Don Francisco Munguía, vecino del pueblo de Naolinco de esta jurisdicción, vende a don Tomás Borro una esclava nombrada María Santos mulata prieta de 18 años de edad, libre de todo empeño, censo e hipoteca especial y general, por la cantidad de 200 pesos.
NAOLINCO, PUEBLO DE
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Don Manuel de Acosta, vecino de Naolinco de esta jurisdicción, otorga que ha recibido de don Marcos de Acosta, hijo del Sargento don José de Acosta, vecino de la doctrina de Actopan de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, la cantidad de 500 pesos que le ha prestado, por lo que se obliga a pagarlos dentro de 9 años pagando 25 pesos de réditos anualmente. Como seguro de la deuda hipoteca unas casas ubicadas en el pueblo de Naolinco.
Doña Catarina García, natural del pueblo de Naolinco, vecina de Jalapa, hija legítima de los difuntos don Diego García y de doña Catarina Pérez, otorga su testamento donde declara dejarle una casa chica a su hija doña Petronila Blanco García, manda se libere a su esclavo José Antonio de la Cruz; fue casada con don Juan Martín Blanco con quien tuvo 9 hijos, nombra como albaceas a don José Miguel Pérez de Aguerra, Cura propio de Naolinco, a don Gaspar de Olavarrieta y a don Antonio del Camino y Velasco de esta vecindad, nombra herederos a sus hijos y por su muerte a sus nietos y bisnietos.
Don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, don Felipe de Acosta, don Mariano Nicolás Domínguez Muñiz, don Antonio Carrasco y demás vecinos de razón del pueblo de Naolinco que se mencionan en esta escritura, en representación del vecindario, otorgan poder general a don Antonio García Campomanes y a don José Antonio de Acosta, vecinos de dicho pueblo, para que parezcan en todas sus causas y demandas, especialmente contra el Gobierno común y naturales de este pueblo, en razón de los esquilmos que pretenden les paguen los vecinos de razón por las tierras que poseen.
José Laureano Barradas, Francisco, Andrés, Marcelo, Jacinto, Alonso, Paula y Nicolasa Lorenza Barradas, hijos legítimos y herederos de la difunta Antonia Fabre Meléndez, venden a Manuel Peralta, vecino del pueblo de Banderilla, un pedazo de solar de 23 varas de frente y 37 varas de fondo, ubicado en la calle que sale de este pueblo de Jalapa para el de Naolinco, linda al norte con casa y solar de Manuel de Alfaro y Francisco de Castro, y solar de Roque Jacinto Florido, al oriente con casa de José de Castro, al poniente con casa de dicho Francisco de Castro y al sur con calle y casa de don Carlos Roso y Joaquín López, en la cantidad de 105 pesos de oro común.
Bartolomé García Campomanes, hijo legítimo de don Pedro García Campomanes y de doña María Bernardina de Guevara, natural del pueblo de Naolinco, casado con María de Jesús Ibáñez, realiza su testamento, en el cual nombra como albaceas a su citada esposa, en compañía de sus tíos don Pedro y don Ignacio de Guevara y como heredera a citada madre, pero en caso de tener hijos con su legítima esposa, estos serán sus herederos.
Antonio Valentín de Guevara, vecino del pueblo de Naolinco, jurisdicción de Jalapa, vende a María Francisca Javiera Gil de Arévalo, mujer legítima de José Filiberto Michodel, vecina del pueblo de Jalapa, una casa de madera y tejas, la cual linda al oriente con solar de Francisco Agudo, al norte con solar de Francisco Pérez de Arellano, al poniente con el callejón de la Sierpe y casa de Julián Rodríguez, y al sur con solar del presente Escribano, al precio de 100 pesos.
Don Francisco Munguía, don Francisco Agudo, don Juan de Acosta, don Manuel de Acosta, don Francisco de Aguilar, don José de Guevara y don Francisco y Miguel Pérez, vecinos del pueblo de Naolinco, otorgan poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez, arrendamiento de los diezmos del pueblo de Naolinco, para que los obligue como fiadores de las cantidades en que se remataran dichos diezmos, haciendo las posturas y pujas que convengan.
Don Sebastián López, Administrador de la recua de don Pedro Vértiz y vecino del pueblo de Jalapa, junto con don Felipe de Acosta, dueño de una hacienda de ganado mayor en la jurisdicción de la Antigua y vecino del pueblo de Naolinco, se constituyen en fiadores de don Marcos Dionisio de Acosta, subarrendatario de la hacienda las Cañuelas, incluidas en el Mayorazgo de Cervantes y la Higuera, de las cuales es arrendatario don Antonio Vázquez Ruiz, cuyo subarrendamiento es por el tiempo de 9 años, en la cantidad de 850 pesos anuales, dando en hipoteca especial el ganado que tiene en las Cañuelas y unas casas de piedra y teja que tiene en este pueblo en la calle del Beaterio, y los declarantes se obligan a cubrir todos los pagos de dicho Marcos, sin pleito alguno.
Doña Gertrudis Josefa de Guevara, hija legítima de los difuntos don Nicolás de Guevara y doña Marcela Ruiz Cañete, natural y vecina del pueblo de Naolinco, viuda de don Francisco Domínguez Ruiz, otorga poder para testar y nombramiento de albaceas al Bachiller José Marcelo Domínguez, al Clérigo Presbítero don Francisco Antonio Domínguez y a don Nicolás Domínguez, sus hijos legítimos, y como herederos a sus 13 hijos legítimos, incluyendo los albaceas.