José Antonio de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Capitán Juan de los Santos Cubillos, su difunto padre, y en virtud del poder que para testar otorgó su padre a doña María Margarita de Rojas, su mujer y madre del otorgante, y en el cual nombró también al otorgante como albacea en concurso con dicha su madre. En cuya virtud dijo que habiendo fallecido su padre el día 10 de marzo del presente año, y estando impedida por enfermedad la dicha su madre, en conformidad de ella presentó poder y pidió, como tal albacea, se le concediese licencia para hacer inventario y avalúo de bienes y otorgar el citado testamento, la cual le fue concedida. Por lo que otorga testamento en la forma siguiente: Declara su padre fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa delante de la capilla de la Benditas Ánimas del Purgatorio. Declara debía al Capitán don Lope Antonio de Iribas su compadre, la cantidad de 5 000 pesos, 1 500 de ellos de venta que le hizo el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa al difunto del trapiche nombrado a Pura y Limpia Concepción, alías Acatengo, cantidad que el Capitán Leiva debía al Capitán don Lope que para poder pagárselos vendió a su padre dicha hacienda; 700 pesos que el Capitán don Lope Antonio de Iribas prestó a su padre para pagar una casa que compró de doña Marina Gómez Dávila; y los 2 800 pesos restantes, cumplimiento a los 5 000 pesos, que el Capitán don Lope Antonio de Iribas suplió a dicho su padre para avío de la hacienda después de que la compró del Capitán don Antonio de Leiva. También estaban cargados sobre la hacienda 1 000 pesos de principal a favor del convento del Señor San Antonio de esta villa, de los que se deben 50 pesos de réditos. Otros 1 000 de principal a favor del convento de Santa Clara de la ciudad de Los Ángeles. Asimismo, tenía cargados 6 000 pesos sobre la hacienda de principal, los 3 000 de una capellanía a favor de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, difunta, y los otros 3 000 pesos a favor de don Hipólito del Castillo de Altra. Sobre el trapiche 2 000 pesos de principal a favor de don Francisco Javier de Rivadeneira, uno de los hijos y herederos de don Gaspar Carlos de Rivadeneira, difunto. Tenía las deudas siguientes: con las hijas y herederas del Regidor José Gómez Dávila, religiosas del convento de Santa Clara, la cantidad de 1 100 pesos procedidos de tres esclavos que le vendió el Capitán don Lope Antonio de Iribas, cuya cantidad cargó sobre la hacienda; a los bienes y herederos del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Maestrescuela que fue de la iglesia catedral, 9 000 pesos procedidos de la hacienda nombrada Tlacotengo que le compró el difunto; a doña Inés María de Serrano y Perea, viuda del Pagador don Juan de Buendía, difunto, resto de una escritura 2 357 pesos de principal con hipoteca de la hacienda. Tenía situados y cargados sobre la casa de su morada 345 pesos de principal al redimir a favor de la cofradía del Santísimo Sacramento sita en la parroquia de esta villa, procedidos del valor de un negro. El difunto tenía cuenta con el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, con el Alférez don José Gómez, con el Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, con Antonio Millán Quijada, su compadre, y otras cuentas con diferentes personas por diferentes cantidades que se menciona en esta escritura. Al difunto le debían algunas personas por arrendamiento de tierras en que tienen sus ranchos. Fue albacea del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, en compañía de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, del que tenía cumplido su testamento. El difunto dejó comunicado que el Regidor don Miguel de Leiva había sido albacea junto con Antonio de Olivera, de Nicolás de Olivera, difunto, y en su testamento don Miguel de Leiva encargó se cumpliera el testamento de Nicolás; y el dicho su padre usó de uno y otro albaceazgo de que hubo litigio con el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís sobre la cobranza de los 30 000 y más pesos del resto de los 55 000 pesos que dio por la hacienda de trapiche nombrada San Francisco de las Mesillas que quedó por bienes de Nicolás de Olivera que habiéndose ajustado la cuenta general, el difunto resultó de alcance de resto líquido 1 556 pesos 3 reales y medio de los cuales recibió el difunto 1 318 pesos, y quedó restando al alguacil mayor hasta el día de hoy 238 pesos 3 reales y medio. Don Juan fue casado con doña María Margarita de Rojas, procrearon al otorgante, José Antonio de los Santos Cubillos, que al presente es de más de 25 años; a Luis Fernando Cubillos; doña Beatriz Cubillos de Granados, mujer del Alférez don José Gómez Dávila; y a Juan Feliciano Cubillos. Declara por bienes de su padre la hacienda nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, alías Acatengo, y la otra nombrada Nuestra Señora de Guía, alías Tlacotengo, que esta eriaza. Y por poder para testar que tiene el otorgante, señaló que se nombra por tenedor de bienes y heredero junto con Luis Fernando Cubillos, Juan Feliciano Cubillos y doña Beatriz Cubillos de Granados, que ya tiene recibida su dote.
Zonder titelHACIENDA SAN FRANCISCO DE LAS MESILLAS
18 Archivistische beschrijving results for HACIENDA SAN FRANCISCO DE LAS MESILLAS
El Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto compró de los bienes que quedaron por fin y muerte de don Nicolás de Olivera, vecino que fue de esta villa, en almoneda y remate público, una hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrada San Francisco de las Mesillas, en esta jurisdicción, en cantidad de 51 000 pesos, de los cuales dio 15 000 de contado al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, albacea testamentario y tenedor de bienes de dicho difunto; y respecto a que dicho difunto le era deudor a Domingo Mucio, vecino de esta villa, la cantidad de 7 283 pesos 7 reales de los cuales he satisfecho su albacea 1 723 pesos 1 real, y por cuanto don Miguel de Leiva le ha pedido al otorgante que de la restante cantidad haga carta de obligación a favor de Mucio por cuanta de la cantidad que el otorgante debe al difunto Olivera; por lo cual, otorga que se obliga a pagar a Domingo Mucio 5 560 pesos 6 reales, dentro de tres años.
Zonder titelDomingo Mucio, vecino de esta villa, otorga que ha recibido del Capitán Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta dicha villa, Alguacil Mayor en ella, 5 560 pesos y 6 reales que el susodicho le quedó debiendo de la compra que hizo del trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco de las Mesillas, que quedó por bienes de don Nicolás de Olivera, difunto, que se obligó a pagar por escritura de fecha 22 de abril de 1702; y porque dicha cantidad se dio por entregado otorga carta de pago y da por cancelada la citada escritura.
Zonder titelEl Señor don Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa, Teniente de Capitán General en ella, otorga haber recibido de don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa por Su Majestad, 1 000 pesos de oro común en reales de contado, los mismo que paraban en su poder sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada San Francisco de las Mesillas que compró en Real Almoneda de los bienes de don Nicolás de Olivera, difunto, los 3 000 pertenecientes a la dote de la Madre Rosa Francisca de Olivera, y hoy 2 000 pertenecientes a la Madre María de la Encarnación, ambas religiosas del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, que se obligó a pagar por escritura de obligación. Y de dicha cantidad por ser en poder de dicho señor otorgante de orden de las madres monjas, se dio por entregado a su buena voluntad.
Zonder titelDon Nicolás de Olibera [Olivera], vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario de su madre doña Josefa García de Miranda, y heredero universal de ella junto con su hermana doña Rosa Francisca de Olivera, dijo que por cuanto los bienes que heredaron le fueron entregados a él en los precios de los avalúos, obligándose a pagar a su hermana lo que le corresponde de herencia paterna y materna. Por tal razón, como poseedor de todos los bienes, es obligado a dar entero cumplimiento a las mandas y legados, deudas y disposiciones testamentarias de sus padres, [roto] una de las cuales fundada en el testamento que su padre el Capitán Joseph [José] de Olivera, otorgó en el año de 1685, manda 1 000 pesos de oro común a favor de la Madre María de la Encarnación, hija legítima de los susodichos, quien es monja profesa en el convento de Señora Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, ordenando que dicha cantidad se pusiera a censo principal redimible sobre un trapiche de su propiedad y se le socorriera con los réditos del 5 por ciento para ayuda de sus necesidades. Cuya disposición no se llevó a cabo a la muerte de su padre, pero ahora él como poseedor de todos los bienes impone, sitúa y carga los dichos 1 000 pesos a censo redimible sobre todos sus bienes, especialmente sobre el trapiche de fabricar azúcar que posee en esta jurisdicción nombrado San Francisco de Mesillas, el cual heredó de sus padres y entró en su poder como consta en los autos de división de bienes. Asimismo, declara que en caso de que falleciera la Madre María de la Encarnación, los 1 000 pesos y sus réditos pasarían a poder de su hermana doña Rosa Francisca [de San Miguel], a quien también se le han de imponer otros 1 000 pesos; y en caso de que ambas fallezcan han de regresar los 2 000 pesos al tronco de los bienes del otorgante.
Zonder titelDon Nicolás de Olibera [Olivera], vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario de su madre doña Josefa García de Miranda, y heredero universal de ella junto con su hermana doña Rosa Francisca de Olivera, dijo que por cuanto los bienes que heredaron le fueron entregados a él en los precios de los avalúos, obligándose a pagar a su hermana lo que le corresponde de herencia paterna y materna. Por tal razón, como poseedor de todos los bienes, es obligado a dar entero cumplimiento a las mandas y legados, deudas y disposiciones testamentarias de su madre. Una de estas disposiciones ordena que cumplidas las mandas y legados que dejó declarados, los cuales han de ser pagados del quinto de sus bienes, lo que quede líquido de su remanente se imponga a censo redimible sobre el trapiche de hacer azúcar que quedó por sus bienes en esta jurisdicción, para que con sus réditos se le acuda a la madre María de la Encarnación, su hija, Religiosa profesa en el convento de Señora Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, para ayuda y socorro de sus necesidades. Y habiéndose sacado del quinto 2 978 pesos 4 reales en el funeral, mandas y legados, quedó de remanente 110 pesos 3 reales 10 granos, los cuales el otorgante sitúa y carga sobre todos sus bienes y especialmente sobre el trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco de las Mesillas, para que sus réditos se destinen al socorro de las necesidades de su hermana la Madre María de la Encarnación, hasta su fin y muerte, y después se conviertan dichos réditos en misas por las almas del purgatorio.
Zonder titelEl Capitán Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Juan Bauptista [Bautista], otorga que impone a censo principal redimible sobre todos sus bienes y especialmente sobre la citada hacienda, 700 pesos, los 650 pesos que paran en poder de don Nicolás de Olivera, pertenecientes a doña Jerónima de Gatica, que le entregó el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, en quien se remató la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Francisco de las Mesillas, “que quedó por fin y muerte de dicho difunto”, de cuya cantidad se le rebajaron algunos reales que el citado alguacil dijo haber gastado en el funeral de doña Jerónima como su albacea; [roto] cumplimiento a los 700 pesos que tiene recibidos en diferentes alhajas de oro y plata del Capitán don Francisco de Barrios, cuya cantidad toca y pertenece a doña Magdalena, [roto] don José de Barrios, hijos legítimos de del susodicho Francisco y de doña María Gómez de Gatica, y herederos de doña Jerónima de Gatica; de que a mayor abundamiento se dio por entregado, y se obliga a entregar a Magdalena y José 350 pesos cada uno con sus réditos corridos hasta el día de su redención.
Zonder titelEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azucares, otorga que vende al Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa, asimismo, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar, un sitio de tierras de ganado menor que está abajo del pueblo que llaman San Juan de la Punta de esta jurisdicción, linda con el río de Huatusco. Dicho sitio es el mismo que compró en remate público junto con la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Francisco de las Mesillas, que quedó por bienes de don Nicolás de Olivera; y al presente lo vende en precio de 2 625 pesos de oro común, los 500 pesos que le ha dado en reales de contado y los 2 125 pesos restantes que han de quedar a censo redimible sobre dicho sitio.
Zonder titelDon Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente de Capitán General, otorga haber recibido de Francisco Estévez, mercader y vecino de esta villa, 5 000 pesos de oro común en reales, los mismos que paraban en su poder en depósito perteneciente a las señoras religiosas del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles. Por otra parte, señala que esa cantidad la había exhibido el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo en esta villa, del censo que tenía sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Francisco de las Mesillas, dicha hacienda perteneció al difunto don Nicolás de Olivera y le fue rematada al alguacil en pública almoneda.
Zonder titelEl Capitán Miguel de Leyba, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de doña Josepha [Josefa] García de Miranda, vecina de ella, viuda, mujer que fue del Capitán Joseph [José] de Olivera, y dueña de la hacienda de hacer azúcar nombrada San Francisco de las Mesillas, que posee en términos de la jurisdicción de esta villa de Córdoba; y en virtud de poder que tiene otorgado de la susodicha para administración de dicha hacienda y para que la pueda obligar hasta en cantidad de 12 000 pesos para los aperos y avíos de dicha hacienda, por sí y en nombre de sus hijos menores, otorgado en la ciudad de los Ángeles el 6 de julio de 1694. Dijo que por doña Josefa ha tenido diferentes cuentas y dependencias de deuda con el Capitán Bernardo de Belasquez [Velázquez] de Ladrada, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, y de resto y ajuste de todas las cuentas, ha sido alcanzada doña Josefa por el susodicho en 2 400 pesos, que constó haberle prestado para la compra de diferentes aperos necesarios para la perpetuidad y adelantamiento de dicha hacienda. Por lo tanto, otorga que debe y se obliga a pagar la citada cantidad dentro de cinco años, que empezaran a contarse desde el día primero de enero pasado del presente año, en un pago, sin pleito alguno, pena de la ejecución de las costas de su cobranza. Para seguridad de esta deuda, hace hipoteca de dicha hacienda, sus tierras, cañaverales, casas, esclavos, ganados y los demás aperos que a ella pertenecen. Estando presente Nicolás de Olivera, hijo y uno de los herederos de doña Josepha [Josefa] García de Miranda, dijo que acepta esta escritura con lo que en ella se contiene.
Zonder titel