Don Juan Santiago Lobo, vecino de España y residente en Jalapa, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 4, 520 pesos de oro común en reales de plata corriente, que ha recibido del Licenciado don José Osorio, Abogado de los Reales Consejos y residente en este reino, por cuenta de don Lorenzo Careu, vecino de la Ciudad de Cádiz.
ESPAÑA
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Don Narciso Hernández Badillo, vecino de España y residente en Jalapa, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 392 pesos de oro común, que ha recibido de don Simón de Ugarte, vecino de Cádiz.
Don Livino José Leirens, vecino de la Ciudad de Veracruz y residente en Jalapa, como apoderado de don Livino Ignacio Leirens y don José Antonio de Cabezón, Directores de la Real Compañía de San Fernando, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 3,080 pesos, que ha recibido de don Antonio Pérez de Baños, vecino de España, a cuenta de don Francisco Javier Rodríguez de Caraza.
Don Liborio Clausell, vecino de España y residente en Jalapa, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 1, 695 pesos escudos mexicanos, que ha recibido de don Francisco de Solivera.
Doña Antonia Josefa Serdán Ponce de León, hija del difunto don Miguel Ponce de León y de doña Mariana Josefa de Viveros, con permiso de su curador y defensor don Lucas José Barradas, otorga poder especial a don Clemente de Lafragua, vecino de España y residente en La Puebla de los Ángeles, para que siga y defina el litis que le ha puesto don Gervasio de Ugarte, de esta vecindad, sobre puntos de esponsales los que la otorgante niega.
Joseph [José] de Leiva, Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, Joseph Gómez Dávila y Francisco de Barrios, dueños de trapiches de fabricar azúcar, dijeron que el Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España les concedió licencia para tener dichos trapiches con cargo de traer confirmación de Su Majestad dentro de tres años, por este motivo otorgan poder especial a don Feliciano de [Barrueta] y a don Martín de Ollo [Hoyo], Caballero de la Orden de Santiago, Veedor del [Consulado] de la ciudad de [Sevilla], próximos a realizar viaje a [los Reinos] de España, para que en sus nombres haciendo presentación de dichos testimonios y licencias puedan parecer ante Su Majestad y en su Real y Supremo Consejo de Indias pidan les hagan merced de dichas confirmaciones de licencias de trapiches.
Sans titreDon Gregorio Ochoa de Amezaga y don Manuel de Portu, del Comercio de España y residentes en Jalapa, albaceas del difunto don Bernardo Ibáñez de Zuazo y Landa, otorgan poder general al Licenciado Telésforo González de la Mata, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que comparezca en los autos e inventarios de la testamentaria del citado difunto y cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos, géneros y mercancías que les deban.
Don Vicente de Echavarría y Arana, vecino de Tacámbaro en esta Nueva España y residente en el pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don Tomás Martínez, vecino de España, residente en Jalapa, la cantidad de 10, 905 pesos importe de varios géneros de Castilla, en el periodo de 1 año.
Don Domingo Antonio de Vivanco, del Comercio de España y residente en Jalapa, dijo que en este pueblo se remataron unas casas ubicadas en la Plaza Pública, a don Juan Esteban de Elías, quien hizo la última postura en nombre del compareciente por cantidad de 6,070 pesos, siendo aprobado dicho remate por doña Ana de Silva Morgado y Moreno, suegra y albacea de don José Ventura Malí, dueño que fue de dichas casas, las cuales están gravadas en 1,600 pesos a favor del Hospital de la Pura y Limpia Concepción de este pueblo, las partes pidieron que el valor de las casas quedasen en poder del compareciente y que este se obligue a entregarlo a los interesados previo mandamiento del señor juez, por lo que se obliga a tener en su poder, a ley de depositario real, 4,470 pesos, ya excluidos los 1,600 pesos del hospital.
Don Juan Benito Muedra, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder especial a don Pablo Fraile de Santa María, vecino de la corte de México, para que recaude de don Antonio de Elías Sáenz, vecino de la citada corte, los efectos que existan de las remesas que le tiene hechas y el producto de lo vendido y cobrado, haciendo los cobros necesarios.