Francisco de Oliveros, Corregidor de la provincia de Huatusco, otorga poder a Francisco Núñez, para que pueda cobrar de Alonso Martín [Martínez] de la Morena y de sus bienes, lo que le pertenece por cinco posesiones que le dio en términos de Tlalixcoyan.\n
HUATUSCO, PROVINCIA DE
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Francisco de Oliveros, Corregidor de la provincia de Huatusco, otorga poder a Luis de Oliveros, su hermano, beneficiado de la provincia de Zongolica, y a Francisco Pacho, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre cobren de Silvestre Espíndola y de doña Damiana Espíndola, su hermana, vecino de la ciudad de México, 2 000 pesos de oro común que los susodichos le deben, el primero como principal y doña Damiana como su fiadora.
Francisco de Oliveros, Corregidor por su Majestad de la provincia de Huatusco, otorga poder especial a Francisco Pacho, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre cobre de los jueces oficiales reales, que residen en la ciudad de México y de quien lo deba dar y pagar, los salarios de todo el tiempo que ha sido corregidor en dicha provincia hasta el día de hoy. También otorga poder general para que cobre todas las cantidades de pesos de oro o plata, esclavos, escrituras, conocimientos y mercaderías que le deban.\n
Francisco López, como principal, y Juan Fernández, como su fiador, vecinos del pueblo de Tlalixcoyan, se obligan a pagar a Francisco de Oliveros, Corregidor de la provincia de Huatusco, 60 pesos de oro común, los cuales son por razón de 120 bobos que le dio Oliveros a Francisco López para que los llevara a la ciudad de México, a razón de 4 tomines bobo.\n
El señor Capitán don Juan Antonio Cano Motecsuma [Moctezuma], Alcalde Mayor y Capitán a Guerra de la villa de Córdoba y provincia de San Antonio Huatusco, otorga que da poder a don Juan Fernández de Caraveo, vecino de la ciudad de México, para que pida y reciba de la Real Caja de Su Majestad, 366 pesos 4 tomines y 6 granos de oro común, que se le deben por otros tantos que importaron los tributos [roto] del pueblo de Texupilco y sus sujetos en la jurisdicción de Temascaltepeque [Temascaltepec] por tiempo de un año, que empezó a correr desde el mes de agosto [roto] de 1675 hasta el presente año [roto] el Ilustrísimo y Excelentísimo Señor Arzobispo [roto] de esta Nueva España se sirvió hacerles [roto] dicho pueblo para la reedificación de su ig[roto].
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDon Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, de la provincia de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y de San Antonio Guatusco [Huatusco], y Teniente de Capitán General por Su Majestad, nombra Teniente de Alcalde Mayor de San Antonio Guatusco [Huatusco] a Sebastián Fernández, con vara para que administre todos los casos y cosas pertenecientes a ella, y sustanciadas se las remita a su juzgado para su definitiva, que para ello le da el poder y facultad que en derecho se requiere.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOCertificación del testamento de Don Pedro Caramur Enrriquez [Enríquez], natural de la ciudad de Sevilla, residente en esta villa de Córdoba, hijo legítimo de don Pedro Caramur Enrriquez [Enríquez] y de doña María Enrriquez [Enríquez] de Castilla y Momparles [Momparler], difuntos. En dicho testamento declara lo siguiente: Debe de 700 a 800 pesos poco más o menos, de los rezagos de alcabalas que fueron durante el tiempo en que permaneció de alcalde mayor de la provincia de San Antonio Guatusco [Huatusco] y esta dicha villa. También debe más de 300 pesos, en que Su Majestad lo alcanzó, por el beneficio de una cantera que obtuvo siendo tal alcalde mayor, distante una legua de esta villa en que se labraban las piedras para el castillo de San Juan de Ulúa; es su voluntad se ajuste la cantidad líquida que fuere, y en caso de no alcanzar para su paga con el valor de sus bienes que deja, pide “por el amor de Dios” que el resto, para su reintegración se lo perdonen. Debe varias cuentas de pesos al Capitán Luis Saens [Sáenz] de Tagle, al Capitán Domingo de la Rea y otras personas, mediante a que se compruebe, no tener con que pagar, pide “por amor de Dios”, se lo perdonen. Deja entre sus papeles diferentes cuadernos [roto] en el que consta lo que a él se le debe. Nombra por su albaceas testamentarios y tenedores de bienes al Capitán Luis Saens [Sáenz] de Tagle y al Capitán Joseph [José] de Segura y Seballos [Ceballos] Alcalde Ordinario actual y vecino de dicha villa. Declara por hijo natural, habido en mujer soltera, a Joseph Seron [José Cerón], niño de ocho años, poco más o menos, que se halla en casa de Agustín Seron [Cerón] en la ciudad de la Puebla de los Ángeles. Por bienes señala cuatro esclavos, y los demás que se hallaren de la puerta hacia adentro de su casa y que constarán por su inventario. Nombra por tutor y curador al dicho Capitán Tagle.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan [García] de Miranda, vecino de esta villa de Córdoba, y dueño de trapiche en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y representación lo obligue a favor de la persona o personas que hallare y concertare hasta por la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándolo como principal o como fiador del Capitán y Sargento Mayor Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa y provincia de San Antonio Huatusco, y en razón de lo susodicho otorgue escritura que le fuere pedida, misma que aprueba y ratifica, y se obliga con su persona y bienes.
ALONSO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTORDon Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Ordinario por Su Majestad de esta villa de Córdoba y provincias de San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepec, otorga que da su poder a don Diego Orejón de la Lama, “su hermano [roto] del Consejo de Su Majestad y Secretario Mayor del Ayuntamiento de la villa de Madrid, y a don Pedro Christobal de la Alcasar [Cristóbal de la Alcázar], Caballero del Orden de Calatrava [roto] que convengan y siendo su Majestad servido hacerme dicha merced me remitan a este reino [roto]. Otro se los doy este poder para que me puedan obligar hasta en cantidad de 8 000 pesos que tomen a mi crédito […] y me obliguen en toda forma a que daré y pagaré en este reino la cantidad de pesos que en virtud de este poder me obligue”.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOGregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y representación lo obligue a favor de la persona o personas que hallare y concertare hasta por la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándolo como principal o como fiador del Capitán y Sargento Mayor Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa de Córdoba y provincia de San Antonio Huatusco, y entregue la escritura que le sea pedida.
ALONSO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTOR