Inventario y participación de los bienes que quedaron por fin y muerte de Pedro Miguel; entre sus herederos se mencionan a su mujer María Velázquez y a sus hijos Diego Miguel y Pedro Miguel, menores de edad, como curador ad liten al capitán Francisco Atencia de Palacios, vecino del pueblo de Quechula, provincia de Tepeaca, y como albaceas a Joseph [José] de Cózar y a Francisco de Ligero, beneficiado de Huatusco.\n
HUATUSCO, PARTIDO DE
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Ante el Capitán don Alonso de Peralta y Mauleón, Alcalde Mayor de la villa de Córdoba, Corregidor del partido de Huatusco, pareció don Agustín de Sotomayor, vecino de la ciudad de Oaxaca, estante en este pueblo, y otorgó escritura de venta a Luis García Camacho, vecino de este dicho pueblo, de un negro llamado Manuel, portugués, de edad de cuarenta años, el cual vendió por esclavo cautivo, sujeto a servidumbre. Dicho Agustín de Sotomayor lo entregó en la cárcel pública de este pueblo por haber estado fugitivo y habérsele ausentado de su servicio [roto].
Sans titreDoña Agustina de Aragón y Peralta, viuda del Capitán don Juan de Peralta y Mendoza, difunto, Alcalde Mayor que fue de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Huatusco, como albacea testamentaria y en virtud del poder para testar que en vida le concedió su esposo, por la presente otorga el testamento de su marido. Declara que falleció el 21 de noviembre del presente año y su cuerpo fue enterrado en la capilla mayor de esta iglesia. Manda se le dé a la madre Ana María de San José, su hija, Religiosa Profesa del convento de San Juan, un relicario de plata sobredorada que era [de su marido], en que está un pedacito de lignum crusis. Declara que la Real Caja de México le debe a su marido dos años de salarios de sueldos de Alcalde Mayor, uno de cuando fue en Malinalco y otro cuando fue de Orizaba. Nombra a don Joseph [José] de Peralta y Mendoza, hijo legítimo de su marido en primeras nupcias, como patrón del patronato fundado en la ciudad de Trujillo, en la Extremadura, por su bisabuelo Alonso Regodón Calderón. Entre otras disposiciones.
Sans titreDon Gaspar Carbajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], vecino de esta villa, dueño de trapiche en su jurisdicción, dijo que por diferentes causas y motivos que a ello le mueven y principalmente el no disipar los bienes que pueden pertenecer a su esposa e hijos, otorga que promete y se obliga a no jugar juegos de cartas, “ni ninguno con el Capitán don Carlos Samaniego [y] Pacheco, Alcalde Mayor de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco]”, ni en manera alguna albures con otra persona, por tiempo y espacio de nueve años; y en caso de faltar dicha promesa, se impone pena de 500 pesos de oro común, los cuales aplicará para la limosna de quinientas misas rezadas por las Benditas Ánimas del Purgatorio.
Sans titreDon Miguel de Rojas y Amer, Doctor en Medicina y vecino de esta villa, vende al Capitán don Joseph de Leyva [José de Leiva] y Esparragosa, Alcalde Ordinario por Su Majestad y vecino de esta villa, un esclavo negro nombrado Lorenzo Remigio, de veintiocho años de edad más o menos, el mismo que el otorgante compró del Alférez don Juan de Almasa [Almaza] [roto], y ahora vende en precio de 200 pesos de a 8 reales cada uno de oro común libres de alcabala.
Sans titreEl Alférez Juan Jiménez, Escribano de Su Majestad y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Capitán don Miguel de Rojas y Amer, vecino de México, para que en su nombre parezca ante los señores jueces oficiales de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de México y en los tribunales que convenga, para hacer postura, admitirla y celebrar remate de las Reales Alcabalas de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Huatusco y su jurisdicción por tiempo de nueve años [roto], las cuales han estado al cuidado y obligación de los señores alcaldes mayores. Dicha postura ha de ser por tiempo de nueve años, ofreciendo en cada uno 1 000 pesos más o menos.
Sans titreDon Carlos Samaniego y Pacheco, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General en esta villa de Córdoba por Su Majestad y partido de Huatusco, como juez del conocimiento de los autos del juicio divisorio de los bienes que quedaron por fin y muerte de don Lope de Yribas [Iribas], dijo que como consta en el escrito presentado por don Tomás López de Sagade [Bugueiro], marido de doña Juana de Ojeda, tiene pedido como acreedor de dichos bienes se le paguen y entreguen 2 000 pesos a cuenta de 3 000 pesos que le legaron a su mujer el Capitán Nicolás Blanco y doña Ana de Sandoval, su mujer, difuntos. Cuyos 2 000 pesos resultaron del remate de una casa en almoneda pública, y están en depósito con Alonso Gómez Dávila. Y por cuanto don Tomás López de Sagade ha ofrecido fianza para el mayor seguro de recibo y entrego, manda por la presente se le entreguen los 2 000 pesos a cuenta de los 3 000 del legado, y que habiendo otro acreedor de dichos bienes con mayor derecho, Tomás López los ha de devolver.
Sans titreEl Alférez Mayor don Miguel Valero Grageda [Grajeda], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que ha recibido del señor General don Pedro Caramur y Henrriquez [Enríquez], Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta dicha villa y del partido de San Antonio Huatusco, 1 250 pesos de oro común que “me doy por entregado”; dicha cantidad le fue entregada de orden del Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, por cuenta de lo que importaron los fletes de los sillares que ha de llevar de la cantera de esta villa, en sus carros, a la ciudad de la Nueva Veracruz, para la fábrica del muelle de dicha ciudad, a razón de 5 pesos y medio cada sillar, de a vara de largo, [ilegible] de ancho y media por alto.
Sans titreAnte el Capitán don Pedro Caramur y Enríquez, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán por Su Majestad de este partido de San Antonio Huatusco y villa de Córdoba, pareció Juan de Espinosa, Escribano Público y de Registros del partido de Orizaba, dijo que en conformidad de la facultad que Su Majestad [roto] se le concede facultad para poderlo poner en esta villa y jurisdicción de San Antonio Huatusco, que le sirva continuamente, por tanto y en aquella vía y forma nombra por Teniente de dicho su oficio de Escribano Público de este partido y villa de Córdoba a Nicolás de Estrada, Escribano de Su Majestad, para que lo use y ejerza en la misma conformidad que el susodicho lo puede y debe usar como propietario; con calidad y condición de que ha de ocurrir ante el Excelentísimo en su superior gobierno a pedir la aprobación de este nombramiento.
Joseph [José] de Leyba [Leiva] y Esparragosa, Diego [de Palma], Domingo Merodio, Diego de Rojas, [roto], Benito Caraballo [Caravallo], Nicolás [roto], [Fernando] Pardo [y] Quiroga, Gerónimo [Jerónimo] [roto], Antonio Muñoz, Vernave [Bernabé] Sánchez, [Lucas] Ruiz Gigon [Gijón], Juan de los Santos [Cubillos], Antonio Millán, Diego de Viveros, Thomas [Tomás] Ferrer [de Benavides], Juan Camaño, vecinos de esta villa de Córdoba; todos en voz propia y en la de los demás vecinos de dicha villa, otorgan poder [general] al Capitán Diego Dávila Barrientos, [roto] para que [los represente] en todos sus pleitos, causas, y negocios civiles, criminales, eclesiásticos y seculares; parezca ante [roto] su Real Consejo y Audiencias, y con derecho deba [haga] requerimientos, demandas, [roto] y pida se hagan citaciones, embargos [roto]; pida términos y los renuncie, y costas y las jure y cobre, y otros papeles y recaudos que convengan, por lo que se le da este con libre y general administración.
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