JALAPA, JURISDICCIÓN DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0282 · Pièce · 06/02/1717
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Andrés de la Peña, Gobernador de San Juan Miahuatlán, don Juan Martín y don Juan Bautista, Alcaldes, don Juan Andrés y don Juan Francisco, Regidores y Antonio Nicolás, Escribano, representando al común y naturales por quienes prestan voz y caución, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, se obligan a pagar a Francisco Solozabal, natural de la Ciudad de Logroño, en los Reinos de Castilla, residente en la jurisdicción de Jalapa, 100 pesos de oro común y 12 fanegas de maíz, pagado por tiempo de cuatro años y él ha de ser obligado a tener escuela permanente para enseñar a leer, escribir y enseñar la doctrina cristiana a indios e indias grandes y pequeñas, excepto que las indias han de cursarla hasta los 10 años cumplidos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0290 · Pièce · 25/02/1717
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Tomás Rodríguez, Gobernador; don Pascual de la Cruz, Francisco Ignacio y Alonso de la Cruz, Alcaldes, Marcos Berriel y Antonio de Santiago, Regidores y don Lorenzo de Santiago, Escribano, por sí y en nombre del demás común y naturales del pueblo de Xilotepec, a través de Andrés Pérez intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Sebastián Lobato, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 96 en reales de contado, 12 fanegas de maíz, agua, leña que fuere menester y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0288 · Pièce · 18/02/1717
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Nicolás de la Cruz, Gobernador, Baltazar Juan y Juan Francisco, Alcaldes, Miguel Juan y Pedro de la Cruz, Regidores, y Pascual Juan, Escribano, todos naturales y oficiales del pueblo de Santa María Magdalena Xicochimalco, por medio de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Juan Eugenio Hernández, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 145 pesos de oro común en cada año, 12 fanegas de maíz y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana y él ha de ser obligado a asistir la enseñanza.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0212 · Pièce · 05/10/1727
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Alonso, Gobernador del pueblo de San Juan Miahuatlán, Antonio Martín, Juan García y José García, Alcaldes; Andrés Melchor y Juan Martín, Regidores, y Sebastián Juan, Escribano, dijeron que en cumplimiento de lo mandado acerca de que haya escuela en todos los pueblos, se obligan a pagar durante 2 años a Pedro Sánchez Lobato, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 90 pesos en cada uno, más una fanega de maíz en cada mes, un huevo cada viernes por muchacho, y él se compromete a enseñar la lengua castellana, a leer y escribir, a las muchachas desde los 5 años hasta los 10 y a los muchachos hasta que se casen.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0302 · Pièce · 22/03/1717
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Jerónimo, Gobernador del pueblo de Chapultepec, Domingo Hernández y Sebastián Juan, Alcaldes, Antonio Diego y Felipe de Mendoza, Regidores; y Juan Mendoza, Escribano, por medio de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, han convenido con Agustín Grajales, vecino de la jurisdicción de Jalapa, para que les asista en ese ministerio por 4 años, pagándole 70 pesos, le han de sembrar media cuartilla de maíz, y cada muchacho le ha de llevar 2 huevos cada semana.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0278 · Pièce · 15/01/1717
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán José Camino y Velasco, Alcalde Mayor de la jurisdicción de Jalapa, y el Doctor Agustín Sánchez de Ledezma, Cura de esta doctrina, dijeron que en este pueblo hace falta escuela para muchachos en notable detrimento y atraso en su educación y enseñanza, originado de las cartas o ninguna conveniencias, para cuyo remedio hicieron juntar a la vecindad de este pueblo, para lo cual se discurrió el que los vecinos contribuyeran entre todos hasta 300 pesos por cada año que se logró juntar, en tal virtud se obligan de dar y pagar a don Francisco de Espinosa de los Monteros, vecino de la Puebla, residente en Jalapa, los 300 pesos en cada año por tercios cumplidos que corren desde el 1 de febrero de este año y que ha de ser obligado a abrir dicha escuela.\r\n

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0285 · Pièce · 17/02/1717
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Martín, don Antonio Hernández y don Miguel Francisco, Alcaldes, Antonio Francisco y Esteban Hernández, Regidores, Mateo Martín, Escribano, por sí y en nombre del común y naturales del pueblo de San Pablo Coapan, a través de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, se obligan a pagar a Manuel de Zárate, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 80 pesos de oro común en cada año, 12 fanegas de maíz y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana y él ha de ser obligado a asistir la enseñanza.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0214 · Pièce · 14/02/1728
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro García, Gobernador del pueblo de Xicochimalco y demás oficiales de él, dijeron que en cumplimiento de lo mandado acerca de que haya escuelas en todos los pueblos, se obligan a pagar por 5 años a Diego Maldonado, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 110 pesos en cada uno... (rasgado) con cargo y calidades de que ha de tener escuela donde ha de enseñar a 50 muchachos y 50 muchachas, a éstas hasta los 10 años, a quienes les enseñaría la lengua castellana, a leer y escribir.