Don Domingo de Ochoa, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que liberta a María Otaria de la Trinidad, mulata esclava de 29 años, hija de Juana de la Cruz, por 80 pesos que le ha entregado y a quien compró en ese precio a doña Isabel Martínez Blanco, viuda de don Manuel Malpica. La mencionada María Otaria pudo conseguir de varios bienhechores y de limosna dicha cantidad, para comprar su libertad.
LIBERTADES
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Doña Agustina de Orduña Castillo, viuda, albacea y heredera de Diego Alonso de Villanueva y vecina de este pueblo, declara tener una esclava nombrada Juana, a quien libera para que de hoy en adelante goce junto con sus hijas legítimas, María y Bernarda, de una vida de libertad.
Doña Agustina de Orduña Castillo, vecina de este pueblo de Naolinco, viuda de Diego Alonso de Villanueva, realiza testamento, en el cual nombra por albacea a Diego de Uraiza, quien fue su esclavo y ahora le ha otorgado la libertad.
Sebastián Barradas, residente del pueblo de Jalapa, otorga libertad a Clara, esclava mulata de 1 año, hija natural de María, negra esclava del otorgante.
María de la O Muñoz y Gerónima Díaz Muñoz, hermanas, doncellas de más de 25 años de edad, vecinas de Jalapa, dijeron que tienen un esclavo que se llama Diego de Estrada, mulato, color claro, alto de cuerpo, que tendrá hasta 28 años, poco más o menos, y que les pertenece por ser criollo, hijo de Mariana de San José, negra difunta que fue también su esclava y después libre. Asimismo, dijeron que, por causas justas que las mueven, le han permitido a dicho Diego de Estrada librarse de la sujeción y cautiverio en que está, dándoles a cambio 150 pesos de oro común, de los cuales 50 pesos entrega de contado y los 100 pesos restantes los ha de pagar a fin del mes de marzo de 1684, con el cargo y calidad de que, mientras vivan las otorgantes, las ha de acudir en todo lo que se les ofrezca, asistiéndolas y sirviéndoles, por ser solas, y por convenio y trato entre Diego y las otorgantes; y, si faltara, no será válida esta libertad.
Doña Aldonza Clara de Vargas, viuda de Andrés Vázquez, vecina de Jalapa, dio carta de libertad a Antonia Ramírez, su esclava mulata, de 40 años de edad, poco más o menos, para que desde hoy día de la fecha pueda usar de su libertad, use y disponga de sus bienes y otorgue su testamento como persona libre.
Ante el Capitán Don Nicolás Alejandro de Meza, Alcalde Mayor de Jalapa y la provincia de Jalacingo, su agregada, Antonio Muñoz, de color pardo, vecino de Jalapa, dijo que por cláusula de su testamento María de la O Muñoz, su señora, difunta, lo dejó libre de servidumbre con el cargo de mandar decir 10 misas cantadas, una cada año o como mejor fuere visto. Y respecto de haber cumplido con el tenor de dicha cláusula, le solicitó un tanto autorizado de dicha cláusula para que le sirva de título de su libertad.
El Capitán Don Antonio de Orduña Loyando, dueño del ingenio de San Pedro Buenavista, dijo tener por esclavo a Nicolás Sánchez, de 65 años de edad, de color membrillo cocho, y por causas justas que le mueven, por la presente escritura, le dio su libertad para que desde hoy en día en adelante, no esté sujeto a servidumbre, y pueda hacer todo cuanto una persona libre hace.
Ante Don Francisco Miguel de Campo, Teniente General de la provincia de Jalapa, se presentó María de Jesús, morena criolla, libre, vecina de Jalapa, dijo que como madre y administradora de Gregorio de la Cruz, de color pardo, libre, de 12 años de edad, lo puso por aprendiz en el oficio de zapatero con Hipólito de Amaya, maestro zapatero, por el tiempo de cuatro años y medio, a partir de hoy día de la fecha.
Codicilio del Lic. Don Diego González de Astudillo, vecino de Jalapa, presbítero de este obispado, por el cual dispuso que su cuerpo fuera sepultado en el entierro que tiene en el Convento de San Francisco de Jalapa; que los 100 pesos de limosna para el retablo de Santo Ecce Homo, contenidos en su testamento, los gastó en la capilla de Jesús Nazareno de la iglesia parroquial, y que su esclavo Francisco, mulato, de 20 años de edad, en dando 200 pesos de oro común, quede libre, sirviéndole esta cláusula de título de libertad.