Miguel Balero [Valero] Grageda [Grajeda], Alférez de esta villa, otorga poder especial a Nicolás Jordan, vecino de la villa de Madrid y Agente de Negocios en el Real y Supremo Consejo de Indias, y a Francisco de Solís, Alguacil Mayor por Su Majestad en esta villa de Córdoba y el partido de San Antonio Huatusco, para que en nombre del otorgante parezcan ante el rey y pidan la confirmación de su oficio de Alférez Mayor de esta villa, y le otorgue la facultad y privilegio a dicho oficio de poderlo servir.
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El Bachiller Juan García de Arroyo, Clérigo Presbítero, Cura Teniente de esta villa, en virtud de poder de Joseph [José] Pérez de la Peña y María Ramírez de Ferrera, su mujer, vecinos de la ciudad de los Ángeles, para estar en los autos del juicio divisorio de los bienes que quedaron por fin y muerte de María Ferrera [de Tévez], difunta, otorga que ha recibido de Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y del partido de San Antonio Huatusco, 338 pesos de oro común en que se incluyen 105 que se pagaron a Jacinto Pérez Padrón, Alcalde Ordinario de esta villa, de otros tantos que los susodicho le debían. Dichos 338 pesos es el resto de 800 que el alguacil debía a los dichos Joseph [José] Pérez de la Peña y María Ramírez de Ferrera, de la venta de una casa que fue del Regidor Juan Francisco Ramírez y María Ferrera [de Tévez].
UntitledDon Juan Pérez, Gobernador; Miguel Juan, Regidor Mayor; [roto] y Bartolomé Francisco, Regidores; Joseph [José] de la Cruz, Alguacil Mayor; Cristóbal Jácome, Alcalde del barrio de San Juan Texucapan; y Juan de Morales, Alcalde de Santiago Ystiyuca [Ixtiyuca], todos del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] partido de San Antonio Guatusco [Huatusco]; mediante Jacinto Beneroso [Veneroso], intérprete de dicho partido y vecino de este pueblo, y con licencia que pidieron al Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General por nombramiento del Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago y Alcalde Mayor de dicho partido, otorgan en arrendamiento a doña Micaela Ramos, viuda de Marcos Blanco y vecina de este pueblo, unas tierras que llaman el sitio de Quausxapa, que poseen a la salida de este dicho pueblo para el de San Antonio Guatusco [Huatusco], las cuales siempre han arrendado a doña Micaela, como obligada del abasto de las carnicerías de dicho pueblo, para que agostasen sus ganados. Las arriendan por tiempo de dos años y precio de 60 pesos anuales, que ha de pagar a los otorgantes o a quien les suceda, para los gastos y fiestas de la cofradía de Nuestra Señora, sita en la iglesia de este dicho [pueblo].
UntitledEl Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que por cuanto se necesita teniente de alguacil mayor que asista los negocios que se ofrecen en el partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] y San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], usando de la facultad de hacer nombramientos y atendiendo a las calidades que concurren en don Nicolás Cano Moctessuma [Moctezuma], le nombra por tal teniente de dicho partido y sus pueblos por tiempo de la voluntad, cuenta y riesgo del otorgante.
UntitledBalthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor perpetuo y Depositario General de esta villa, como Procurador nombrado por la Justicia, Cabildo y Regimiento de ella, dijo que por cuanto los naturales del pueblo del Naranjal, jurisdicción de Orizaba, han aprehendido posesión de tierras en la jurisdicción de esta villa de Córdoba en grave perjuicio de dicho Cabildo, por ser dichas tierras de las que le tocaron en su fundación a sus primeros pobladores. Y hallándose imposibilitado para ir personalmente a la ciudad de México donde está radicado este juicio, otorga poder al Regidor [roto], quien se halla en la [ciudad de Mé]xico, y a Domingo de Córdoba, Procurador [roto] de la Real Audiencia de esta Nueva España; para que puedan parecer ante Su Alteza y Señores de la Real Audiencia de esta Nueva España y hagan los pedimentos, requerimientos, citaciones, alegaciones, protestas suplicas, presenten escritos y demás pruebas, hasta lograr que los poseedores de dichas tierras lo están en quieta y pacifica posesión de ellas.
UntitledLos Capitanes don Miguel de Valero Gragera, Alférez Mayor; don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; Don Diego Valero [Grajeda], Francisco de Aguilar, don Baltazar González de Velilla Blanco, don Miguel de Leiva [Esparragosa], don Gaspar Carvajal, don Juan Valero Grageda, Regidores y en nombre de la vecindad de esta dicha villa, otorgan poder especial al Capitán don Juan Matías de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en nombre de la vecindad de esta dicha villa, parezca ante dichos señores, contador general y jueces oficiales reales de la ciudad de México, y pida que se haga el remate de dichas Reales Alcabalas de esta villa, su jurisdicción y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], en la cantidad de 1 100 pesos en que se le había rematado al Alférez Juan Jiménez por el tiempo de nueve años los cuales se expresan en dicho remate, obligando a este Cabildo a la paga de ello en la misma manera y cantidades de exhibición y contado.
UntitledFrancisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], vende al Capitán don Tomás López de Sagade, vecino de esta villa, un esclavo negro nombrado Benito, criollo de la Isla de Santo Domingo, de veinticinco años de edad, por precio de 400 pesos de oro común.
UntitledFrancisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y del partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], en nombre y con poder del Capitán Francisco Conde de Cárdenas, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, [roto] vende a Juan Rodríguez Durán, Alcalde Ordinario de esta villa, un esclavo negro nombrado Andrés de nación gachupín, de diecisiete años de edad más o menos, por precio de 350 pesos de oro común.
UntitledFrancisco de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor de ella y su partido de San Antonio Huatusco por Su Majestad, dijo tiene otorgado testamento ante Domingo Antonio Gómez [Escribano que fue de esta villa], con fecha del 12 de abril de 1687, mismo que modifica a través del presente codicilio, en la forma siguiente: revoca la cláusula en la que mandó se dieran 200 pesos de limosna a Juana, niña que crio en su casa; anula el pago de 100 pesos que le debía al Capitán Martín de Aranguti; revoca el cobro de 80 pesos de una carga de tabaco a Diego de Sequero; revoca el pago de 300 pesos a Juan Rodríguez Durán; revoca el cobro del tabaco que le dio al Sargento Diego de Oxeda [Ojeda]; manda a sus albaceas que por el tiempo que dure la obra de la iglesia de San Antonio de Padua [que se está haciendo] en esta villa, se le dé todo lo que importe del solar que tiene arrendado a Antonio Moreno [roto] en teja o ladrillo de que hace limosna a la obra de dicha iglesia; manda se ajuste cuenta a razón de 8 pesos mensuales al administrador Diego de la Cruz por el tiempo que asistió su tienda de mercadurías; declara que el Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva] le debe el valor de un esclavo mulato que le vendió y otros tantos que se obligó a pagar en nombre don Juan de la Madriz [sic]; declara tener un mulato albañil llamado Juan Matheo [Mateo] que a cuenta de su libertad y la de su mujer le ha dado la cantidad de pesos que constan por escritura, por lo cual ordena se le entreguen los papeles tocantes a su libertad; declara que Andrés Sánchez, Alcaide de la cárcel de esta villa, gana de salario 10 pesos mensuales con cargo y calidad de que no han de entrar en su poder los derechos así de llamamiento, décimas y carcelajes y lo demás tocante a la dicha vara porque todo es suyo el aprovechamiento [roto].
UntitledFrancisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], como deudor, junto con Pedro Suárez, vecino de esta villa, como su fiador, se obligan a pagar la cantidad de 355 pesos de oro común, herencia de Juana de Cuéllar, menor hija legítima de Alonso López de Cuéllar y de Nicolasa Ramírez, difuntos, y los réditos 17 pesos y 6 reales cada año.
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