Don Lucas de Acosta, Factor que fue del Asiento de Negros en este reino celebrado con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea establecida en el reino de Portugal, otorga haber recibido del Licenciado don José Rodríguez de la Peña, Presbítero, vecino de esta villa, 450 pesos de oro común en reales de contado, procedidos de dos negros mulecones que le vendió de dicho asiento, los cuales se obligó de pagarle el 25 de diciembre de 1700; de cuya cantidad se dio por entregado, otorgó carta de finiquito y cancelación de la citada escritura.
UntitledREAL COMPAÑÍA DE GUINEA
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Benito Rendón, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor Perpetuo, una negra esclava nombrada Isabel, casta rallada, que será de más de treinta años, que es la misma que hubo y compró del asiento de negros de la Real Compañía de Guinea establecida en Francia del Capitán don Lucas de Llanos Salazar, Director General en dicho asiento. La vende en precio de 400 pesos de oro común.
UntitledFrancisco Daza, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz y residente en esta villa de Córdoba, como apoderado de María Pascuala de Leiva, morena libre, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz; vende al Alférez Esteban [de Nabal y Pintos], un esclavo negro nombrado Juan Francisco, casta Loango, de treinta años de edad poco más o menos, el mismo que María Pascuala compró de don Lucas de Acosta y don Damián Pereira de Araujo, Factores del asiento hecho con Su Majestad por la Compañía Real de Guinea [en el] reino de Portugal, por escritura hecha en dicha ciudad el [21] de octubre de 1702.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, bajo la escritura que pasó en la villa de Madrid Corte de Su Majestad a los 12 de julio de 1696, ante Diego Fernández Piñero, Escribano de Cámara en el Real Consejo de Indias y de la Junta de Guerra, que fue Su Majestad servido de aprobar por Real Cédula su fecha en dicha villa a 17 de julio de 1696, refrendada por el Señor don Bernardo Antonio de Pardiñas Villar de Francos; y en virtud de nombramiento que le hicieron de dicho cargo los diputados de la junta de dicha Real Compañía en la ciudad de Lisboa a los 22 de mayo de 1699, firmado por dichos diputados y refrendado por Francisco Méndez de Barros, que en testimonio esta protocolado en el registro del oficio público de José de Orduña, Escribano Público de la ciudad de la Veracruz, de cuya facultad usando, otorga que vende a don Juan Valero Grajeda, vecino y Regidor de esta villa, nueve esclavos piezas de diferentes castas, calimbados en el brazo izquierdo con una CR, los mismos que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, almas en bocas huesos en costales, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; siete de ellos en precio de 350 pesos cada uno y los otros dos en 365 pesos de oro común cada uno, que importaron 3 180 pesos, que ha de pagar dicho comprador en los plazos y tiempos que se expresan en la escritura.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a don Diego Valero Grajeda, Regidor y vecino de esta villa, una negra pieza calimbada con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. La vende por esclava cautiva, sujeta a servidumbre, libre de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, alma en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; por la cantidad de 300 pesos, que se obliga a pagar junto con el Regidor don Juan Valero Grajeda, su fiador y principal pagador, en los plazo y tiempos estipulados en la escritura.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende al Licenciado don Pedro Rubio, Presbítero, vecino de esta villa, una negra pieza calimbada con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. La vende por esclava cautiva, sujeta a servidumbre, libre de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas y costumbres buenas o malas, alma en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; en precio de 350 pesos de oro común que ha de pagar en los plazos y tiempo estipulados en el escritura.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, y en virtud de dicha facultad otorga que vende a don Gregorio Martínez de Solís, Aguacil Mayor y vecino de esta villa, un negro mulecón señalado con una CR en el brazo izquierdo, que es de los conducidos para dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz por el Capitán don Antonio Francisco de Seiva en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José], lo vende por esclavo cautivo sujeto a perpetua servidumbre, libre de empeño, por la cantidad de 170 pesos de oro común en reales de contado.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a José Hernández, vecino de San Juan, un negro pieza calimbado con una CR en el brazo izquierdo, que es de los conducidos para dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz por el Capitán don Antonio Francisco de Seiva en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San José; el cual lo vende por esclavo cautivo sujeto a perpetua servidumbre, en precio de 350 pesos de oro común en reales de contado, los cuales ha recibido de mano de Antonio de Olivera, vecino de esta villa.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Juan José Coronado, vecino de esta villa, una muleca calimbada con una CR en el brazo izquierdo, que es de los esclavos conducidos para dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz, la vende por esclava cautiva sujeta a servidumbre, libre de empeño, en precio de 260 pesos de oro común en reales que ha de pagar a dicho vendedor como se expresa en la escritura.
UntitledEl Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario en ella, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; dijo que por cuanto tiene por esclava a Josefa, negra, que será de edad de más de treinta años, la misma que hubo y compró bozal del armazón que condujo a esta villa don Lucas de Acosta, Factor que fue del asiento de negro en este reino celebrado por la Real Compañía de Guinea establecida en Portugal, de la cual hace gracia y donación a doña Francisca de Salas y Salazar, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, por los buenos beneficios que de la susodicha ha recibido.
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