Clara Lorenza de Vargas, vecina de esta jurisdicción de Jalapa, otorga que recibió de Domingo Díaz Mier, vecino de este pueblo de Jalapa, 373 pesos de oro común, mismos que le debía por escritura, otorgando carta de pago por la cantidad recibida. \r\n\r\n
JALAPA, JURISDICCIÓN DE
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Marcelo Barradas y Ana Barradas, hijos legítimos de Gabriel Barradas y María Hernández, vecinos de esta jurisdicción de Jalapa, y la citada Ana Barradas con licencia expresa de su esposo Juan Barrios, otorgan poder especial a Lucas José Barradas, español y vecino de este pueblo, para que en sus nombres comparezca ante el rey, sus reales audiencias y chancillerías, demás señores jueces y justicias, superiores e inferiores y de ambos fueros, donde prosiga la demanda que tienen los otorgantes con los herederos de apellido Antúnez, por la propiedad de unas tierras ubicadas en la Estanzuela, para lo cual presente pruebas, testigos y declaraciones necesarias.
Don Carlos José Garzón y doña Juana Morales, marido y mujer, vecinos de este pueblo, se obligan a pagar a don Agustín Benítez, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de esta jurisdicción de Jalapa y Jalacingo, Mayordomo de la Cofradía de la Concepción, la cantidad de 50 pesos, en el plazo de 5 años, con réditos anuales de 5%, y para seguridad de esta deuda hacen hipoteca especial de unas casas, cargadas con un censo redimible de 60 pesos del Santísimo Sacramento, de esta Cofradía, junto con otra casa de José de la Calle, cargada con 500 pesos.
Don José Antonio de Acosta, Teniente General de esta jurisdicción de Jalapa, informa que vendió a la difunta Micaela Rodríguez, viuda de Juan Mendoza, un pedazo de solar de 35 varas de frente, que linda al poniente con calle que sale hacia Naolinco y casas de don Domingo Díaz Mier, al sur con casa que fue de Juan de los Santos, al poniente con la barranca de Xallitic y al norte con un estribo de dicha barranca; dicha propiedad la vendió en 5 reales por cada vara del frente, pero sin entregarle escritura a la citada difunta, la cual entrega a José Núñez, encargado de enterrar a dicha Micaela.
Andrés Pérez de la Higuera, dueño del Ingenio La Santísima Trinidad, como principal, y su hermano Francisco Hernández de la Higuera, como su fiador, dieron su poder cumplido a su madre Doña María González de Amarilla, y a su primo, Juan de Castillete, vecino de la ciudad de México, para que en sus nombres y a su dita de crédito, compren oro y plata labrada o por labrar que les pareciere; y una vez vendido, queden horros de daños y costas, hasta la cantidad de 10,000 pesos de oro común.
Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio La Trinidad, dio poder cumplido a José Ortiz de Avilés, vecino de Los Angeles, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre oro o plata labrada o por labrar; y una vez vendido, queden de su procedido, horros de daños y costas, hasta la cantidad de 2500 pesos de oro común.
Francisco Hernández de la Higuera, residente en su ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a su primo Juan de Castillete, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que le pareciere necesario; y una vez hecho barata y salida de ello, queden horros de todas costas y daños, hasta 8000 pesos de oro común, de los cuales haga y disponga, según le tiene tratado.
Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio nombrado La Santísima Trinidad, dio su poder cumplido a Pedro de Gracia, vecino de Los Angeles, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que le pareciere necesario ; y una vez hecho barata y salida de ello, queden horros de todas costas y daños, hasta 4000 pesos de oro común, de los cuales haga y disponga, según le tiene tratado.
Miguel de Aviñon, residente en su ingenio nombrado San Miguel Almolonga, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a Don Agustín de Valdéz y Portugal, Alcalde Mayor de la provincia de San Juan Iztacamaxtitlán, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre de las personas que hallare, la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que le pareciere convenir; y una vez hecho barata y salida de ello, queden horros de todas costas y daños, hasta 1 075 pesos de oro común, de los cuales haga y disponga, según le tiene tratado.
Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio nombrado La Santísima Trinidad, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a Pedro de Gracia, vecino de Los Angeles, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre de la persona que hallare, la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que fuere necesario; y una vez hecho barata y salida de ello, queden horros de todas las cosas y daños, hasta 4 000 pesos de oro común, de los cuales haya y disponga, según le tiene ordenado en sus cartas.