Don Pedro Verdes Montenegro, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder a don Francisco Javier Llanos de Vergara, para que en su nombre demande y cobre a cualquier persona las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías que le estuvieren debiendo a través de escrituras, vales, libranzas consignaciones u otros, y si por dichas cobranzas fuese necesario contienda de juicio, que lo siga, pareciendo ante las autoridades correspondientes y presentando la documentación requerida, por lo que se le da éste con libre y general administración.
ESPAÑA
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Don José Antonio de los Heros y don José de Velasco, del Comercio de España y residentes en el pueblo de Jalapa, otorgan que han recibido de don Narciso Montero, Alcalde Mayor de Misquiahuala, la cantidad de 590 pesos en dinero de contado, mismos que se obligó a pagarle al otorgante por escritura hecha en Cádiz el 7 de mayo de 1779, la cual Heros da por cancelada.
Don Manuel de Portu, del Comercio de España y residente en este pueblo, otorga poder a don Francisco Javier Aspíroz, vecino de México, para que en su nombre pida y demande en juicio a don José María Navarro, por la cantidad de 700 pesos que le debe, y de lo que perciba entregue carta de pago, finiquito y recibo, o en caso necesario parezca en juicio, por lo que se le da éste con libre y general administración, también le cede las acciones, derechos y la cantidad mencionada que le debía.
Don Pascual José Portillo, del Comercio de España y residente en este pueblo, otorga poder a don Manuel de Portu, para que en su nombre demande y cobre judicialmente a cualquier persona las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías y efectos que le adeuden en virtud de escrituras, vales, libranzas, conocimientos u otros documentos, que administre todos los bienes de su propiedad, entregando recibo, cartas de pago, finiquito y cancelaciones, asimismo se encargue de todos los pleitos que tenga o tuviere, pareciendo ante las autoridades correspondientes, presentando la documentación, testimonios y lo que le sea requerido.
Don José María Lasquetti, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder a su hermano don Sebastián Lasquetti, para que en su nombre demande y cobre judicialmente de cualquier persona las cantidades de dinero, oro, plata, mercaderías y efectos que se le estuvieren debiendo, en virtud de escrituras, vales, libranzas, u otros documentos, haga pretensiones, se encargue de los pleitos que tenga o tuviere, pareciendo ante las autoridades correspondientes, presentando la documentación, testimonios y todo lo que le sea requerido, por lo que se le da éste con libre y general administración.
Don Pedro de Garay y Bea-Murguía, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, dijo que como apoderado de don Juan Francisco de Bea-Murguía, otorga que ha recibido de don Pedro de Arangoena y de don Pedro Antonio de Garay, apoderados de los señores Ustáriz, Sangines y Compañía, la cantidad de 208 pesos en dinero de contado, de lo que entregó recibo finiquito y cancelación de la escritura.
Don Silvestre Villar, vecino de Altotonga, otorga que ha recibido de don Manuel Lorenzo de Menoyo, del Comercio de España, la cantidad de 4, 025 pesos de contado, cuyo pago hará dentro de un año que comenzará a contarse desde hoy.
Don Carlos Díaz y Herrero, hijo de los difuntos don Francisco Díaz de la Serna y doña Josefa Herrero Vegue, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder para testar a sus hermanos don Francisco Díaz y Herrero y don Sebastián Díaz y Herrero, para que ordenen su testamento, en donde declara que sus bienes, derechos y acciones lo saben sus albaceas a quienes nombra como sus herederos; revoca cualquier otra disposición hecha antes de la presente fecha.
Don Manuel de Erquicia y Vicuña, residente en Jalapa, natural de la Villa de Usurbil en la Provincia de Guipúzcoa, hijo de don Ignacio de Erquicia y doña Josefa Vicuña, otorga poder para testar a don Juan Antonio de Zuloaga, a don Pedro López Gómez, y don Agustín de Sorazabal, para que ordenen su testamento, donde declara: manda a sus albaceas que del líquido que resultase suyo lo remitan con la seguridad y brevedad a sus albaceas de España, de los bienes, deudas y acciones lo saben sus albaceas, es soltero, por albaceas nombra a don Antonio Vicuña y Goenaga y a don Juan Antonio de Zuloaga, en segundo lugar a don Antonio de Vicuña y Aranguren, residente en España, y don Agustín de Sorazabal, y en tercer lugar a don Manuel Ignacio de Iturralde, residente en Cádiz, para que cumplan lo convenido en su testamento, nombra herederos de la mitad del remanente de sus bienes a sus hermanas doña Manuela de Erquicia y Vicuña, y Josefa Antonia de Erquicia y Vicuña, y la otra mitad a las personas que nombra en carta que deja a sus albaceas, anula la carta que hizo el 1 de mayo de 1776 en Cádiz.
Don Manuel Bellido, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Félix Basterra, del Comercio de España, residente en la Ciudad y Corte de México, para que cobre a don José García, quien fue Mayordomo de la recua de Bertiz, la cantidad de 1, 000 y más pesos por concepto de cuentas corrientes, y satisfecha tal cantidad otorgue recibos y cartas de pago.