LIBERTADES

Elements area

Taxonomy

Code

Scope note(s)

    Source note(s)

      Display note(s)

        Hierarchical terms

        LIBERTADES

          Equivalent terms

          LIBERTADES

            Associated terms

            LIBERTADES

              317 Archival description results for LIBERTADES

              317 results directly related Exclude narrower terms
              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0020-PX_0020_0237 · Item · 23/09/1733
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Teresa Fernández de Espinosa, viuda de Diego de Castro y Gamboa, vecina de este pueblo, otorga libertad a Juan de Santa María, de 5 años, hijo de su esclava María Luisa, quien le ha pagado por su libertad 150 pesos.

              Untitled
              MX UV.USBIX ANX-P-0020-PX_0020_0341 · Item · 06/09/1734
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción y de Jalacingo, dijo que compró al Maestre de cargo Matías de Cuevas, una negra esclava de 27 años, a la cual otorga que le da libertad, por haberle pagado 309 pesos, cantidad en que la compró.

              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0009-PC_0009_0008 · Item · 1672/08/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Simón Velázquez Bonifaz, Alcalde Mayor por Su Majestad de esta villa y partido de Guatusco [Huatusco], otorga libertad a Beatriz, mulata, esclava de doña Ana María [roto], difunta, viuda que fue de Miguel de Morales, vecino de la ciudad de México, de donde la susodicha lo era y [residió] en el pueblo de San Juan Cuezcopatepec [Coscomatepec], donde falleció, quien por cláusula de testamento ordenó fuese liberada su esclava.

              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0043 · Item · 1677/12/4
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller Juan García de Arroyo, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de Juan García de Arroyo y de Juana de Vozmediano, vecinos que fueron de la villa de Carrión, valle de Atrisco [Atlixco], de donde es natural el otorgante y vecino de esta villa de Córdoba, hace su testamento donde declara que la legítima paterna que le tocó por fin y muerte de su padre la renunció en sus hermanas Mariana, María y Petrona García de Arroyo. Declara [tuvo en] propiedad una capellanía de misas rezadas [que fundó] Bartolomé García de Coz [Cos], su tío, [en villa de Carrión], la cual dejó en propiedad a Nicolás García, hijo de su tío y de doña Ana Larios Penchi, por haber entrado éste como religioso de la Compañía de Jesús y ser el deudo más cercano a su tío. Declara que don Felipe Ramírez de Arellano, vecino de la villa de Atrisco [Atlixco], le es deudor de 200 pesos del corrido y renta de su capellanía, que esta impuesta sobre su hacienda de labor y casas. Declara por bienes una casa y solar en esta villa de Córdoba; una negra nombrada Catalina, de sesenta años; dos mulatos nombrados Diego de la Cruz, de quince años, y Miguel, de catorce años de edad; cuarenta y ocho libros grandes y chicos de diferentes materias, entre otro bienes. Ordena que después de su fallecimiento quede en libertad su esclava Catalina, por lo bien que le ha servido y por haberlo criado. Manda se le dé medio solar que tiene en esta villa a su ahijada Melchora, hija de Juan López de Villardoy e Isabel de Rojas, vecinos de esta villa, para ayuda a su casamiento. Deja la casa de su vivienda a la Concordia de San Felipe Neri de la ciudad de los Ángeles, para que sus prepósitos y consiliarios manden decir perpetuamente por su alma e intención una misa rezada cada uno de los doce meses del año. Manda que sus esclavos Diego y Miguel sean entregados a la Concordia de San Felipe Neri, para que sirvan en su iglesia por todos los días de su vida. Nombra como albacea testamentaria al principal [roto] que fuera de la dicha Concordia de San Felipe Neri [roto].

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0113 · Item · 1714/10/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Josefa Pérez, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Francisco de Cala, difunto, dijo que en el año 1708 don Lucas de Acosta, residente en esta villa, Factor de la Junta de Negros en este reino por la Real Compañía establecida en el reino de Portugal, le hizo gracia y donación de una negra nombrada María, casta conga, que será de edad de veintiocho años poco más o menos, por el cuidado que tuvo en la curación de la susodicha esclava, en la enfermedad que por entonces padecía, su fecha de la donación a los 18 de febrero de 1708, por ante Juan Morera de Silva, Escribano Real, Público y de Cabildo. Y por justas causas que le mueven amor y cariño de haberse criado en su casa y compañía, y en remuneración de sus buenos servicios, le permite “librarle de la sujeción y cautiverio”, por lo que concede ahorría y libertad para que pueda hacer todos los actos de personas libres, desistiéndose y apartándose de toda acción, derecho y dominio que sobre dicha negra tenía.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0012 · Item · 1715/01/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, natural de la aldea de Martín Longo, jurisdicción de la villa de Alquitin [Alcoutim] en los reinos de Portugal, hijo de don Manuel Martínez, Regidor que fue de dicha villa y de doña Águeda Parela de Solís, difuntos. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Orden Tercera de Penitencia es hermano, y sepultado en la capilla del convento de Nuestro Padre San Antonio de esta villa de Córdoba. En caso de que la iglesia de San Antonio se llegase a reedificar, manda que sus huesos sean trasladados a la bóveda que tiene hecha en el presbiterio. Manda se digan misas por la pitanza ordinaria por las almas del purgatorio, misas por las almas de sus esclavos y sirvientes que fallecieron bajo su servicio. Fue casado con doña Juana de Gatica y Aguilar, quien llevó al matrimonio 3 000 pesos y él tenía otros 3 000 pesos, y durante los 34 años de casados procrearon a doña Águeda María de Solís y Gatica, mujer del Señor Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval del Consejo de Su Majestad, Alcalde de Corte de la Real Sala del Crimen de la ciudad de México, a la que ellos le dieron 14 000 pesos poco más o menos y después de pasado algún tiempo le dio al Licenciado otros 6 000 pesos para aumentar la dote, aparte otros 8 000 pesos y 52 000 pesos que le quedó debiendo de lo que le corresponde a su legítima materna, que todas las partidas suman 90 000 pesos. Pasó a segundas nupcias con doña Rosa María de Rivadeneira, hija de don Francisco de Rivadeneira y de doña Leonor de Zubiate y Arévalo, quien llevó por dote 1 033 pesos junto con 7 000 pesos con los que él la dotó en arras propter nuptias, y él tendría por caudal propio 130 000 pesos poco más o menos, actualmente su mujer se haya en cinta. Por instrumentos, partidas de libro y diferentes papeles constará lo que le deben diferentes personas. Señala él es único patrono del convento de San Antonio de esta villa y como tal ha atendido y aplicado con todo amor y celo de servicio a Dios y devoción al santo, fabricar dicho convento e iglesia, cuyos gastos fueron con el mutuo acuerdo de su primera mujer doña Juana de Gatica, difunta, y debido al temblor que hubo la noche de 15 de mayo de 1714 la iglesia sufrió maltrato, de tal suerte que fue preciso echar abajo toda la bóveda y hoy se halla por esta razón deteriorada. Manda todos los años, un día de la Octava de Todos Santos en que la iglesia celebra y se hace conmemoración de las almas de los difuntos, se diga una misa cantada, con su vigilia y reposo por su alma y la de su esposa, y para ello se den 250 pesos de principal, cargados en el valor de una de las tres haciendas de beneficio de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción nombrada de la Concepción, para que con sus réditos de 12 pesos y 4 reales se apliquen a la memoria de las misas referidas, y si la hacienda se vendiere o enajenare en cualquier manera sea con el cargo de censo. Manda que del quinto de sus bienes se saquen 8 000 pesos para la reedificación de la iglesia y convento de San Antonio, también encarga a sus herederos que si dicha cantidad no alcanzare prosigan la obra hasta concluirla. Manda que a su hija Águeda se le den otros 15 000 pesos que faltaron al capital del tiempo que se hicieron los avalúos antes de pasar él a segundas nupcias. Manda se carguen 940 pesos de principal e impongan sobre el valor de la hacienda nombrada San Joachin [Joaquín] para que con sus réditos se digan misas por él. Asimismo, se carguen sobre la hacienda de San Francisco [de las Mesillas] la cantidad de 1 000 pesos de principal redimible, para que con sus réditos de 50 pesos sea perpetua la fiesta de San Antonio. Manda se haga una fiesta al Papa San Gregorio, para lo cual señala por limosna 12 pesos 4 reales, imponiendo 250 pesos de principal sobre una casa nueva que tiene en la calle Real. Es su voluntad que a Margarita María mulatilla su esclava de seis años de edad se le dé libertad, y cuando cumpla los catorce años se le den 200 pesos para que se impongan a 5 por ciento de réditos y entregárselos a sus padres para ayuda de su vestuario. Que a Gertrudis de Nares, su ahijada se den 100 pesos vía limosna. Tiene noticias de hermanos o hermanas en el reino de Portugal, por lo que es su voluntad que, si viniere alguno de ellos a este reino, y compruebe ser su legítimo hermano se le den 1 000 pesos, entendiéndose que pasado 10 años desde el día de su fallecimiento esta cláusula será derogada. Manda que sus albaceas remitan 200 pesos en reales a la aldea de Martín Longo, en el reino de Portugal, para que se entreguen al cura de la parroquia de la aldea en donde fue bautizado, nombrada Nuestra Señora de la Concepción. Manda se den 24 pesos a cada una de las cofradías del Santísimo Sacramento y de la Limpia Concepción. Señala compró el oficio de alguacil mayor el cual renunciará, para cuando llegue momento, en don Gaspar Rendón, en el Capitán don José de Carvajal y Contreras y en el Capitán don Pedro López del Castrillo. Tiene una casa de cal y canto en la calle de María Andrea. Declara que el derecho de las alcabalas de esta villa las tiene en compañía de don Gaspar Rendón de quien tiene recibidos 1 100 pesos, la recaudación y cobranza de ellas van a mitad de ganancias. Señala se remataron carnicerías de vaca y toro de novillo en esta villa en don Francisco Valero y Alvarado, a quien por ser pobre le ha suplido todos los costos, gastos, compras de ganado y todo lo necesario para su abasto, por modo de compañía. Señala es patrono del convento de Nuestra Señora de las Mercedes de la ciudad de Los Ángeles. Declara que el quinto de su esposa doña Juana de Gatica, fue la cantidad de 15 000, lo cual dispuso en varias obras pías dejándolo a su disposición de él, de las cuales unas están cumplidas. Él es único patrón del convento de San Antonio de Padua de religiosos Descalzos Franciscos, sito en esta villa de Córdoba, y en atención al derecho que le asiste instituye y nombra a doña Águeda María de Solís y Gatica, su hija, por única patrona del convento, y en caso de su fallecimiento si sucesión, nombró e instituye al varón o hembra que diere a luz doña Rosa María de Rivadeneira, su segunda mujer, y en caso de que no viva la prole que diera a luz la susodicha y que su hija Águeda falleciere, instituye a Rosa María de Rivadeneira. Nombra por sus albaceas a doña Rosa de Rivadeneira, su mujer, al Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, al Capitán don Manuel de Rosas y al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecinos de esta villa, a todos juntos de mancomún, y por solo tenedora de bienes a Rosa y a don Alonso López de Sagade Bugueiro. Nombra por heredera a doña Águeda María de Solís, hija del primer matrimonio, y al póstumo o póstuma que dará a luz su mujer Rosa María de Rivadeneira, a quien también nombra tutora y curadora. Revoca cualquier otro poder para hacer testamentos, codicilos, poderes para testar.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0120 · Item · 1708/12/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos y doña Gabriela Josefa de Buendía y Canto, su legítima mujer, residentes en esta villa de Córdoba, vecinos de la Nueva ciudad de la Veracruz, dijeron que por cuanto tienen por esclava cautiva a María del Canto, alias Guárico, negra que será de edad de más de cincuenta años, que la susodicha Josefa heredó de doña Juana del Canto su tía, difunta, por donación que le hizo, y al presente la citada negra les ha pedido le otorguen ahorría y libertad por 100 pesos, y atendiendo a los buenos y leales servicios que han tenido, en aquella vía y forma otorgan que le dan ahorría y libertad a María del Canto por los dichos 100 pesos que ha dado en reales de contado.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0040 · Item · 1709/03/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de azúcar en su jurisdicción, dijo que tiene por esclava cautiva a Petrona Dávila, mulata de 30 años de edad, mujer legítima de Antonio de Flores, español, la cual compró a doña Luisa Galindo, vecina que fue de la ciudad de la Puebla de los Ángeles. Y por los buenos y leales servicios que dicha esclava ha tenido y por haber criado a sus hijos, otorga que da ahorría y libertad graciosa a la dicha Petrona Dávila, para que la goce después de que él fallezca.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0076 · Item · 1696/08/08
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que otorgó su testamento en esta villa el 7 de agosto del presente año, y ahora por vía de codicilio revoca la cláusula siguiente: Es su voluntad que Joseph [José], negro esclavo que tiene declarado por sus bienes en dicho testamento, sea entregado a Pedro Trillo de Figueroa, uno de sus albaceas, y lo tenga en su poder por tiempo de seis años a partir del día del fallecimiento del otorgante, y al terminar los seis años sea otorgada su libertad. Asimismo, ruega a Pedro Trillo ocupe a dicho esclavo en la obra de la casa que tiene dispuesta en su testamento. Finalmente, dijo que otorga libertad a Joseph [José], esclavo, por la mucha voluntad que le tiene y por haberle acompañado en diferentes viajes y haberle servido con toda fidelidad y prontitud.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0003 · Item · 1698/01/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Manxares [María Manjarrez Azañón], natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y vecina de esta villa, viuda del Alférez Juan Maldonado e hija legítima de Francisco Manxares [Manjarrez] y de doña Inés de Asanon [Azañón], otorga su testamento en el que manda se den 10 pesos para ayuda de la obra de la parroquia de esta villa; 20 pesos de limosna para el sustento de los religiosos del convento de San Antonio; 12 pesos para ayudar a la obra de la Tercer Orden y su capilla; y 2 pesos a cada una de las cofradías fundadas en la iglesia parroquial de esta villa. Ordena se le dé una camisa y un manto a Josepha [Josefa] López, vecina de esta villa, viuda de Joseph [José] Martín, y también se le dé lo mismo a María Álvarez, vecina de esta villa. Declara que fue casada con el Alférez Juan Maldonado, con quien procreó a doña Josepha [Josefa] Maldonado, mujer del Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa. Declara que llevó como dote al matrimonio 5 000 pesos. Otorga libertad a su esclavo Nicolás Salmerón, mulato, de acuerdo a la última voluntad de su marido. Declara por bienes a los esclavos Antón Congo y María Congo, su mujer, Feliz [Félix] del Prado y Lucía, casta rayado. Nombra como albacea testamentario al Capitán Pedro López del Castillo y como heredera universal a su hija doña Josepha [Josefa] Maldonado.

              Untitled