El Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y San Antonio Guatusco [Huatusco], su partido y jurisdicción, dijo que se haya sin tener teniente y alcaide [roto] las diligencias que se ofrezcan en esta villa, guardia y custodia de la cárcel pública de ella; por lo que usando la facultad que tiene que por Real Cedula se le concede, otorga que nombra por tal Teniente de Alguacil Mayor y Alcaide de la cárcel pública de ésta villa a Juan de Molina, vecino de esta villa, persona en quien concurren todas las calidades que el derecho previene para el uso y ejercicio de dichos oficios, para que haga todas y cualesquier ejecuciones, prisiones, embargos y dar posesiones y lo demás anexo.
Sans titreNOMBRAMIENTOS
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El Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que por cuanto se necesita teniente de alguacil mayor que asista los negocios que se ofrecen en el partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] y San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], usando de la facultad de hacer nombramientos y atendiendo a las calidades que concurren en don Nicolás Cano Moctessuma [Moctezuma], le nombra por tal teniente de dicho partido y sus pueblos por tiempo de la voluntad, cuenta y riesgo del otorgante.
Sans titreDon Juan de Almuzara y Quiñones, Alguacil Mayor, nombra por Teniente General de Alguacil Mayor de la jurisdicción de Jalapa y Jalacingo, a Manuel de Torres y Morales vecino de San Antonio Huatusco.
El Capitán Nicolás Ferrera Figueroa, Escribano Real y Público, Propietario y del Número y de Registros del pueblo de San Antonio Huatusco, villa de Córdoba, y sus jurisdicciones, por la facultad de tiene concedida de Fray Payo [Enríquez] de Rivera, Arzobispo de México y Virrey; nombra Teniente a Francisco de Lara y Espinosa, Escribano Público, para que use y ejerza en todas los casos y cosas que correspondan a asuntos civiles ordinales y ejecutivas.
El Capitán Nicolás Ferrera Figueroa, Escribano Real y Público Propietario del Número y Registros de San Antonio Huatusco, villa de Córdoba y sus jurisdicciones, revoca el nombramiento de Teniente de Escribano Público y Registros que hizo en Francisco de Lara y Espinosa, Escribano Público, respecto de haberse ausentado de este pueblo por espacio de un año, por lo que en su lugar nombra a Domingo Antonio Gómez, vecino de la villa de Córdoba, para que lo ejerza en todos los casos y cosas a él anexas.\n
Don Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, de la provincia de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y de San Antonio Guatusco [Huatusco], y Teniente de Capitán General por Su Majestad, nombra Teniente de Alcalde Mayor de San Antonio Guatusco [Huatusco] a Sebastián Fernández, con vara para que administre todos los casos y cosas pertenecientes a ella, y sustanciadas se las remita a su juzgado para su definitiva, que para ello le da el poder y facultad que en derecho se requiere.
Sans titreJuan de Espinosa, Escribano de Público Propietario y de Registros de este pueblo, de San Antonio Huatusco y de la villa de Córdoba, en virtud de la facultad que por su título se le concede, revoca el nombramiento de Teniente de Escribano Público a Nicolás de Estrada, Escribano Real, para que lo ocupe Nicolás López, Escribano de Su Majestad, vecino de la ciudad de México.\n
Juan de Espinosa, Escribano Público y de Registros de este pueblo, San Antonio Huatusco y villa de Córdoba, en conformidad con la facultad que tiene concedida por su título, nombra por Teniente de Escribano al Capitán Juan Jiménez, Escribano de Su Majestad, para que lo use y ejerza como propietario con sus privilegios y excepciones.\n
Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba, San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepec, declara que su real título le concede nombrar al Teniente de Alguacil Mayor y demás ministros necesarios, y porque en la persona de Miguel Escobedo, residente en esta jurisdicción, concurren las partes y calidades en derecho necesarias para el uso y ejercicio, lo nombra por su Teniente de Alguacil Mayor de esta dicha villa de Córdoba, San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepec, para que con vara alta de la Real Justicia haga ejecuciones, prisiones, rondas, denuncias, con todo lo demás que dicho alguacil pudiera hacer.
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