PIE DE CONCHA, VILLA DE

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0027 · Item · 1716/03/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Guazo de los Ríos, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Pie de Concha, en las montañas de Burgos, en los reinos de Castilla, hijo de Juan Guazo de los Ríos y de María Sáenz de Hoyos, difuntos; y María Galván de la Oliva, su mujer, vecina de esta villa, hija de Alonso Galván y de Juana de la Oliva, difuntos; ambos otorgan su testamento en la forma siguiente: Mandan que sus cuerpos sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Orden de Penitencia son hermanos, Juan Guazo de los Ríos es de hábito exterior y ella de hábito interior, y como tales hermanos conducidos sus cuerpos, el de Juan a la capilla de la Orden Tercera de Penitencia sita en el convento de San Antonio, y el de la susodicha a la iglesia parroquial de esta villa. Juan Guazo de los Ríos, declara fue casado en las montañas de Burgos, en la villa de Pie de Concha, con Ana Núñez, y cuando contrajeron matrimonio la susodicha ni él llevaron caudal alguno, procrearon a Francisco Guazo de los Ríos, del que tuvieron noticia es difunto, aunque no confirmada, y habiendo fallecido Ana Núñez no dejó caudal alguno, ya que murió pobre. Ambos declaran que hace diecinueve años contrajeron matrimonio, y ella llevó por dote un solar el cual se vendió en 50 pesos, y Juan llevó de capital una casa de cal y canto cubierta de teja que es de su morada y 200 pesos en reales, misma que se haya mejorada y una tienda en ella. Por bienes suyos, señalan la casa de su morada y tienda de géneros comestibles. Declaran han criado y tienen en su casa y compañía a Feliciana Seferina Márquez, niña que será de edad de diez años, y a Nicolás Francisco del Río, niño de siete años, a quienes mandan se les den de los bienes de ambos 50 pesos a cada uno por legado, luego que tengan la edad o tomen estado, en el ínterin mandan que dicha cantidad pare en manos de los albaceas de ambos. Ambos se nombran por sus albaceas testamentarios y tenedores de sus bienes junto con el Licenciado don Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado por Su Majestad de esta villa, Vicario y Juez Eclesiástico en ella. Dicha María Galván nombra por su heredero a Juan Guazo de los Ríos y éste nombra por heredero a Francisco Guazo de los Ríos, su hijo, con declaración de que en caso de que apareciere él o sus nietos y justificando con información de ser sus descendientes, aperciban su herencia, la cual ha de quedar en el ínterin en la casa de su morada, cuyos réditos o alquileres de ella han de quedar en el ínterin en la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la parroquia de esta villa. En caso de que se que tenga noticia de que haya fallecido su heredero, pasará a ser heredera la cofradía de dicho remanente.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0061 · Item · 1696/07/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Guasso de los Ríos, natural de la villa de Pie de Concha en las montañas de Burgos, hijo legítimo de Juan Guasso de los Ríos y María Sáenz de Hoyos; junto con María Galván, su legítima mujer, natural de esta villa, hija legítima de Alonso Galván, difunto, y de Juana de la Oliva, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan su testamento cada uno por lo que les toca, de la siguiente manera: Juan Guasso declara por bienes una casa en esta villa, con una sala grande de 12 varas de largo, con 8 varas de pared por labrar la que cae a la parte del fondo del solar, techada de madera y teja, y a su correspondencia una tienda que hace esquina imbíbita en dichas doce varas de la sala. María Galván declara por bienes un medio solar a la linde del de su marido, que se halla en la calle Real de esta villa. Juan Guasso [Guazo] declara haber estado casado en dichas montañas de Burgos con Ana Pérez, con quien procreó a Francisco Guasso de los Ríos, de quien hace más de 14 años no tiene noticia. Declaran ambos otorgantes estar casados desde hace cuatro años, y no haber procreado hijos. Juan Guasso nombra como albacea a Juan de Piña y como tenedora de sus bienes y albacea a su mujer; y María Galván nombra como albacea a Alonso Galván, su hermano, y por tenedor de sus bienes a su marido. María Galván nombra como heredera a su madre; y Juan Guasso nombra heredero a su hijo, y en caso de que éste no viva, ordena se funde un aniversario de ánimas con 50 pesos de renta cada año.

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