Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de la Provincia de Jalapa y su agregada de Jalacingo, otorga que renuncia a su oficio de Alguacil Mayor en don Pedro Rosete, y por su falta en don José María Rosete, y por la falta de ambos en don Juan Lazon, todos vecinos de Jalapa, para que después del fallecimiento del otorgante se presenten en el superior gobierno a impetrar su título.
JALAPA, PROVINCIA DE
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Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de la Provincia de Jalapa y su agregada de Jalacingo, otorga que renuncia a su oficio de Alguacil Mayor en don Pedro Rosete, y por su falta en don José María Rosete, y por la falta de ambos en don Juan Lazon, todos vecinos de Jalapa, para que después de su fallecimiento ocurra, al de los tres le tocare, al superior gobierno de este reino a sacar título para su uso.
Don José Manuel de Alba, Alguacil Mayor de la provincia de Jalapa, otorga poder especial a don Celedonio Pérez, y por su ausencia a don José de Araurrenechea, vecinos de la Ciudad de Cádiz, para que comparezcan ante el Rey y sus Reales Consejos de las Indias, donde solicite se le confirme su empleo de Alguacil, así también pidan se le libren sus escritos correspondientes, duplicados o triplicados y presenten títulos, memoriales y demás instrumentos necesarios.
Don Juan Manuel Pérez Sotelo, Teniente General de Alcalde Mayor de la provincia de Jalapa, otorga poder especial a don Adrián Fayette, vecino de Jalapa y próximo a realizar viaje a los Reinos de Castilla, para que comparezca ante el Rey, sus Reales Consejos de Castilla y Órdenes, donde pida y suplique se sirva de honrarle con una merced, así también le otorga poder general para que cobre todas las cantidades de pesos que le deban.
José Flores, Escribano Real y Público Interino de la Provincia de Jalapa y de Jalacingo, otorga poder general al Licenciado Cristóbal María de Larrañaga, Abogado de la Real Audiencia de este Reino y vecino de México, para que en su nombre cobre todas las cantidades de pesos, efectos, géneros, joyas que le deban, y si por dichas cobranzas se requiriese contienda de juicio, lo siga.
Luis Coronado, moreno libre, y Clara Ruiz de Cabrera, su legítima mujer, vecinos de esta provincia, se obligaron a pagar a Lucas Martín, carpintero, compadre y padrino de los susodichos, vecino de la provincia de Jalapa, 700 pesos de oro común, por razón de otros tantos que pagó al regidor Luis Pacho Mejía, por la libertad y rescate de Luis Coronado, en esta manera: 175 pesos de oro común para fin del mes de marzo de 1621, otros 175 pesos para de allí en otro año corrido, 175 pesos más, para de allí a fin de marzo de 1623, y los 175 pesos restantes, para fin de marzo de 1624.
El Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, residente en su ingenio de azúcar de esta provincia, dio su poder cumplido al Capitán Juan Macho Capela para que en su nombre reciba y cobre del Alférez Pedro de la Madriz, 1 500 pesos de oro común que le dio para que los llevase a España y se los diese al Padre Fray Diego de Porras, de la Orden de San Francisco y Procurador General de estas provincias, los cuales se habían de gastar en el despacho de la dispensación para el casamiento de su hermano Don Fernando Ruiz con su prima Doña Magdalena.
García de Malpartida, residente en este pueblo y provincia de Jalapa, dio su poder cumplido a Antonio Gutiérrez, vecino de Los Ángeles,ausente, para que le compre de cualquier persona oro y plata labrada hasta por la cantidad de 350 pesos de oro común.
Melchor de los Reyes, carpintero, y Francisco García, herrero, vecinos de esta provincia, formaron una compañía sobre una fragua, fierro, herramientas y seis esclavos que ambos compraron a Cristóbal López, vecino de la provincia de Jalapa, por tiempo de 15 meses, y en todas sus ganancias y deudas han de ir por mitad.
Tomás de la Madriz Alavez, vecino de la provincia de Jalapa, dueño de su ingenio de azúcar nombrado San Bartolomé, en esta provincia, se obligó a pagar a Miguel López de Arenchum, mercader, vecino de la ciudad de México, 1 600 pesos de oro común que por él pagó a García de León Castillo, albacea de su padre Juan de León Castillo, a quien los debía Pedro de Garnica Girón, vecino de la ciudad de Tepeaca, en esta manera: 533 pesos, 2 tomines y 8 granos, seis meses después de la fecha de esta escritura; otros 533 pesos 2 tomines y 8 granos, de allí en otros seis meses, y los 533 pesos 2 tomines y 8 granos restantes de allí en otros seis meses.