HIJOS NATURALES

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0008 · Item · 1830/02/05
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              María Luisa González, hija de Manuel González y de Felipa Burgos, vecinos que fueron del pueblo de Perote, de donde es originaria, estando buena y sana, pero de edad avanzada, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que es de estado libre y que tiene una hija natural nombrada María Luciana González, cuyo padre ya es difunto y está casada con el ciudadano Francisco Barrios. Declara que, en el pueblo de Perote, existe una casa que quedó por bienes de sus finados padres, de quienes no quedaron más herederos que ella, su hermano que ya es difunto y se llamó José Manuel González y una hija de éste que murió en Puebla en el hospital, quien hizo cierta disposición, de la cual se ha querido constituir único arbitrio disponedor de la casa referida don Miguel Rodríguez, vecino del pueblo de Perote; pero repite que la expresada casa quedó para herencia por iguales parte a la presente compareciente y a su hermano. Declara que, el referido su hermano, empeñó una casa que le pertenece a ella sola, en 100 pesos, por lo cual tuvo que venderla para satisfacerlos, y le son deudores los bienes de su hermano de dicha cantidad, cuya suma ordena se cobre de lo que a él le pertenezca. Declara que su hermano empeñó a don Matías Blasco la casa existente en Perote, en cantidad de 230 pesos uno y medio real y que para liberarla del empeño tuvo que ocurrir a su hija y marido, quienes consiguieron de Blasco les hiciese donación de 130 pesos uno y medio real, conformándose con recibir 100 pesos en lugar de toda la cantidad; pero cediéndoles la acción del total, y así es, que aunque solo dieron 100 pesos los repetidos su hija y su consorte son acreedores contra la finca a los 230 pesos uno y medio real. Declara, que los prenotados su yerno e hija son acreedores a la propia casa por la cantidad de 120 pesos que tienen invertidos en reparos de la misma finca. Ordena se mande decir catorce misas para la limosna de un peso cada una de las cuales se aplicarán diez por las almas del purgatorio y las restantes por la de ella. Nombra a su hija María Luciana como su albacea y universal heredera.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0113 · Item · 1830/09/30
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Salvador García del Corral, originario de Castilla la Vieja en la península española, vecino de Nautla y residente en esta villa, hijo de Don Miguel García del Corral y de doña María García Parruar, ya difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser de estado soltero, que tiene dos hijos naturales habidos en doña María Cruz, siendo ella libre, cuyos niños son María Ramona y José Jerónimo, la primera de cosa de diez años y el segundo de seis a siete, ambos existen en Nautla. Declara que la nominada María Cruz es ya difunta, y que al tiempo de su fallecimiento quedaron en su poder cosa de 300 pesos en reales y unas cinco o seis vacas. Nombra por sus herederos a sus hijos María Ramona y José Jerónimo García del Corral y Cruz, y por sus albaceas testamentarios a don Anselmo Romero y don Lucas de la Cruz, vecinos de Nautla. Y para el cargo de tutor y curador ad bona, nombra en primer lugar a don José Miguel Martínez y por su falta a don Santiago Barioso, ambos vecinos del repetido Nautla.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0140 · Item · 1821/08/25
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco González, natural, vecino de esta villa y de su comercio, hijo natural de doña María Nicolasa Mendieta, difunta, otorga su testamento en la forma que va declarada: Ordena que, de sus bienes se saque la cantidad de 600 pesos y se entreguen al mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora del Carmen para que los imponga a réditos a finca segura y con el premio se celebren anualmente treinta misas, veinticuatro por intercesión de su alma y las seis misas restantes por la de su madre. Ordena que a los dos ñiños expósitos en su casa, José María Cornelio de cinco años y María Guadalupe de cuatro, les hace donación o legado en forma de la cantidad de 500 pesos a cada uno para sus alimentos y educación, cuyas cantidades percibirá y cuidará su albacea, cuidando de su justa inversión, pues para ello la nombra su tutora y curadora. Encarga que a su prima, Joaquina González, se le den de sus bienes 40 pesos, de que le hace legado en forma. Declara que por el mes de agosto de 1814 contrajo matrimonio con doña María Gertrudis Rodríguez, siendo de estado doncella, en cuyo matrimonio ninguno trajo caudal y no han procreado hijos. Declara por bienes una tienda que tiene en esta villa, en la casa de don José Castañeda, que hace frente a la casa del mercado. Encarga que, de sus dependencias, se satisfaga lo pasivo y recaude lo activo, para que aumente a la masa de sus bienes, los que se dividirán en dos partes iguales, por pertenecerle a su esposa una de ellas como bienes gananciales del matrimonio. Nombra por albacea fide y comisionario y tenedor de bienes a su esposa doña María Gertrudis Rodríguez. Y del remanente que quedare en atención a no tener heredero forzoso, es su voluntad que su albacea la entregue al mayordomo de la referida cofradía de Nuestra Señora del Carmen, para que también se impongan a réditos en finca segura y lo que produzca se invierta en misas. Al firmar el otorgante dispuso que del sobrante de sus bienes que debe entregarse al mayordomo de la cofradía del Carmen, se saquen 100 pesos y se entregue al Ilustre Ayuntamiento de esta villa, como patrono del Hospital de Mujeres, para que se inviertan en beneficio de las enfermas. También, expresó que habiendo reflexionado que los niños que tiene en su casa quedarían sin ningún recurso luego que fuese invertida toda la cantidad que a cada uno le donó y en razón que los considera como sus propios hijos, es su voluntad que los 1 000 pesos se impongan a réditos empleando sus frutos en beneficio de los menores y se les entregarán sus 500 pesos cuando tomen estado o tengan la edad, señalada por la ley para percibirlos. Finalmente, en caso de situaciones que menciona en el acta y si falleciere su esposa o pasare a segundas nupcias, nombra por tutor y curador de los menores a don José María Becerra, de este comercio y vecindad.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0101 · Item · 1834/07/12
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano Teniente Coronel don Rafael Navarrete, residente en este suelo, dijo que tiene una hija natural nombrada Eulalia de poco más de un año de edad, la hubo en Antonia Ramírez de cuyo poder la ha quitado, en consideración a que siendo mujer que carece de recursos es imposible darle educación, sino que lejos de eso hay probabilidad de que solo se le proporcionaría mal ejemplo y acaso a la vez su prostitución; por cuyas razones ha puesto a dicha criatura en la casa de sus padrinos Manuel de Azua y doña María Dolores Rubio Roso, con quienes es su voluntad permanezca para siempre; y que entre tanto esa niña llega a la edad que las leyes exigen para que pueda formalizarse prohijación o adopción, respecto a que el comparente por su empleo no puede tenerla consigo, y por tanto ha acordado celebrar el presente instrumento por el cual declara que es su voluntad que permanezca dicha su hija Eulalia desde ahora para adelante en la casa y poder de los nominados don Manuel de Azua y su esposa doña María Dolores Rubio Roso, en quienes delega su acción para que la críen, eduquen y alimenten como si fuese hija de ellos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0084 · Item · 1832/07/14
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Diligencias pertenecientes al testamento de don José Miguel Galván, primeramente, se presenta la memoria testamentaria de éste, otorgada en San Gerónimo Coatepec el 7 de junio de 1827, en la cual declara ser natural y vecino del pueblo de San Gerónimo Coatepec; ser soltero y tener dos hijos naturales que se llaman José María y José Antonio, habidos con dos personas libres, uno en María del Carmen Peredo y el otro en Rosa Arrieta; asimismo, declara por bienes una tienda, una tenería y dos ranchos de tabaco; nombra como herederos a sus dos hijos naturales; como tutor de sus hijos nombra a Lorenzo Bueno; y como albaceas a sus dos hermanos, Francisco Galván y Rebolledo y Ana María Galván. Posteriormente, el 24 de febrero de 1832, el Bachiller José María Aparicio, curador de pleito de los menores hijos de José Miguel Galván, en los autos promovidos por el ciudadano Lorenzo Bueno, para que se le releve del cargo de tutor testamentario que obtuvo de dicho José Miguel Galván; dijo que según el escrito presentado en dichos autos por Lorenzo Bueno, los bienes que Galván dejó se hallan abandonados, seguramente por la negligencia del albacea, que no debe disimularse por los graves perjuicios que siempre trae a los herederos la indivisión de los bienes, como una dolorosa experiencia lo ha acreditado en muchas familias que lamentan su miseria, nacida unas veces de la infidelidad muy punible de los ejecutores testamentarios y otras de una apatía escandalosa, semejante a la del albacea del difunto Galván. También, dijo que las excusas de pobreza y enfermedad que argumenta Bueno para que se le releve del cargo, son evidentes. Por todo lo cual, suplica se sirva a ver por bastantes las excusas alegadas por Lorenzo Bueno, relevándole en consecuencia del cargo de tutor testamentario. Y por cuanto, los menores a quienes representa, no carecen de bienes, teniendo que hacer algunos gastos en desempeño de su deber, como son el papel del sello tercero, pago de honorarios al abogado director y otros gastos que se ofrecerán en el curso del negocio; suplica se sirva mandar que el albacea Francisco Galván y Rebolledo, le entregue 50 pesos en calidad de expensas. Más tarde, el 2 de marzo de 1832, el Bachiller José María Aparicio, debido a la falta de legalidad del testamento presentado, solicita sirva mandar que se libre orden a Coatepec para que los testigos firmados en el documento presentado, que se dice ser el testamento de Galván, comparezcan en este juzgado y reconociendo sus firmas, declaren por la certeza de dicho documento, a cuya solicitud se anexan los testimonios de Lorenzo Bueno, Luis Camarillo, José Ambrosio Malpica, Francisco Galván y Segovia, Juan José Rebolledo, Hipólito Benítez y Marcos Hernández. Con la declaración de testigos, el 12 de mayo de 1832 el Bachiller José María Aparicio solicita se sirva a declarar como testamento nuncupativo el otorgado por Galván, a lo cual el Licenciado José [Lázaro de] Villamil, Juez de Letras del Cantón de Xalapa, el día 14 de julio de 1832, manda se declare testamento nuncupativo la memoria extrajudicial otorgada por José Miguel Galván, en Coatepec el 7 de junio de 1827, asimismo, se inserte y protocolice en el registro del oficio público de esta ciudad la memoria testamentaria y las diligencias subsiguientes, dejando razón de ello y testimonio de este auto. Por otro lado, manda que notificando esta providencia al curador ad litem de los menores y al albacea nombrado, se tasen y satisfagan las costas reponiéndose el papel en que se ha acentuado por cuenta del haber hereditario y dándose cuenta por reparado con la solicitud de Lorenzo Bueno para proveer lo conveniente.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0014 · Item · 15/03/1815
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de la Cuesta, vecino de la Capital de México, residente en esta Villa, quien viaja con destino a la antigua España, donde tiene pensado radicar, otorga poder especial a don José de Albear, vecino y del comercio de México, para que en su nombre dé la mano de esposo y compañero a doña Josefa Calápiz, también de aquella vecindad, con quien tiene una hija natural, cuyo matrimonio ha de efectuarse bajo la condición de que la contrayente debe embarcarse en compañía del otorgante para residir en España.\t

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              MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0083 · Item · 28/02/1816
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Castro, de esta vecindad, don José Valentín Salvo, padre y curador ad litem y ad bona de sus hijos, José Cayetano y Atilana Salvo y Castro; y don Gervasio Rodríguez Correa, también curador ad litem de José Joaquín Castro, menor impúbero hijo natural de doña Cayetana de Castro, difunta; así como doña Juana, madre de los anteriores y hermana entera del primero; y todos hijos del finado don Manuel de Castro y Sedeño y doña Juana Jiménez, también difunta, venden a José Manuel Flores, de esta vecindad, una casa ubicada en la Calle de Santiago, compuesta de 16 varas de frente hacia el norte, dicha calle en medio y del otro lado casa de los herederos de Juan Alonso de Castro; y 42 varas de fondo hacia el sur. Por el oriente linda con la casa de los herederos de José Antonio Márquez; por el poniente con el de Antonia de Rivera, morena libre. La vende por precio de 600 pesos, 400 en efectivo y los 200 restantes los reconocerá a premio sobre la misma finca en calidad de depósito irregular.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0298 · Item · 08/03/1717
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Francisca Espinosa Montero Matamoros, vecina del pueblo de Jalapa, dijo que por cláusula de testamento que otorgó don Tomás de Torres, dejó como heredera a doña María Josefa, su hija natural y al otorgante como su tutor, y en concurso de otros acreedores de su herencia con los instrumentos que justifican los derechos del otorgante y su hija para cobrar sus bienes y los réditos pupilares que hubieren corrido, en cuya virtud otorga poder al Licenciado don Francisco Orbe Arbieto y Tovares, Abogado de la Real Audiencia, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, al Capitán José Muñoz Calderón y a don Juan Dionisio de Luna, vecino de la Ciudad de la Veracruz, a todos de mancomún, para que lo representen ante las justicias que convengan y ante todas las que por esta causa puedan y deban conocer.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0440 · Item · 31/01/1719
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Josefa de Neira Claver, viuda vecina del pueblo de Jalapa, hija natural de Leonor Ordóñez de Neira, otorga su testamento donde declara lo siguiente: tiene empeñados unos zarcillos de oro con pomas de ámbar en poder de don Juan Montañés de la Cueva por 17 pesos, en la tienda de Luis González de Lucena tiene empeñados un relicario y 6 cucharas en 14 pesos. Tiene entre sus bienes enseres menores. Fue casada con José Esteban quien le dejó la casa en la que vive y después de su muerte pasará a poder del Convento del Señor San Francisco para que con su arrendamiento se digan las misas que alcanzaran. Tuvo un hijo natural a quien nombra como heredero universal del remanente de sus bienes después de cumplidas las misas que solicita.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0071-PX_0071_0093 · Item · 17/06/1807
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, otorga que hace donación a favor de doña María Guadalupe Iriarte, su hija, casada con don Bernardo de los Cobos, una esclava de 16 años de edad, hija natural de ciertos esclavos de su hacienda de fabricar azúcar nombrada Pacho, sujeta a servidumbre, cuya donación la hace en la más solemne y debida forma, para su mayor firmeza y validación.