Juan Rodríguez y [Martín] de Eguiguren, dijeron que por cuanto el señor don Rodrigo de Vivero les era deudor de 10 583 de oro común, declararon que habían recibido en cuenta y parte de pago, 8 565 pesos de oro común de manos de Gaspar de Quintana, persona que ha tenido en administración los azúcares. Además, el dicho señor don Rodrigo de Vivero les dio una libranza de 1 000 pesos de oro común, firmada de su nombre para que el dicho Gaspar de Quintana, les dé y pague para el día de navidad de este presente año y otra de 1 017 pesos 6 reales, para el susodicho día de navidad del año que viene.
LIBRANZAS
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Inés de Rioja, viuda, mujer que fue de Alonso de Carrión, dijo que a ruego e intercesión, Luis Muñoz Bravo, su cuñado, vendió a Diego de Montalvo tres machos de arria en 60 pesos de oro común y por ellos el susodicho le hizo cierta libranza para los indios del pueblo de Acultzingo, los cuales aceptaron y pagaron al susodicho Luis Muñoz de Bravo los 60 pesos.\n\n \n
El Escribano Juan Francisco Cardeña, otorga traslado, señalando que la libranza exhibida por don Pedro de Raneaga, vecino de la villa de Orizaba, concuerda con original.
Don Eduardo [de] Alsasua, de esta vecindad, presentó a don Mariano de Lavalle [y Suasti], Caballero de la Orden de Alcántara, Oidor Honorario de la Real Audiencia de Guatemala, Actor y Auditor de Guerra de la Presidencia y Comandante General de Guadalajara, un pagaré por 8 150 pesos 10 y medio cuartos, y éste supo de la insurrección en varios puntos de la tierra dentro e interceptada la correspondencia, y por consiguiente ignora las relaciones que tiene al interior y le imposibilita hacer el pago de esta suma, ofrece así dar libranza de igual cantidad al cargo de su padre el Conde de Premio Real de Lima y pidió lo asentasen en este registro.
Don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo y Alférez Real del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, vecino y de su comercio, y don Juan [José] Darget, como socio de la compañía de intereses titulada Darget y Herrero, se obligan a pagar al Señor Coronel del Ejército don Manuel Muro, residente en esta Villa, la cantidad de 22,000 pesos fuertes valor de una libranza girada a su favor, cuya libranza fue hecha en Manila el 1 de abril de 1803. El principal debe ser pagado en el Puerto de Cádiz a los 8 meses contados desde la fecha en que en éste reino se tenga noticia de la publicación de la paz con Inglaterra, con el premio acostumbrado del 5% anual. Para la seguridad de la deuda ofrecen como fiador por el monto principal y sus premios a don Ángel González, Regidor Perpetuo y Alguacil Mayor del Ilustre Ayuntamiento de la Nueva Veracruz.
Don Juan Lucas de Olavarrieta, vecino de la Nueva Veracruz, exhibió una libranza endosada a su favor y en contra de don Juan Manuel de Revilla. En la que Revilla contestó que no paga esta letra por falta de fondos efectivos y el girador de ella, don José Ramón Recaño ha librado en la inteligencia de estar sus efectos realizados. Aunque ofreció satisfacerlos al vender algunos géneros, no se le ha administrado, lo que oído por don Juan Lucas dijo que mediante la absoluta excusa de la parte demandada para la satisfacción de la susodicha libranza, protesta todos los daños y perjuicios que por la no aceptación de ella se le eroguen a los legítimos interesados.
Don Carlos de Escurra, de esta vecindad presentó a don Juan Manuel de Revilla, vecino de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, una libranza a la que contestó Revilla que no paga esta letra por no tener fondos del girador, y con los que contaba se pagaron los fletes y demás gastos de la memoria que remitió de su cuenta a Veracruz en el Bergantín Atrevido, su Maestre don Miguel Álvarez Poggio, por lo que Escurra señaló que protestaba los daños y perjuicios contra quien resulte.
Uno de los socios de la Compañía de comercio titulada Gibert Tutsol y Grant, presentó a don Juan Manuel Revilla, vecino de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, una libranza, misma que vista por dicho Revilla protestó que no paga esta letra ni la acepta por no tener fondos del girador, pues con lo que cuenta existente es producto del vino y otras menudencias que de su cuenta y riesgo le remitió, se pagaron los fletes y derechos y otros gastos, quedando en descubierto Revilla de los demás gastos que ha satisfecho relativos a la negociación. Por lo que dicho socio señaló que protestaba todos los daños y perjuicios contra quien resulte.
Don Juan Antonio de Bárcena, vecino y del comercio de la Ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, ha recibido de don Clemente de la Fragua, vecino y del comercio de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, por medio de una libranza que a favor del otorgante y contra don Sebastián Pérez, vecino de Veracruz, giró dicho don Clemente, 16 108 pesos correspondiente a la tercia parte del caudal que quedó por bienes del difunto don Manuel Antonio de Alonso, vecino que fue de la Ciudad de Cádiz, padre de doña María Bárbara de Alonso, mujer legítima del otorgante.\t
Pareció de una parte don Luis Antonio de la Concha Rebollar y Ceballos, Caballero de la Orden de Santiago, residente en esta villa de Córdoba; y de la otra el Capitán don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, residente en esta villa; dijeron que su difunto tío, el General don Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor que fue de esta villa, por testamento y codicilo que otorgó en el pueblo de Cosamaluapa [Cosamaloapan], nombró como albacea, entre otros, a don Francisco de la Concha Cueva Rebollar y como único heredero a don Luis Antonio de la Concha Rebollar. Asimismo, dijeron que, habiendo procedido al ajuste de cuentas entre los otorgantes, por las cobranzas que hizo don Francisco, en dicho ajuste ha sido alcanzado por don Luis en cantidad de 854 pesos. Y por cuanto, algunos vecinos de esta villa deseosos de la paz, quietud y concordia, han intervenido en dicho ajuste suplicándole a dicho don Luis accediese en todo a favor de don Francisco, convenido en lo siguiente: don Luis Antonio acepta de don Francisco sólo 300 pesos, haciéndole gracia y donación de lo demás por la asistencia que ha tenido en la cobranza de dichas deudas. Don Francisco le hace entrega a don Luis de una libranza en contra de don Sebastián de Plaza, vecino de México, que de no pagar a los seis días o en caso de ser incierta, ha de quedar abierto el ajuste de cuentas y pedir su pago en juicio, no siendo válido el presente finiquito. Ha de ser de cargo de dicho don Francisco, el dar cancelación de la escritura de 5 000 pesos que le debía el difunto al Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís. Ha de ser a cargo de don Luis, pagar el resto de la libranza que acepto don Francisco a favor de don Domingo de Mauleón y Mendoza, vecino de la Nueva Veracruz, por no quedarle bienes a don Francisco para su paga. Finalmente, en uno al otro se otorgan recibo y finiquito final de dicho ajuste de cuentas.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO