Domingo Mucio, vecino de esta villa, otorga que ha recibido del Capitán Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta dicha villa, Alguacil Mayor en ella, 5 560 pesos y 6 reales que el susodicho le quedó debiendo de la compra que hizo del trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco de las Mesillas, que quedó por bienes de don Nicolás de Olivera, difunto, que se obligó a pagar por escritura de fecha 22 de abril de 1702; y porque dicha cantidad se dio por entregado otorga carta de pago y da por cancelada la citada escritura.
UntitledHACIENDA SAN FRANCISCO DE LAS MESILLAS
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Don Nicolás de Olibera [Olivera], vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario de su madre doña Josefa García de Miranda, y heredero universal de ella junto con su hermana doña Rosa Francisca de Olivera, dijo que por cuanto los bienes que heredaron le fueron entregados a él en los precios de los avalúos, obligándose a pagar a su hermana lo que le corresponde de herencia paterna y materna. Por tal razón, como poseedor de todos los bienes, es obligado a dar entero cumplimiento a las mandas y legados, deudas y disposiciones testamentarias de su madre. Una de estas disposiciones ordena que cumplidas las mandas y legados que dejó declarados, los cuales han de ser pagados del quinto de sus bienes, lo que quede líquido de su remanente se imponga a censo redimible sobre el trapiche de hacer azúcar que quedó por sus bienes en esta jurisdicción, para que con sus réditos se le acuda a la madre María de la Encarnación, su hija, Religiosa profesa en el convento de Señora Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, para ayuda y socorro de sus necesidades. Y habiéndose sacado del quinto 2 978 pesos 4 reales en el funeral, mandas y legados, quedó de remanente 110 pesos 3 reales 10 granos, los cuales el otorgante sitúa y carga sobre todos sus bienes y especialmente sobre el trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco de las Mesillas, para que sus réditos se destinen al socorro de las necesidades de su hermana la Madre María de la Encarnación, hasta su fin y muerte, y después se conviertan dichos réditos en misas por las almas del purgatorio.
UntitledPor una parte, el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad; de la otra, el Capitán Juan de los Santos Cubillos, albacea del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, quien lo fue de don Nicolás de Olivera, ambos difuntos, vecinos de esta villa de Córdoba; el Capitán don Gregorio Martínez dijo, que se le remató el trapiche que quedó por bienes de Nicolás de Olivera, nombrado San Francisco de las Mesillas, en la cantidad de 51 000 pesos, 15 000 de contado y lo demás a reconocer los censos que tuviere la hacienda, y el resto a pagar en 3 años. Y porque al presente tiene satisfechos los 51 000 pesos al Capitán Juan de los Santos y a los censualistas redimidos sus principales y pagados sus réditos, solicitó al Capitán Juan de los Santos, recibo y finiquito de dicha cantidad, quien dijo haber recibido del alguacil mayor los 51 000 pesos en los que se incluyen los 15 000 que había recibido del Regidor don Miguel de Leiva de contado y de ellos se dio por entregados a su voluntad, otorgando carta de pago; asimismo, el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez, se obliga a entregarle las escrituras canceladas del convento de Santa Clara y las demás de que redimió los censos que estaban sobre la citada hacienda y libranzas que tuviere en su poder y llamaron por una memoria que para en su poder; asimismo, se obliga don Gregorio Martínez a pagar los réditos de 10 años de 1 566 pesos que hasta hoy día de la fecha paraban en su poder de resto líquido de la citada cantidad; con lo cual el uno al otro se dieron finiquito y final de dicha cuenta y por rotas y canceladas cualesquier escrituras.
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