Diego Vázquez, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, en voz y nombre de doña Francisca del Rey, su madre, vecina de dicha ciudad, en virtud del poder que le otorgó y de él usando, otorga que vende a Bernardo de Rojas, vecino de esta villa de Córdoba, un negro esclavo nombrado Pedro casta Congo [roto].
ESCLAVOS NEGROS
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El Licenciado Pedro Márquez de Pinilla, Cura [roto] Medellín jurisdicción de la Nueva Veracruz, otorga que vende a Pedro López del Castrillo, un esclavo negro nombrado Francisco José, de edad de cuarenta años, que hubo y compró de Jacinta de Inarte, morena libre.
Sem títuloDoña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], vecina de esta villa, viuda, mujer que fue de Salvador de Brito Lomelín, difunto, dijo que por cuanto tiene otorgado testamento abierto en esta villa, y al presente por vía de codicilio se le ofrece declarar y añadir las cláusulas siguientes: Declara que en dicho testamento mandó se le diese a doña Antonia Gutiérrez, su nieta, hija del Alférez Juan Gutiérrez de Aguilar y de doña Ángela de Brito, su hija, vecina de la ciudad de los Ángeles, un negrito su esclavo nombrado Francisco Rodríguez, y porque dicho negrito lo vendió al Capitán Francisco de Brito [Lomelín], su hijo, en cantidad de 150 pesos, del cual no la ha hecho escritura, ordena que si falleciera sin hacerla, manda se le haga por sus albaceas, y en lugar de dicho negrito manda se le dé a la dicha Antonia otra negra nombrada Ana de la Cruz [roto]. Declara que como consta en dicho testamento mandó 100 pesos a doña María de Brito, su nieta, hija de Diego de Brito Lomelín, los cuales se sacarán del valor de 300 pesos de la tejería que declaró por sus bienes en dicho testamento. Ítem declara que en la hacienda trapiche nombrada San Antonio que quedó por bienes del Capitán Antonio de Brito Lomelín, su hijo difunto, tiene 1 000 pesos que le legó, por tanto declara dicha cantidad por sus bienes. Manda que de dichos 1 000 pesos se le den a Diego de Brito Lomelín, su hijo, 400 pesos que de ellos le manda. Y en atención a que su testamento tenía nombrado por tutor y curador de la persona y bienes de doña Josefa de Brito, su hija, al citado Antonio de Brito Lomelín, difunto, en cuya atención nombra por tutor y curador de la persona y bienes de la susodicha al Capitán Francisco de Brito, así como también lo nombra como primer albacea.
Sem títuloJuan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa [de] Muro[s] en el Reino de Galicia, Arzobispado de Santiago, hijo legítimo de Juan Camaño e Inés Camaño, difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Manda se digan por su alma y la de sus padres seiscientas misas rezadas, que se pague de sus bienes. Manda que de sus bienes se den 25 pesos para la obra material de la santa iglesia de esta villa, y otros 25 para obra material del convento de San Antonio. Manda se den de sus bienes 200 pesos a Gertrudis López [de Guzmán], niña que será de edad de doce años, hija legítima de Bernardo López [de Guzmán] y María [Martín] Lomelín. Declara por sus bienes una casa baja de piedra y madera, que al presente valdrá 2 000 pesos, ubicada en la calle Real que va para el mesón, la cual compró en almoneda del difunto Antonio de Brito Lomelín. También declara por bienes un negro su esclavo nombrado Joseph [José] que será de edad de veinticuatro años. Ítem declara por sus bienes 1 300 pesos, los 500 en reales y los 800 en fardos de tabaco. Ítem declara que los bienes y albaceas del Capitán Juan Rodríguez Durán, difunto, le son deudores de 582 pesos. Ítem declara que el Licenciado don Bernardo Baldivia [Bernardo Valdivia de la Roelas], Cura Beneficiario del pueblo de San Pablo Soquitlán [Zoquitlán], le adeuda 96 pesos. Ítem declara que Joseph [José] de la Cruz, mestizo, vecino de Orizaba, le adeuda 40 pesos. Nombra albacea a Benito Rendón, vecino de esta villa, y a Domingo Merodio, y por sólo tenedor de bienes a Benito Rendón e instituye como universal heredera a su alma.
Sem títuloEl Regidor Joseph [José] de Leiva, vecino de esta villa, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar, otorga que da su poder especial al Capitán Diego López de Luna, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre venda a la persona y precio que le convenga, un negro nombrado Joseph [José] Nieto de edad de treinta y cinco años. Dicho negro lo compró de Fernando Nieto [Solano], vecino que fue de esta villa.
Sem títuloDoña María de Brito Lomelín, vecina de esta villa de Córdoba, viuda, mujer que fue del Capitán don Thomas Lopes de Sagade [Tomás López de Sagade], difunto, tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos y de dicho difunto, otorga que da su poder especial al Veedor don [Domingo] Rodríguez Díaz, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre venda un negro nombrado Joseph [José], casta Mina, que será de edad de treinta años, que es uno de los que le fueron adjudicados en la parte de su haber por su dote.
Sem títuloAntonio de Villavicencio, apoderado de doña Michaela Ramoz [Micaela Ramos], vecina del pueblo de San Juan Coscomatepec, viuda, mujer que fue del Capitán Marcos Blanco, difunto [roto], tenedora de bienes, declara que dicho Capitán Marcos Blanco tuvo diferentes cuentas con Salvador Pérez Padrón que suman la cantidad de 477 pesos, de los cuales dicho Salvador Pérez Padrón recibió 400 pesos en una negra esclava con su hijo, y los 77 pesos en reales de contado. Por tanto el compareciente usando el poder obliga a dicha su parte a que la esclava junto con su hijo “le serán ciertos y seguros ahora y en todo tiempo al dicho Salvador Pérez Padrón”.
Sem títuloEl Capitán don Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa de Córdoba, albacea y tenedor de bienes de doña Ana Gonsalez de Belilla Blanco, su mujer, difunta, declara que por cuanto entre los esclavos que quedaron por fin y muerte de la susodicha está una negra criolla de edad de setenta años poco más o menos nombrada Petrona, a la cual por el amor y voluntad que siempre le ha tenido por lo bien que le ha servido y sirvió a la difunta, le ha prometido dar la libertad y para que tenga efecto, otorga que da libertad a la dicha Petrona para que goce de ella desde esta presente fecha para siempre “y me desisto de los derechos de posesión”.
Sem títuloEl Bachiller Francisco Fernández de Acevedo, Presbítero Domiciliario de este Obispado, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Francisco Fernández de Acevedo y doña Antonia Rivera, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Ordena que a las mandas forzosas y acostumbradas, y Casa Santa de Jerusalén se le den a cada una 4 reales. Declara por sus bienes una casa de piedra y madera que posee en la ciudad de la Nueva Veracruz frontero del convento de Santo Domingo; un esclavo nombrado Luis; ropa de su vestir; géneros de casa; bestias caballares y mulares que tiene en un rancho. También declara por sus bienes dos esclavas, la primera es mulata, nombrada Ana María; la segunda, negra, nombrada María Antonia de la Rosa, “las cuales se llevó el enemigo al tiempo y cuando invadió la dicha ciudad de la Veracruz y he tenido noticias que están en el Pitiguao”. Señala que luego de su fallecimiento sus albaceas entreguen a Teresa de la Hacha y Torres, morena libre, una casa que posee en la Nueva ciudad de la Veracruz para que viva los últimos días de su vida. Declara que del valor de la casa mencionada se imponga una capellanía de misas rezadas para que a su título se ordene Joseph Marzelino de Contreras [José Marcelino de Contreras], su sobrino, hijo legítimo de doña María Francisca de la Rosa y Acevedo y de Tomás de Contreras. Nombra por segundo capellán para después de los días de José Marcelino de Contreras a los hermanos que el susodicho tuviere. Y para cumplir el presente testamento nombra albaceas testamentarios en esta villa de Córdoba a Juan García de Miranda y a Joseph Gomes de Avila [José Gómez de Ávila]; y para la dicha ciudad de la Nueva Veracruz al Licenciado Juan de la Oliva, Presbítero. Nombra como universal heredera a su alma y a la de sus padres.
Sem títuloEl Alférez Pedro Pablo Sánchez López, residente en esta villa, en voz y en nombre del Sargento Juan Rodríguez Gómez, que lo es actualmente de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, otorga que vende al Licenciado Francisco Fernández de Acevedo, Clérigo Presbítero, un negro esclavo nombrado Luis, casta Cabo Verde, que será de edad de veinticinco años, que su parte compró del Capitán Pedro Bohórquez de Cárdenas, vecino de dicha ciudad. Lo vende por esclavo cautivo sujeto a perpetuo cautiverio en precio de 400 pesos.
Sem título