec], las tierras que este pueblo tiene desde su salida hasta donde linda con las tierras del pueblo de San Juan Coscomatepec, que es donde tiene su rancho Diego de Guzmán, con las que llaman de la [Yerbabuena], por la cantidad de 20 pesos anuales y por el pedazo de Zinextepec 10 pesos anuales durante cuatro años que dura el arrendamiento.
Sem títuloTeresa Francisca Hernández, parda libre, vecina de este pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], mujer de Francisco Javier de Soto, pardo libre, con licencia del susodicho, vende al Alférez don José del Hoyo, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeq [Coscomatepec], un mulatillo su esclavo nombrado Baltazar, que será de edad de tres años, nacido en su casa, hijo de Andrea, que fue su esclava y hoy es de don Juan José Fernández. Lo vende por esclavo cautivo sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de empeño, enajenación e hipoteca, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio ni enfermedad, en precio de 100 pesos de oro común de ocho reales de plata.
Sem títuloEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor, Regidor Perpetuo por Su Majestad, otorga haber recibido de don Lorenzo Antonio Blanco, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], 600 pesos de oro común en reales, mismos que se obligó de pagarle al otorgante por escritura de fecha de 17 de febrero de 1710, por lo cual, otorgan carta de pago, finiquito y cancelación de dicha escritura.
Sem títuloEl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador Mayor del Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de ella, otorga en arrendamiento a José Hernández Navarro, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las pertenecientes a esta villa, ubicada en el paraje que llaman Pastorcillo y Palotar, que por el lado del sur linda con el arroyo que llaman de [Villegas], desde donde se une el arroyo con el río de la [roto] hasta el camino real que va para San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], donde está el rancho que fundó Juan Morán que está al sur, mirando al norte con el rancho de las vacas de Alonso Galván; por el lado del norte linda con el río de Acatengo de esta villa, que divide las tierras de Alonso Galván con la caballería de tierra; y por el oriente hasta donde [roto] los arroyos con más un pedacito de tierra de la otra banda en el paraje que llaman del Palotar, donde tiene su rancho fundado [roto; poniente con dicho río de la villa. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueve años, que empiezan a correr y contarse de hoy día de la fecha en adelante, por precio de 12 pesos y medio anuales que se obligará a pagarle a él o al procurador que es o fuere de esta villa, sin pleito, pena de la ejecución y costas de su cobranza, y él se obliga a que le será seguro éste arrendamiento y no le serán quitadas, pena de dar otras y tan buenas por el dicho tiempo y precio.
Sem títuloInés María de Serrano y Perea, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomapetec], jurisdicción de la villa de Córdoba, viuda del Pagador don Juan de Buendía, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos y herederos; otorga poder a don José de Ledezma, vecino de la ciudad de México y Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para todos sus pleitos causa civiles y criminales que tenga con cualesquier personas en los juzgados, audiencias y tribunales superiores e inferiores, de ambos fueros eclesiásticos y seculares.
Sem títuloJosé Álvarez Enríquez, vecino de esta villa, dijo que José Álvarez, su tío, en concurso de Diego de Rojas, asimismo, su tío difunto, le otorgó poder general para cobranzas y todos sus pleitos el 28 de enero de 1715 en el pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], lo sustituye en Juan Antonio de los Hoyos, vecino de esta villa, y lo releva según es relevado y obligó los bienes en dicho poder obligado.
Sem títuloDon Bernardo de Buendía, residente en esta villa y vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de esta villa, en voz y en nombre de doña Inés María de Serrano Perea, su madre, viuda del Pagador don Juan de Buendía; y en virtud del poder que le otorgó a don Dionisio Serrano y Perea, hermano y tío del otorgante, para todas sus causas y negocios civiles y criminales; y, asimismo, como tutora y curadora de sus menores hijos; cuyo poder fue sustituido por don Dionisio Serrano Perea en el otorgante. Declara que ha recibido del Capitán don Lope Antonio de Iribas, uno de los fiadores del Capitán Juan de los Santos Cubillos, a saber 1 326 pesos de oro común en reales, los 1 078 y 4 reales mitad de 2 357 pesos que el difunto le quedó debiendo por resto de escritura de mayor cantidad, y los 147 pesos y 4 reales de réditos cumplidos hasta fin de enero pasado del presente año. Cantidad que se dio por entregada, por lo que dio carta de pago, finiquito y cancelación, y le da este poder general y lasto al Capitán don Lope Antonio con libre y general administración con facultad de sustituir y relevación en forma.
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