El Capitán Juan de Malpica, Escribano del Desierto de Perote, dueño de recua y labrador, dijo que por el amor que le tiene al Bachiller Antonio Zavala y Landa, Presbítero Teniente de Cura y por haber recibido de él buenas obras, hace gracia y donación pura, perfecta e irrevocable de 100 varas de tierra en términos de ese desierto, ubicada junto a las tierras del hospital. Dichas tierras las compró a la viuda de Pedro de la Almoguer Angulo, Alguacil Mayor que fue de la provincia de Jalapa.
JALAPA, PROVINCIA DE
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El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio La Santisima Trinidad, en esta provincia de Jalapa, dio en arrendamiento a Andrés Alcaide de Ojeda, vecino de Acatzingo, jurisdicción de Tepeaca una hacienda de ovejas nombrada Nuestra Señora de la Asunción, ubicada en términos del pueblo de San Salvador El Seco, perteneciente al Mayorazgo de la Higuera, con 15 293 cabezas de ganado ovejuno de tijera, casas y aperos, por tiempo de cuatro años, a partir del 15 de octubre de 1663, al precio de mil pesos de oro común anuales.
El Alférez Bartolomé Salvo, vecino de este pueblo de Jalapa, usando el poder que se le otorgó en la Ciudad de México, nombramiento que sustituye a favor de don Juan Antonio de Lagos y Arbide, vecino de este pueblo, para que se encargue de los todos los pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Antonio Romero, Teniente General de la provincia de Jalapa y Jalacingo, señala que don Agustín García Campomanes, hace codicilio a su testamento, en donde manda se mejore el quinto de sus bienes a sus hijos Ana y Francisco Javier, del cual deberán utilizar para gastos de su funeral y misas, también declara tener vendido el ganado del rancho nombrado “Llano de Chiltoyac” a sus hijos don Antonio García Campomanes y don Francisco García Campomanes.
Don Antonio Apolbón, labrador y vecino de esta provincia de Jalapa, otorga poder especial a don Roberto Quirbán, almacenero de la Ciudad de México, para que comparezca ante el Rey, Justicia y Cancillerías, donde siga la instancia y prevención de barcas para el pasaje del Río de la Antigua, Veracruz, haciendo el correspondiente asiento de sus particulares.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de la Provincia de Jalapa y la de Jalacingo, otorga que renuncia a su oficio en primera estancia en don Carlos Díaz y Herrero, en segundo a don Pedro Rosete y en tercero a don Juan Lazon, todos vecinos del pueblo de Jalapa, para que después de su fallecimiento se les despache título en forma.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de la Provincia de Jalapa y su agregada Jalacingo, dijo que en virtud de los oficios vendibles y renunciables, otorga que lo renuncia y otorga su lugar en primera instancia a don Carlos Díaz y Herrero y por su ausencia a don Pedro Rosete y en tercero a don Juan Lazon, todos vecinos de este pueblo, para que después de su fallecimiento, con testimonio de esta renuncia se les despache título en forma.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de la Provincia de Jalapa y su agregada de Jalacingo, dijo que usando de las facultades concedidas por leyes de estos reinos a los que tienen oficios vendibles y renunciables como lo es el suyo, otorga que lo renuncia en don Pedro Rosete, y por su falta en don José María Rosete, y por la falta de ambos, en don Francisco de Castro, todos de esta vecindad, para que después del fallecimiento del otorgante presentándose en el Superior Gobierno con testimonio de esta renuncia, se les pueda despachar título en forma para su uso.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de la provincia de Jalapa y su agregada de Jalacingo, otorga que renuncia a su oficio en don Pedro Rosete, y por su falta en don José María Rosete, y por la falta de ambos en don Francisco de Castro Pérez, todos vecinos de Jalapa, para que después de la muerte del otorgante se les despache título en forma a uno de los mencionados.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de la Provincia de Jalapa y su agregada de Jalacingo, otorga que renuncia a su oficio en don Pedro Rosete, y por su falta en don José María Rosete, y por la falta de ambos en don Juan Lazon, todos vecinos de Jalapa, para que el que de los tres se presentare después de la muerte del otorgante, se les despache título en forma para su uso y ejercicio.