Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de la ciudad de los Ángeles, estante en esta villa de Córdoba, otorga poder a Diego de Brito Lomelín, su hermano, vecino de esta villa, para que en su nombre compre de fiado o contado a Antonio [de] Mayorga, vecino de esta villa, una hacienda de trapiche de hacer panela que el susodicho tiene en esta jurisdicción al pago de la Peñuela, nombrado San Francisco de Paula, con las tierras, casas y calderas, moliendas, cañas dulces, ganados, avíos y aperos. Asimismo, para que reconozca el censo que sobre dicha hacienda está impuesto y cargado a favor del convento de Nuestra Señora de las Mercedes de la ciudad de México.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALHACIENDA SAN FRANCISCO DE PAULA
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Antonio [de] Mayorga y Felipa de la Cruz, vecinos de esta villa de Córdoba, venden a Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de la ciudad de los Ángeles, una hacienda de trapiche de hacer panelas nombrada San Francisco de Paula, en esta jurisdicción, al pago de la [Peñuela] compuesto por 3 y media caballerías de tierra, que linda por [roto] con una barranca que divide dichas tierras de las del pueblo de Amatlán y por las otras partes con tierras de los baldíos de esta villa, con todos sus efectos. Los otorgantes declararon que el trapiche les pertenece por compra que hicieron al convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de México y sobre el cual está impuesto a censo principal redimible 900 pesos de oro común a favor de dicho convento, y ahora lo venden por precio de 2 400 pesos de oro común.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDiego de Brito Lomelín, vecino de la villa de Córdoba, en nombre y con poder de Pedro López del Castillo [Castrillo], su hermano, otorga que el dicho Pedro López del Castillo [Castrillo] debe y se obliga a pagar en lugar de Antonio de Mayorga, como parte del precio del Trapiche de San Francisco de Paula que le vendió Mayorga, las cantidades de pesos a las personas siguientes: al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, 390 pesos de oro común; al Capitán Juan González de Olmedo, vecino del pueblo de Orizaba, 200 pesos; al Capitán Agustín de [Vargas], vecino de la ciudad de los Ángeles, 127 pesos; a Pedro Gatica, vecino de esta villa, 24 pesos; a Juan Fernández, carpintero, vecino de esta jurisdicción, 40 pesos; a Francisco de Solís, Alguacil mayor de esta villa, 60 pesos; por la Real Alcabala de la venta de dicha hacienda 90 pesos; cuyos adeudos montan la cantidad de 931 pesos.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de dos haciendas del beneficio de hacer azúcar, la primera nombrada San Francisco de Paula y la segunda Nuestra Señora de Guadalupe, que posee en la jurisdicción de esta villa, otorga que vende al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa, Alguacil Mayor en ella, 250 pesos de censo que impone y carga a censo redimible sobre todos sus bienes, derechos y acciones, especialmente sobre las dos haciendas. Declara que la hacienda San Francisco de Paula está grabada en cantidad de 6 807 pesos de principal, los 900 de ellos a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de México, 1 451 pesos a favor de doña María del Castrillo, vecina de la ciudad de los Ángeles y 4 456 pesos a favor del Bachiller José López del Castrillo, Clérigo Diácono, vecino de dicha ciudad, cuyas cantidades están impuestas a censo principal redimible. Por su parte la hacienda Nuestra Señora de Guadalupe no tiene gravamen sobre sí, solamente el arrendamiento que se paga a esta villa por estar fundada en tierras que pertenecen a ella. Finalmente, declara que dichos 250 pesos de los corridos del presente censo los pagará al alguacil mayor o a quien en su poder hubiere y por precio y cantidad de 5 000 que dicho alguacil le ha suplido y prestado en reales de contado.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOPedro Ignacio de Andrade, vecino de esta villa, en nombre del Capitán José Antonio Moreno, vecino del pueblo de Orizaba, hizo manifestación para efecto de que se registre copia de una escritura de censo, de cantidad de 7 000 pesos otorgada por el Licenciado don Pablo de Sandoval y Zapata, Clérigo Diácono de este obispado y Familiar de Honor del Ilustrísimo Señor Arzobispo, en nombre y en virtud de poder de doña Bernarda Antonia de Riascos, viuda de don Francisco Mazuelos, Alguacil Mayor que fue del Santo Tribunal de la Inquisición, y asimismo, en nombre de dicho Capitán de Caballos Corazas don José Antonio Moreno y de doña Josefa Mazuelos su mujer, vecinos del pueblo de Orizaba, en cuya virtud dicho Licenciado don Pablo obligó a los nominados sus partes en la referida cantidad de 7 000 pesos en favor: los 1 500 de ellos de la capellanía que fundó Isabel Bejarano; 1 500 pesos a la que fundó Inés Barbas; 1 000 a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio; y los 3 000 restantes a la capellanía que fundó el Licenciado don Bartolomé Priego; de cuya cantidad se obligó a pagar en tiempo de tres años. Y en nombre de sus partes hipotecó un trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco de Paula, alias la Peñuela, que posee el citado Moreno; asimismo, hipotecó dos casas pertenecientes a la citada Bernarda, dichas casas también están afectas a otros principales.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICOEl Capitán Pedro López del Castrillo y doña Josefa Maldonado su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto es su intención fundar una capellanía de misas rezadas para su alma, las de sus padres y las demás de su intención, por lo que reduciendo a escritura, otorgan que instituyen la capellanía con la dote, número de misas, nombramientos de capellanes propietarios, patronos, con las calidades, condiciones y cláusulas siguientes: Lo primero, dotan la capellanía en 3 000 pesos de oro común de principal que aplican y sitúan en el valor y precio de todos sus bienes, en dos haciendas de trapiche de hacer azúcar nombradas la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora y el otro nombrado San Francisco de Padua [Paula], ambos valuados en precio de 56 311 pesos y 4 reales; y especialmente y señaladamente sobre las casas altas de su morada de piedra y madera, cubiertas de teja, que la dicha doña Josefa Maldonado heredó de su padre Juan Maldonado, ubicadas en el camino que va para el camino Real de la Veracruz, apreciada en precio 9 653 pesos de oro común; por lo que se obligan a que durante sus vidas pagarán al capellán 150 pesos de censo tributo y rédito en cada un año desde el día en que se haga colación. Como instituyentes y fundadores de esta capellanía nombran por primer capellán al Bachiller Pedro Pablo López del Castrillo, su hijo, que se halla estudiando en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y por su fin y muerte nombran por capellanes propietarios a Juan, Jerónimo, Nicolás y Antonio Romualdo López del Castrillo, asimismo sus hijos legítimos; por falta de los susodichos nombran por capellanes propietarios a don Miguel, [roto] y don Bernardo de Valero y Grajeda, sus nietos, hijos legítimos de don Juan Valero Grajeda y de doña Gertrudis López del Castrillo, su hija; y por falta de los citados nombran capellanes propietarios a los parientes más cercanos; los cuales dichos capellanes y cada uno en su tiempo, han de tener obligación de celebrar perpetuamente veinticinco misas rezadas en el punto y lugar que les pareciere por la limosna de 6 pesos cada una en los días que les pareciere. Y como instituyentes de esta capellanía se nombra el dicho Pedro López del Castrillo por primer patrono de ella y por su muerte se nombra la dicha doña Josefa Maldonado por tal patrona, y después de sus días la han de suceder los capellanes que fueron nombrados, cada uno en su tiempo y lugar. Es su voluntad que el capellán lleve la renta y diga las veinticinco misas desde el día que se hiciere colación de esta capellanía. Finalmente, piden y suplican al ilustrísimo señor obispo de este obispado, venerable cabildo sede vacante de la santa iglesia catedral de la Puebla de los Ángeles, admita la capellanía y erija su principal en bienes espirituales y beneficio eclesiástico colativo para su mayor perpetuidad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOPedro López del Castrillo, registró una escritura de censo de 5 000 pesos de principal que cargó sobre sus haciendas del beneficio de hacer azúcar nombrada San Francisco de Paula y la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, especialmente sobre sus suertes de caña, casas, ganado, esclavos, cobres y demás aperos, a favor del Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa. Asimismo, declaró que la hacienda de San Francisco de Paula tiene otros dos censos de 1 456 pesos de principal a favor de su sobrino el Bachiller José López del Castrillo y de doña María López del Castrillo [roto], vecina de la ciudad de los Ángeles, y 3 000 pesos de principal sobre dicha hacienda a favor [roto] López del Castrillo [roto], se manden decir todos los años doce misas rezadas perpetuamente por su alma y la de doña María Manjarrez Azañón, su legítima mujer.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Mariano José Almería, de esta vecindad, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que don Toribio Rodríguez Cabanzón, de esta vecindad y comercio, en nombre del Reverendo Padre Lector Jubilado Fray José Simón de Arango, del Orden de Señor San Agustín, Procurador General de su Provincia del Santísimo Nombre de Jesús de esta Nueva España, en virtud del poder que le confirió en la ciudad de México el 19 de agosto del presente año, y usando de la licencia que se le confirió por el Muy Reverendo Padre [roto] Fray Francisco Velarde, Provincial de dicha provincia en el convento de San Agustín de dicha ciudad, celebró escritura de venta de la esclavonia del ingenio de San Nicolás Tolentino, perteneciente a dicha provincia en la jurisdicción de Izúcar, que condujo a esta villa y se compone de 308 piezas de esclavos a los capitanes don Miguel de Leiva Esparragosa, don Félix de Gándara, Teniente de Caballería, don Marcos José de Hería y don Francisco de Mitre al precio de 83 pesos cada pieza de esclavo, por lo que importó toda la esclavonia la cantidad de 25 664 pesos que los susodichos compradores se obligaron a mantener en su poder lo que a cada uno corresponde por vía de depósito irregular en tiempo de seis años, la tercia parte de la importancia de la esclavonia que cogió cada individuo, y la restante cantidad pasados que sean otros tres años, con obligación de pagar sus respectivos réditos de 5 por ciento en cada un año. De igual manera, cada uno se obligó a pagar con las hipotecas que para el mayor seguro de los principales y réditos hicieron manifiesta en la forma siguiente: El Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa, 5 229 importe de 63 piezas de esclavos que tomó de la esclavonia con hipoteca de su hacienda de fabricar azúcar nombrada San José de Gracia; el Capitán don Félix de Gándara 9 047 pesos que importan 109 piezas de esclavos que percibió de la enunciada esclavonia, con hipoteca de su hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada Señor San José, alias el Corral; el Teniente don Marcos José de Hería 4 814 pesos que constan las 58 piezas de esclavos que tomó de la esclavonia, con hipoteca de su casa de cal y canto cubierta de madera y teja, con el solar de su pertenencia en que se halla fundada en esta villa, y un rancho, declarando haber hecho la compra de orden y para el Capitán don [roto] del Corro, de esta vecindad y república; y don Francisco de Mitre 2 474 pesos valor de los 78 esclavos que recibió, con hipoteca de su hacienda de hacer azúcar titulada San Francisco de Paula, alias la Peñuela, y todos con sus tierras, casas y lo que les pertenezca.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, otorga que el poder que tiene de doña María Manjares [María Manjarrez Azañon], vecina de ella, viuda, mujer que fue de Juan Maldonado, fecho en la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Francisco de Paula, a los 15 de febrero del presente año, lo sustituye en Gabriel de Bonilla Calderón, vecino de la ciudad de los Ángeles.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOPedro López del Castillo [Castrillo], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da su poder al Capitán Antonio Moreno de Torija, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre lo obligue a que dé y pague a doña Francisca de la Torre [y] Mercado, su madre, la cantidad de 15 000 pesos en reales por otros tantos que importó una hacienda de trapiche nombrada San Francisco de Paula, ubicada en esta jurisdicción, la cual se compone de 3 caballerías y media de tierra, caña dulce, esclavos, ganados, avíos y aperos, que la dicha su madre le tiene entregada y vendida. Por otra parte, señala que los 15 000 pesos han de quedar impuestos y cargados a censo principal redimible sobre su persona, bienes y dicho trapiche; asimismo, otros 900 pesos que están impuestos y cargados a censo principal redimible sobre dicho trapiche a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de México. Finalmente menciona que los 15 900 pesos de principal los pagará con obligación de su persona.
JUAN MALDONADO, JUEZ RECEPTOR