Don Clemente de la Fragua, vecino de la Ciudad de la Puebla, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Francisco Santa Cruz, vecino de la Habana, para que extorne la cantidad de 8 000 pesos que de orden del otorgante registró don Sebastián Pérez, vecino de Veracruz, a saber 4 000 pesos en el Navío de Guerra San Ildefonso, su maestre don Clemente Fernández de Elías, y los 4 000 pesos restantes en el San Pedro Alcántara, su maestre Juan Manuel de Irizarri, por cuenta y riesgo de la testamentaria del difunto don Manuel Antonio de Alonso, vecino de Cádiz, para entregar en dicha ciudad a don Juan Antonio Carazo.
HABANA, CIUDAD DE LA
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Doña Martina de Miranda [y Tellechea], viuda de Francisco Javier de Medina, vecina de la nueva Veracruz, otorga poder especial a don Francisco de Santa Cruz, junto con don Bartolomé Patrón, vecinos de la Habana, para que en su nombre se presenten y recojan los intereses que existen en poder de don Andrés de Jáuregui, vecino de la Habana, y que pertenecen al Capitán de Navío, don Juan Ignacio Bustillos, del importe que recibió éste de dote de su esposa, doña [María] Josefa de Medina y Miranda, hija legítima de la otorgante y del difunto su marido.
Don Manuel de Cueto y Vierna, Capitán de Dragones, vecino de la ciudad de la Habana y residente en esta Villa de Xalapa, vende a don José Pérez Toledano, de esta misma vecindad, una casa de paredes y parte de altos que linda al sur con el camino Real que va para Veracruz y un solar; al norte, poniente y oriente linda con tierras de los naturales de esta villa, junto con un solar de 45 varas de frente y dos casillas de madera, que linda al sur con el citado Camino Real; todo ello lo vende en 1, 550 pesos.
Manuel de Echarte Fernández, del comercio de España y residente en este pueblo, otorga poder a Andrés de Ternero, de la Ciudad de la Habana, para que en su nombre cobre todas las cantidades de pesos, joyas y demás efectos, que le adeuden y siga contienda de juicio, si se requiere en razón de dichas cobranzas.
Don Mariano Antonio de Ávila, don José Joaquín de Zárate, marido de doña María Gertrudis de Ávila; don Antonio Rodríguez, viudo de la difunta doña Juana de Ávila, y en representación de sus hijos menores; don José de Acosta, marido de doña María Dorotea de Ávila, todos vecinos de esta villa, y los Ávila, herederos de don Antonio Ávila, difunto que fue vecino de las rancherías de los Otates; declaran que por fallecimiento de don Francisco de Ávila, quien fue vecino de la ciudad y puerto de la Habana, padre del citado Antonio y abuelo de los comparecientes, quienes otorgan que han recibido la cantidad de 729 pesos y 2 reales, por herencia del su citado abuelo, por lo que dan recibo de finiquito por la citada cantidad a don Andrés Gil de la Torre, vecino de la ciudad de Veracruz.
Don Tomás García, vecino del pueblo de Jalapa, vende a don Joaquín Power, del comercio de España, un negro nombrado Francisco, criollo de 25 años, que compró de don Antonio Hilario de Saavedra, vecino de la Habana, sujeto a servidumbre, sin asegurarlo de vicio, ni enfermedad, al precio de 270 pesos.
Don Atanasio Méndez de Quiñones, vecino de Puebla, a nombre propio y en el de su hermano don Francisco Méndez de Quiñones, debe y se obliga pagar a don Miguel y a don Mateo Badillo, residentes de este pueblo, la cantidad de 10, 276 pesos y 3 reales, para el tiempo del despacho de la Capitana de la flota que se halla en el Puerto de San Juan de Ulúa u otro navío que se destine en su lugar para el traslado de los caudales a España o la Habana y en su defecto, de no publicarse dicho despacho se ha de verificar la referida paga el día 15 de marzo de 1766.
Don Antonio de Barsina, vecino de la Ciudad de la Puebla de Los Ángeles y residente en el pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Miguel y a don Mateo Badillo, residentes en este pueblo, la cantidad de 7, 075 pesos 3 y medios reales, luego de que se publique el despacho de la presente flota u otro navío que se destine para el transporte de los caudales a España o la Habana, y si no hubiese despacho se efectuará la paga el día 1 de marzo de 1766.
Don Dionisio Luis Camacho y Reyes, como apoderado de doña María de los Ángeles Torres, dijo que por fallecimiento de don Alejandro Torres quedó una casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad a la calle de Tecuanapa, la cual se compone de dos departamentos de vivienda comprendidas en un solo patio, cuyo edificio tiene 19 varas de frente que lo hace al norte con la expresada calle y 44 varas de fondo al sur, por cuyo rumbo linda con sitio que pertenece a las herederas de don Miguel Viveros, por el costado de oriente linda con casa del Tercer Orden y por poniente con casa de la propiedad de don José Manuel de Izaguirre. Que el nominado don Alejandro Torres dejó por sus herederos a la referida doña María, a doña Teresa [Torres] que murió sin sucesión; a doña Candelaria [Torres], difunta, de quien es hija doña María del Carmen Parra y Torres que se cree reside en la Habana; a don Francisco [Torres] que también es muerto, existiendo igualmente en la Habana, según se cree, su heredero don José Torres; a doña Manuela, difunta, siendo su heredera doña Francisca Arroyave y Torres, quien parece reside en México; y a doña Dolores [Torres] madre que fue de don Ángel y don José María Benítez y Torres. Resultando de lo expuesto que fueron seis los herederos de don Alejandro, pero que habiendo quedado fuera de parte la doña Teresa a virtud de que se gastaron más de 100 pesos en su última enfermedad y entierro, son solo cinco porciones las que han de cubrirse, deduciendo las responsabilidades y los gastos que se impenden en su venta. Asimismo, dijo que los interesados han convenido se enajene la finca y está pactada su venta con don Andrés Castellano y su esposa en precio de 740 pesos, de los que deduciendo 490 de las responsabilidades que carga el fundo y de los gastos que se generen, queda un remanente de 250 pesos, de los cuales 150 pesos quedan reconociéndolos el comprador sobre la misma casa. Que en consecuencia de lo relatado, solo resta formalizar la correspondiente escritura de venta, y reduciéndolo a efecto el nominado don Dionisio Luis Camacho como representante de doña María de los Ángeles Torres y don Ángel Benítez en unión de su hermano don José, otorga que vende a don Andrés Castellano y a su esposa doña María Josefa de la Luz Reyes, la casa que queda deslindada en precio de 740 pesos, los 150 pesos que han de continuar reconociendo el comprador con pensión de réditos de 5 por ciento anual a favor de la cofradía de la Purísima de esta parroquia y asimismo se obliga a tener a disposición de los repetidos interesados los 150 pesos para entregarlos a doña Carmen Parra y Torres, don José Torres y doña Francisca Arroyave y Torres.
Sans titreDoña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, otorga poder general a don Dionisio Camacho, de esta misma vecindad, para que en su nombre administre, cuide, conserve y defienda todos sus bienes raíces y muebles, urbanos y rústicos que quedan en poder y a cargo de Camacho. Asimismo, para que cobre al albacea y herederos de don José Cordera, la cantidad de 550 pesos que la otorgante le suplió estando ambos en la Habana y cuya deuda está plenamente probada en el libro de conciliaciones del año 1831.
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